Reglamento de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Municipio de Tepehuanes, Durango
N. DE E. LA PUBLICACION DEL PERIODICO OFICIAL ESTA ILEGIBLE IMPOSIBILITANDO LA IDENTIFICACION DE PALABRAS
REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL MUNICIPIO DE TEPEHUANES, DEL ESTADO DE DURANGO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 5 de diciembre de 2010.
JOSE FAVELA MENDOZA, con las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Municipio Libre de Durango y el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango, se expide el siguiente REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE DURANGO DEL AYUNTAMIENTO DE TEPEHUANES, con base en los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
PRIMERO.- Mediante fecha (sic) de 2008 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Durango, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango, reglamentaria del artículo 5° de la Constitución Política del Estado de Durango, regulando (sic), los mecanismos y las normas específicas con la finalidad de garantizar el derecho que establece la norma suprema de acceso a la información pública por parte de los ciudadanos.
SEGUNDO.- Que (sic) artículo Quinto Transitorio de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango establece que los sujetos obligados, emitirán sus reglamentos, para proporcionar a los particulares el acceso a la Durango establece que los sujetos obligados, emitirán sus reglamentos, para proporcionar a los particulares el acceso a la información pública.
PROPUESTA REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL MUNICIPIO DE TEPEHUANES
Ayuntamiento del Municipio de TEPEHUANES en general, por toda Autoridad Municipal, a fin de propiciar (sic) de un gobierno transparente conforme a los principios fundados en el artículo 5 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango.
-
COMITÉ.- El Comité (sic) la Clasificación de la Información del Municipio de TEPEHUANES;
-
DIRECTOR.- Es el servidor público municipal que tiene a su cargo alguna de las dependencias a que se refiere el Reglamento de la Administración Municipal, Bando o Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Durango;
-
AUTORIDAD MUNICIPAL.- Indistintamente, el conjunto de dependencias, direcciones, institutos, organismos públicos; (sic)
-
(sic) descentralizados, organismos auxiliares, el propio Ayuntamiento y, en general, toda entidad que ejerza funciones públicas y de la que emane o pueda emanar información pública municipal;
-
LEY.- Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango;
-
MUNICIPIO DE TEPEHUANES.- Es la persona moral de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio;
-
REGLAMENTO.- El presente Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Municipio de TEPEHUANES;
-
SERVIDOR PÚBLICO.- ES la persona que desempeñe un cargo o comisión dentro de la administración pública municipal;
-
SITIO WEB.- La página de Internet oficial del Gobierno Municipal; y
-
UNIDAD DE ENLACE.- La Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de (sic) TEPEHUANES.
En lo no previsto en el presente Reglamento se estará a lo dispuesto en la Ley, así como en los (sic), lineamientos y formatos que emita la Comisión.
DE LA INFORMACIÓN DE OFICIO
La información de oficio conforme a los artículos 13, 18 y 19 de la Ley, que deberá difundir la autoridad Municipal, será a través de la Gaceta Municipal (sic) otro tipo de publicaciones como lo son: libros, boletines, folletos, periódicos, murales, Página de Internet y cualquier otro medio de comunicación, y de manera permanente, esto es (sic) a solicitud de los particulares; dicha información que se deberá difundir es la que se describe a, continuación:
-
La estructura orgánica, (sic), facultades y obligaciones por unidad administrativa;
-
Los informes de gobierno (sic) están obligados;
-
El marco normativo (sic) incluyendo leyes, decretos, reglamentos, bandos de policía (sic) gobierno, acuerdos, manuales de organización, circulares y demás disposiciones de carácter general que regulan su actuación;
-
Los servicios que ofrecen así como los trámites, requisitos y formatos para acceder a los mismos;
-
El curriculum, del de jefe de departamento, o su equivalente, y superiores jerárquicos;
-
El directorio, el de jefe de departamento, o sus equivalentes, el alto, incluyendo domicilio, número telefónico y dirección oficial, de contar con ella; (sic)
-
La remuneración (sic) que perciben los servidores públicos, ya sea por sueldos (sic), por honorarios, incluyendo todas las percepciones, prestaciones y sistemas de compensación que se perciban, presentados en rangos mínimos y máximos por nivel jerárquico;
-
Los indicadores relativos a los gastos por concepto de viáticos, y gastos de representación;
-
El plan de desarrollo; los programas operativos anuales y sectoriales; las metas y objetivos de las unidades administrativas y los avances de cada uno de ellos;
-
Los listados de los expedientes administrativos que justifican el otorgamiento específico de algún permiso, patente, concesión o licencia...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba