Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. (Continúa de la Segunda Sección)
Fecha de disposición | 18 Diciembre 2013 |
Fecha de publicación | 18 Diciembre 2013 |
Sección | TERCERA. Poder Ejecutivo |
ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. (Continúa de la Segunda Sección) (Viene de la Segunda Sección)
Mediante la participación de ASERCA en Eventos Comerciales Nacionales e Internacionales, se promoverá e impulsará la oferta de productos del Sector Agroalimentario a través de los siguientes incentivos:
Concepto | Montos Máximos |
Eventos Comerciales Nacionales. | ASERCA cubrirá hasta el 100% del costo total de los servicios para el desarrollo del evento en el que participe, sin rebasar los $20'000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.). |
Eventos Comerciales Internacionales | ASERCA cubrirá hasta el 100% del costo total de los servicios para el desarrollo del evento en el que participe, sin rebasar los $20'000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.). |
Degustaciones Nacionales o en el Extranjero | ASERCA cubrirá hasta el 100% del costo total de los servicios para su desarrollo, sin rebasar los $2'000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.) |
Misiones Comerciales dentro y fuera de México. | ASERCA cubrirá hasta el 100% del costo, sin rebasar $4'000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) y/o $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por participante. |
ASERCA cubrirá hasta el 70% del costo total de los servicios de pasaje y hospedaje por beneficiario/Hasta dos personas por empresa por unidad Productiva (UP) por misión sin rebasar los $500,000.00 (quinientos mil pesos 00/100 M.N.) al año por UP. | |
Desarrollo de Valor Agregado y Capacidades Comerciales para el mercado interno o internacional | ASERCA cubrirá hasta el 100% del costo total de los servicios para el desarrollo del incentivo, sin rebasar los $20'000,000.00 (veinte millones de pesos 00/100 M.N.) |
Foros Congresos y/o Seminarios | ASERCA cubrirá hasta el 100% del costo total de los servicios para su desarrollo, sin rebasar los $4'000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.) |
Para inscripciones a foros, congresos, simposios y/o seminarios nacionales e internacionales, se apoyará hasta 5 personas por empresa por unidad productiva, sin rebasar $20,000.00 (veinte mil pesos 00/100 M.N.) |
Los requisitos específicos para solicitar los incentivos del presente componente son:
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De los Proyectos de Promoción Comercial:
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Formato de Solicitud conforme al Anexo IX, firmada por el solicitante, su representante legal o apoderado;
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Proyecto respectivo conforme al Anexo X;
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Para el caso de personas físicas deberán acreditar a su vez su inscripción ante el RFC;
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Relación de beneficiarios del proyecto de Promoción Comercial;
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Escrito bajo protesta de decir verdad, por el cual manifiesten que cuentan con la infraestructura necesaria en sus domicilios fiscales y/o sedes específicas de operación, que les permita utilizar el incentivo para los fines autorizados;
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Estar al corriente de sus obligaciones fiscales;
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Estar en cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, respecto de los incentivos que hubieran recibido en ejercicios anteriores y, en consecuencia, haber firmado el acta de cierre-finiquito de los instrumentos jurídicos correspondientes. Los interesados que soliciten subsecuentemente los incentivos, deberán justificar los cambios con respecto a los incentivos anteriores;
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Las personas físicas o morales solicitantes de los incentivos, podrán acreditar sus
aportaciones para los conceptos de incentivo comprometidos de gastos efectuados con anterioridad, siempre y cuando éstos correspondan al año fiscal de firma del convenio de concertación correspondiente; y
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Presentar la documentación legal establecida en el artículo 8 de las presentes Reglas de Operación y conforme al Título III, Capitulo II de las presentes Reglas de Operación.
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Del Fomento a las Exportaciones a través de Eventos Comerciales Nacionales e Internacionales:
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Solicitud de Registro conforme al Anexo XI, firmado por el representante o apoderado legal o en su caso por el solicitante, la cual deberá ser presentada por única ocasión en las ventanillas autorizadas.
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Solicitud de Participación conforme al Anexo XII, firmado por el representante o apoderado legal o en su caso por el solicitante, misma que deberá corresponder con las convocatorias y proyectos descriptivos de los eventos; dicha solicitud deberá ser presentada cada vez que requiera participar en los eventos de su interés.
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Para el caso de personas físicas deberán acreditar a su vez su inscripción ante el RFC;
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Los requisitos específicos aplicarán de acuerdo al tipo de incentivo, conforme se establezca en la convocatoria, así como en su proyecto descriptivo.
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No presentar adeudos de documentación por sus participaciones en eventos anteriores y/o se encuentren impedidos de participar, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la mecánica operativa de las presentes Reglas de Operación;
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En su caso, se deberá cumplir con las condiciones de acceso al mercado establecidas en el proyecto descriptivo del evento en que se solicite participar.
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Podrán ser sujetos de los conceptos de incentivos del componente de Incentivos para la Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones, las personas físicas de nacionalidad mexicana o las morales constituidas conforme a la legislación mexicana, cuya actividad preponderante sea la producción, procesamiento, transformación, empaque, comercialización o promoción de los productos del sector agroalimentario mexicano, incluyendo los de las plantas de ornato, así como de los ingredientes tradicionales utilizados en la gastronomía mexicana que justifiquen estar vinculados a una fase del Sistema Producto o cadena productiva;
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La recepción de solicitudes se realizará en las ventanillas autorizadas:
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De las Ventanillas.- Fungirán como ventanillas de atención para la recepción de las solicitudes de incentivos para promoción comercial y de las solicitudes de registro y participación en eventos comerciales nacionales e internacionales, así como de los proyectos y la documentación para acreditar su personalidad jurídica y legal representación: la Unidad Responsable, las Direcciones Regionales de ASERCA y las Delegaciones Estatales de la SAGARPA, cuyos domicilios y horarios de atención podrán ser consultados en la página electrónica de ASERCA, www.infoaserca.gob.mx. Los responsables de las distintas ventanillas de atención, verificarán que la documentación presentada esté completa y que cumpla con lo establecido en las presentes Reglas de Operación.
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Registro de solicitudes.- La Unidad Responsable captará y registrará las solicitudes de incentivos presentadas en las ventanillas señaladas en el inciso a) anterior, asignándoles para ello un folio.
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Documentación requerida.- Los solicitantes además de entregar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos generales de elegibilidad, deberán entregar la documentación para acreditar su personalidad jurídica y legal representación, cuando ésta no obre en poder de ASERCA, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en el Capítulo II del Título I de las presentes Reglas de Operación;
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La Unidad Responsable, dictaminará la procedencia de cada solicitud de conformidad con la Mecánica operativa del Componente de Incentivos para la Promoción Comercial y Fomento a las Exportaciones contenidos en el Título III, Capitulo II.
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Los criterios para la determinación del "Volumen Susceptible de ser Apoyado", serán aplicables a los incentivos del presente Componente.
Para la determinación del "Volumen Susceptible de ser Apoyado" de los productos elegibles, se considerará lo siguiente:
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El volumen de producción resultante de la aplicación de los límites de la pequeña propiedad:
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Para personas físicas: hasta por el volumen proveniente de predios en propiedad y/o posesión, considerando los límites que para la pequeña propiedad se señalan en los párrafos...
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