Reglas de Operación del Programa Nacional Forestal 2016. (Continúa de la Sexta Sección)

Fecha de disposición31 Diciembre 2015
Fecha de publicación31 Diciembre 2015
EmisorCOMISION NACIONAL FORESTAL

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REGLAS de Operación del Programa Nacional Forestal 2016. (Continúa de la Sexta Sección) (Viene de la Sexta Sección)

CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2016

  1. Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2016, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2016 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Concepto de apoyo
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
  2. Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:

    ● Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquellas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;

    ● Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquellos en los que por Ley no pueden establecerse plantaciones;

    ● Las áreas aledañas a plantaciones mayores a 200 hectáreas;

  3. Especies elegibles por tipo de plantación:

    Maderable: Pinus engelmannii, Pinus durangensis, Pinus arizonica, Prosopis glandulosa (Mezquite)

    Árboles de Navidad: Especies de coníferas conocidas para este uso.

  4. Superficies mínimas y máximas a apoyar por concepto de apoyo y tipo de plantación:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Tipo de plantación
    Superficie mínima (ha)
    Superficie máxima (ha)
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
    Maderable y Celulósicos
    Árboles de Navidad
    10
    200
  5. Densidad mínima por hectárea por tipo de plantación:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Tipo de plantación
    Densidad mínima (plantas/ha)
    Maderable
    1,100
    Árboles de Navidad
    2,200
  6. Monto de apoyo por hectárea por concepto de apoyo:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Monto de apoyo para
    actividades ($/ha)
    Monto de apoyo para
    actividades ($/ha)
    Monto de apoyo del costo de
    oportunidad ($/ha)
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
    11,000
    800
    2,000*
    PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
    11,000
    800
    N/A

    *El costo de oportunidad se asignará únicamente a las personas físicas, ejidos y comunidades con dictamen de factibilidad positivo y con solicitud de apoyos igual o menor a 25 hectáreas.

  7. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 y 20 de las Reglas de

    Operación del PRONAFOR 2016 y los señalados en el anexo técnico del componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales (establecido en el Anexo 1 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2016), en los plazos siguientes:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Actividad
    Término o Plazo
    Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo
    Dentro de los 30 días hábiles siguientes contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2016.
    Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
    5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
    Emisión de dictámenes de factibilidad
    18 de marzo de 2016.
    Asignación de apoyos
    25 de marzo de 2016.
    Publicación de resultados de asignación de apoyos
    Dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos.
    Firma de convenio de concertación
    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de asignación de apoyos.
  8. Recepción de solicitudes: Las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles y en las de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal autorizadas en sus horarios y domicilios oficiales. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el interesado resulte beneficiario.

  9. Oficinas receptoras:

    ● Gerencia Estatal, ubicada Av. Universidad #3705; Col. Magisterial, Chihuahua, Chihuahua. C.P. 31200.

  10. Aspectos generales:

    ● Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR www.conafor.gob.mx, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación PRONAFOR 2016.

    ● De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2016, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.

  11. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2016, ante cualquiera de las siguientes instancias:

    1. El Órgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Avenida Vallarta número 6503, Local B-22 Plaza Comercial CONCENTRO, colonia Ciudad Granja, código postal 45010, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo: 01800 5004361, 01(33) 31-10-05-15, 01(33) 31-10-02-04, (01-33) 36-27-68-27, (01-33) 36-27-68-21 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.

    2. La Secretaría de la Función Pública ubicada en avenida Insurgentes Sur 1735, piso 2, ala Sur, colonia Guadalupe Inn, código postal 01020, Delegación Alvaro Obregón, México, D.F., vía telefónica a través de SACTEL (Servicio de Atención Ciudadana Telefónica) lada sin costo 018003862466 o al teléfono 01(55)14542000.

    3. Las contralorías de las entidades federativas o del Distrito Federal. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al Órgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

    "Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".

    CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE DURANGO PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2016

  12. Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales

    Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2016, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2016 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Concepto de apoyo
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
  13. Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:

    ● Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquellas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;

    ● Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquellos en los que por Ley...

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