Reglamento de Sesiones del Consejo Municipal Electoral de Rincon de Romos, Aguascalientes
REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL DE RINCON DE ROMOS, AGS.
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 14 de mayo de 2001.
REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO MUNICIPAL ELECTORAL DE RINCON DE ROMOS, AGS.
De las Sesiones
a).- Serán sesiones ordinarias aquellas que se celebren durante el proceso electoral, el segundo jueves de cada mes a las 18:00 horas;
b).- Serán sesiones extraordinarias, las que celebre el Consejo Municipal Electoral de Rincón de Romos, para la realización de sus funciones, y en éstas sólo se tratarán los asuntos para el que fueron convocadas;
c).- Serán sesiones permanentes las que celebre el Consejo Municipal Electoral de Rincón de Romos para atender la jornada electoral y realizar los cómputos de cada elección.
En caso de que no se reúna la mayoría a que se hace referencia, se realizará una segunda convocatoria, la que será notificada en el domicilio de los partidos políticos dentro de las veinticuatro horas siguientes, realizándose la sesión con los integrantes del Consejo General que asistan, y serán, válidos todos los acuerdos y resoluciones que en ella se voten.
De la Convocatoria
Se exceptúa el casó que señala el Artículo 3° del presente Reglamento.
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