Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia

Fecha de publicación26 Marzo 2010
EstadoMichoacán
MunicipioMorelia
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXLVIII Morelia, Mich., Viernes 26 de Marzo del 2010 NUM. 74
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Mtro. Leonel Godoy Rangel
Secretario de Gobierno
Mtro. Fidel Calderón Torreblanca
Director del Periódico Oficial
Lic. José Calderón González
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 16 páginas
Precio por ejemplar:
$ 13.50 del día
$ 20.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Calderón González
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE
MORELIA, MICH.
REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE MORELIA
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 CUARTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
CC. INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE MORELIA, MICHOACÁN
P R E S E N T E S.
Por disposición y Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009 dos mil
nueve, fue turnada al Pleno del Ayuntamiento, la Iniciativa del Reglamento de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Morelia, que
presenta a través del Oficio 808/09 de fecha 24 de septiembre de 2009, la L.A.E.
Daniela de los Santos Torres, en cuanto Síndico Municipal y dada cuenta que el
Proyecto cumple con las disposiciones constitucionales y legales correlativas de
la materia, así como el procedimiento que señalan los artículos 145 y 146 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo, 52 y 53 del Bando de
Gobierno Municipal de Morelia, 29 y 30 del Reglamento Interno de Sesiones Y
Funcionamiento de Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia, se solicita al
Secretario del H. Ayuntamiento para que en cumplimiento a lo que dispone el
artículo 38 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de Comisiones
del H. Ayuntamiento dé Morelia, de lectura al presente dictamen, sometiéndolo
desde luego a la consideración y votación de los miembros del H. Ayuntamiento
en Pleno, para que éste resuelva de conformidad con el artículo 33 del Bando de
Gobierno Municipal de Morelia, emitiéndose para tal efecto los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1.- En cumplimiento al Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de septiembre de 2009,
el Lic. Javier Valdespino García, Secretario del H. Ayuntamiento de Morelia,
remitió a los integrantes del Pleno del Ayuntamiento, el Oficio 808/09 de
fecha 24 de septiembre de 2009, signado por la L.A.E. Daniela de los
Santos Torres, Síndico Municipal, quien presenta la Iniciativa del
Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Municipio de Morelia.
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Viernes 26 de Marzo del 2010. 4a. Secc.
2.- Una vez recibida la iniciativa de cuenta, actuando la
L.E.A. Daniela de los Santos Torres, Síndico Municipal,
como Coordinadora de los trabajos de estudio,
términos del artículo 36 del Reglamento Interno de
Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del
Ayuntamiento, convocó el día 11 de enero de 2010, a
reunión de trabajo a los integrantes del Ayuntamiento
de Morelia, a efecto de analizar la iniciativa de cuenta,
aportándose en dicha reunión información e ideas que
enriquecieron significativamente el contenido de dicha
iniciativa, y;
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO.- Que la legal competencia para conocer de éste
asunto se surte a favor del Honorable Ayuntamiento de
Morelia, Michoacán, de conformidad con lo dispuesto por
los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 113 y 123, fracción IV de la
a) fracción XIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Michoacán; 47 y 57 del Bando de Gobierno Municipal de
Morelia, así como en el Acuerdo de Cabildo de fecha 28 de
septiembre de 2009, donde se dispuso el turno de la iniciativa
de cuanta al Pleno del Ayuntamiento, para su estudio,
análisis y en su momento resolución correspondiente.
SEGUNDO.- Que en razón de la fracción V de artículo 5º del
Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de
Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia, corresponde
en forma general a todos los integrantes del Ayuntamiento
presentar iniciativas y dictámenes a la consideración del
Pleno del Ayuntamiento, entendiéndose como iniciativa a la
propuesta materia del presente, y dictamen a éste documento
que resuelve dicho planteamiento.
TERCERO.- Que el presente dictamen cumple con los requisitos
de forma y fondo que para el caso establecen los artículos 32 y
33 del Reglamento Interno de Sesiones y Funcionamiento de
Comisiones del H. Ayuntamiento de Morelia.
CUARTO.- Que actualmente el Municipio se encuentra
regulado, en materia de Acceso a la Información Pública, por
el Reglamento de Acceso a la Información Publica del
Municipio de Morelia, aprobado en sesión ordinaria de
Cabildo del día 12 de agosto de 2004, publicado en el Periódico
Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán
de Ocampo el día 15 de septiembre del mismo año, pero que
actualmente no responde a las situaciones y necesidades
contemporáneas que se requieren para garantizar la
Transparencia de la información de las Dependencias
Municipales y el acceso de la ciudadanía a ella.
QUINTO.- Que derivado del Acuerdo de Cabildo de fecha
28 de septiembre de 2009, por conducto de la L.A.E. Daniela
de los Santos Torres, Síndico Municipal, y en cumplimiento
a lo señalado en el artículo 36 del Reglamento Interno de
Sesiones y Funcionamiento de Comisiones del H.
Ayuntamiento de Morelia, citó a reunión de trabajo el día 11
de enero de 2010, donde se estudió y analizó la Iniciativa
del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información
Pública del Municipio de Morelia, reunión donde se
enriqueció el contenido de la iniciativa de cuenta con las
observaciones y aportaciones hechas por los miembros del
Cabildo, desprendiéndose la propuesta definitiva de la
Iniciativa en términos del documento anexo al presente,
para ser sometida al Pleno del Ayuntamiento para su
aprobación y en su caso remisión al Periódico Oficial del
Estado para su publicación y entrada en vigor.
SEXTO.- Que el Acceso a la información es una instancia
necesaria para la participación ciudadana y la protección
de los derechos civiles, dado que sin información adecuada,
oportuna y veraz, la sociedad difícilmente se encuentre en
condiciones óptimas para participar en la toma de decisiones
públicas. A efecto de lo anterior ha surgido la necesidad de
utilizarla de manera racional y productiva en beneficio del
individuo y de la comunidad, para lo cual nuestra
Constitución la ha establecido como una garantía individual
de todo gobernado y, la legislación secundaria en la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, ha incorporado reglas que buscan
garantizar el ejercicio efectivo de este derecho, virtud de lo
cual y en cumplimiento al artículo 57 del Bando de Gobierno
Municipal de Morelia, el Ayuntamiento de Morelia, que
señala la obligatoriedad del Ayuntamiento de Morelia a
promover y mantener una reglamentación vigente, positiva,
que responda a las situaciones y necesidades
contemporáneas, SE RESUELVE PROCEDENTE LA
INICIATIVA DEL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA
Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL
MUNICIPIO DE MORELIA, en los términos del documento
anexo al presente.
SÉPTIMO.- En cumplimiento a lo señalado por los artículos
144 y 145 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
Michoacán de Ocampo, remítase por conducto del
Secretario del Ayuntamiento, la Iniciativa del Reglamento
de Transparencia y Acceso a la Información Pública del
Municipio de Morelia, al Periódico Oficial del Estado para
su publicación y efectos legales procedentes, disponiendo
de igual forma su publicación en los Estrados de la
Presidencia Municipal para conocimiento ciudadano.
FUNDAMENTO LEGAL.- Lo anteriormente expuesto,
fundado y motivado en las consideraciones de derecho
citados en el presente párrafo, artículo 115 fracción II de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR