Reglamento de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del h. Ayuntamiento de Calakmul, Campeche

REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE CALAKMUL, CAMPECHE

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Sección Administrativa del Periódico Oficial del Estado de Campeche, el lunes 5 de marzo de 2007.

CIUDADANO PROFESOR JUAN ENRIQUE GONZÁLEZ CHAN, SECRETARIO DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL, ESTADO DE CAMPECHE, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.-

CERTIFICA: QUE DE FOJAS 73 FTE. SETENTA Y TRES FRENTE A 79 VTA. SESENTA (SIC) Y NUEVE, DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE CALAKMUL, CONSTA LA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA CON FECHA 06 SEIS DE FEBRERO DE 2007 DOS MIL SIETE, MEDIANTE LA CUAL SE APROBÓ UNÁNIMEMENTE Y QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

SE APRUEBA POR UNANIMIDAD EL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE CALAKMUL CONSTANTE DE 5 HOJAS UTILES SOLO POR FRENTE

DOY FE.

SE EXTIENDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN, EN XPUJIL, CALAKMUL, CAMPECHE, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL SIETE,

PROFR. JUAN ENRIQUE GONZALEZ CHAN, SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO.- RUBRICA.

REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL H. AYUNTAMIENTO DE CALAKMUL, CAMPECHE.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 24
Artículo 1

El presente Reglamento es de orden público e interés social, con aplicación en todo el territorio del Municipio de Calakmul, Estado de Campeche, y tiene por objeto establecer los órganos, criterios y procedimientos para proporcionar a las personas el acceso a la información pública, de conformidad con las bases y principios establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche.

Artículo 2 Para los efectos legales procedentes y en obvio de repeticiones innecesarias, además de las definiciones contenidas en los Artículos 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche y 2 del Reglamento Interior de la Comisión de Transparencia y Acceso a la información pública del Estado de Campeche, se adoptan las siguientes:
  1. Ayuntamiento: El Ayuntamiento de Calakmul.

  2. Servidor: El servidor público del Ayuntamiento de Calakmul.

Artículo 3 Son sujetos obligados del presente Reglamento:
  1. Los integrantes del Ayuntamiento del Municipio de Calakmul.

  2. Los directores, jefes de departamento y demás servidores de la Administración Pública Municipal.

  3. Los titulares y demás servidores de los organismos y entidades públicas descentralizadas y desconcentradas del Ayuntamiento.

  4. Las empresas de participación municipal.

  5. Los titulares e integrantes de cualquier otro órgano del gobierno municipal y las personas de derecho público y privado que, en el desempeño de sus actividades, ejerzan recursos públicos municipales o reciban subsidio o subvenciones del erario municipal.

Artículo 4 En los términos de los Artículos 1, 2, 4 y 7 de la Ley, toda persona tendrá derecho a solicitar la información pública que obre en los archivos del Ayuntamiento, salvo aquella que debiendo ser pública se clasifique como reservada y la confidencial protegida por la Ley.
Artículo 5 El Ayuntamiento, a través de la Unidad de Acceso pondrá a disposición del público en general la información pública de que dispone a través de archivos físicos impresos hasta disponer de la página electrónica de este Ayuntamiento en el Internet, la cual contendrá la información a que se refiere el Artículo 5 de la Ley.

La información contenida en la página de Internet tendrá una actualización bimensual, con excepción de aquella a que se refieren las fracciones II y VII, las cuales se actualizarán en forma anual.

Artículo 6 La consulta directa de la información pública será gratuita; la reproducción tendrá para el solicitante un costo que se encuentra previsto en la legislación hacendaria municipal y que incluirá, en su caso, los...

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