Reglas para la distribución de las participaciones estatales a las que hace referencia el artículo 219 fracción II incisos a), b) y c) del Código Financiero del Estado de México y Municipios, correspondiente a los Municipios del Estado de México con convenio vigente para el periodo de mayo a diciembre de 2020.

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
José Arturo Lozano Enríquez, Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del
Gobierno del Estado de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 3, 15, 19
fracción III, 23 y 24 fracciones III, IV y LXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de México; 1, 3 fracción I, 4 fracción II, 8 fracciones XII y XXIII, y 10 fracciones III,
IV, VIII y XX del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en relación con el artículo
217 fracciones I, II y III del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y
CONSIDERANDO
Que el párrafo quinto del artículo Quinto Transitorio del Decreto Número 118 publicado en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 23 de diciembre de 2019, establece que los
municipios que decidan no suscribir Convenio con el Estado para la recaudación de
contribuciones municipales, a partir del mes inmediato posterior dejarán de percibir los
recursos correspondientes a las participaciones de los ingresos ministrados por el Gobierno
Estatal.
Que el 28 de abril de 2020, se publicó en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el
“Acuerdo por el que se prorroga el plazo para la celebración del Convenio entre las
Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México y los Municipios de la Entidad, al
que hace referencia el artículo Quinto Transitorio del Decreto Número 118”, donde en su
artículo primero se establece una prórroga al 30 de abril de 2020 para la suscripción de los
Convenios antes mencionados.
Por lo anterior, he tenido a bien emitir las siguientes:
REGLAS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE LAS PARTICIPACIONES ESTATALES A LAS
QUE HACE REFERENCIA EL ARTICULO 219 FRACCIÓN II INCISOS A), B) Y C) DEL
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS, CORRESPONDIENTE
A LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MEXICO CON CONVENIO VIGENTE PARA EL
PERIODO DE MAYO A DICIEMBRE DE 2020.
Primera.- Las presentes reglas tienen por objeto definir el procedimiento para la distribución
de las participaciones estatales a las que hace referencia el artículo 219 fracción II incisos A),
B) y C) del Código Financiero del Estado de México y Municipios, en el periodo de mayo a
diciembre de 2020 para los municipios del Estado de México con Convenio vigente.
Oficina del Gobernador
Oficina del Gobernador

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