Reglamento de Sesiones del Consejo Distrital Electoral Viii del Estado de Aguascalientes
REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL VIII DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Primera Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 14 de mayo de 2001.
REGLAMENTO DE SESIONES DEL CONSEJO DISTRITAL ELECTORAL VIII DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES
De las Sesiones
A).-Serán sesiones Ordinarias aquellas que se celebren durante el proceso electoral, los segundos martes de cada mes a las 17:00 horas;
B).- Serán sesiones Extraordinarias, las que celebre el Consejo Distrital Electoral VIII de Aguascalientes, para atender la jornada electoral y realizar los cómputos de cada elección.
C).- Serán sesiones Permanentes las que celebre el Consejo Distrital Electoral VIII de Aguascalientes, para atender la jornada electoral y realizar los cómputos de cada elección.
En caso de que no se reúna la mayoría a que se hace referencia, se realizará una segunda convocatoria, la que será notificada en el domicilio legal que hayan registrado los Partidos Políticos, dentro de las veinticuatro horas siguientes, realizándose la sesión con los integrantes del Consejo que asistan y, serán válidos todos los acuerdos y resoluciones que en ella se voten.
De la Convocatoria
Se exceptúa el caso que señala el Artículo 3°, que antecede.
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