Reglamento de Rodeo y Espectáculos Similares del Municipio de Tecate

Fecha de publicación06 Agosto 2004
EstadoBaja California
MunicipioTecate

REGLAMENTO DE RODEO Y ESPECTACULOS SIMILARES DEL MUNICIPIO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Sección I del Periódico Oficial del Estado de Baja California, el viernes 6 de agosto de 2004.

C. LIC. ROBERTO RODRÍGUEZ VALENZUELA, SECRETARIO MUNICIPAL DEL H. XVII AYUNTAMIENTO DE TECATE, BAJA CALIFORNIA HACE CONSTAR Y

C E R T I F I C A:

QUE EN EL ACTA LEVANTADA CON MOTIVO DE LA SESION EXTRAORDINARIA DE CABILDO CELEBRADA EL DIA MARTES TRECE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CUATRO, SE ENCUENTRA UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE:

ACTA NO. 114...EL CABILDO APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL SIGUIENTE PUNTO DE ACUERDO EN ATENCIÓN AL CUARTO PUNTO EL ORDEN DEL DÍA REFERENTE AL ANÁLISIS, DISCUSIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE RODEO Y ESPECTÁCULOS SIMILARES DEL MUNICIPIO DE TECATE, SE COMENTO LO SIGUIENTE:

EL PRESIDENTE MUNICIPAL LIC. JUAN VARGAS RODRÍGUEZ, SOMETE A

VOTACIÓN NOMINAL LA APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE RODEO Y

ESPECTÁCULOS SIMILARES DEL MUNICIPIO DE TECATE, QUEDANDO DE LA SIGUIENTE FORMA:

JUAN VARGAS RODRIGUEZ A FAVOR

JORGE LUIS RODRÍGUEZ GUTIÉRREZ A FAVOR

JOSÉ ACEVES RAMÍREZ A FAVOR

ALBERTO GARCÍA MOLINA A FAVOR

SONIA CHÁVEZ AGUILAR A FAVOR

JOSÉ CARLOS PÉREZ PERPULY A FAVOR

RICARDO MEJORADO RUIZ A FAVOR

COSME CAZARES BURGUEÑO A FAVOR

GUADALUPE ALFONSO BARONA GARCÍA A FAVOR

RICARDO VALENZUELA BARRAGÁN A FAVOR

HABIÉNDOSE EMITIDO DIEZ VOTOS A FAVOR, SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES EL REGLAMENTO DE RODEO Y ESPECTÁCULOS SIMILARES DEL MUNICIPIO DE TECATE ANEXÁNDOSE A LA PRESENTE ACTA COMO APÉNDICE "A".

Tecate, Baja California a 20 de Julio de 2004.

A T E N T A M E N T E

SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCION

LIC. ROBERTO RODRÍGUEZ VALENZUELA

SECRETARIO MUNICIPAL DEL XVII AYUNTAMIENTO DE TECATE, B.C.

REGLAMENTO DE RODEO Y ESPECTACULOS SIMILARES DEL MUNICIPIO DE TECATE

INDICE

CAPITULO I.- DE LO QUE DEBE ENTENDERSE POR RODEOS Y ESPECTÁCULOS SIMILARES

CAPITULO II.- DE LA COMISION DE RODEO Y ESPECTÁCULOS SIMILARES

CAPITULO III.- DE LAS CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LAS INSTALACIONES DESTINADAS PARA RODEOS Y ESPECTÁCULOS SIMILARES

CAPITULO IV.- DE LAS EMPRESAS

CAPITULO V.- DEL GANADO

CAPITULO VI.- DE LOS EVENTOS

CAPITULO VII.- DE LOS OFICIALES

CAPITULO VIII.- DEL PERSONAL DE APOYO

CAPITULO IX.- DE LOS CAMPEONATOS MUNICIPALES

CAPITULO X.- DEL PUBLICO

CAPITULO XI.- DE LAS SANCIONES

TRANSITORIOS

CAPITULO I

DE LO QUE DEBE ENTENDERSE POR RODEOS Y ESPECTÁCULOS SIMILARES

ARTICULO 1°. Para los efectos del presente Reglamento se considera como Rodeos a los espectáculos públicos donde se presentan competencias ó exhibiciones que incluyen las siete disciplinas reconocidas internacionalmente en el deporte del Rodeo (Jineteo de Caballos con Pretal, Derribe de Novillos, Lazo de Becerros, Jineteo de Caballos con Montura, Lazo por Parejas, Carrera de Barriles y Jineteo de Toros).

ARTICULO 2°. Por espectáculos similares se entienden los que presenten competencias ó exhibiciones de personas interactuando con ganado vacuno y/o caballar, tales como espectáculos de Jineteo de Toros (Súper Bulls y Jaripeos), de Jineteo de Toros y Caballos Broncos (Jack Pots), Corte de Ganado (Team Penning), eventos exclusivos de Lazo por Parejas (Lazaderas) y los demás cuyo contenido sea similar a los espectáculos mencionados en este Capitulo.

ARTICULO 3°. Quedan excluidos de este Reglamento las Exposiciones y Subastas Ganaderas, los espectáculos Hípicos de Salto ó de Alta Escuela, de Charrería, las Corridas de Toros y Novilladas, las competencias el Polo y las Carreras de Caballos.

CAPITULO II

DE LA COMISION DE RODEO Y ESPECTÁCULOS SIMILARES

ARTICULO 4°. La Comisión de Rodeo y Espectáculos Similares del Municipio de Tecate “CREST” es un cuerpo técnico en materia deportiva de Rodeo y en su funcionamiento propio será autónoma. Sus funciones se sujetarán a las prescripciones contenidas en este Reglamento y a las que fija el Reglamento de Espectáculos Públicos en todo lo que no se oponga a lo previsto en el primero.

ARTICULO 5°. La CREST así como este Reglamento se establecen con el objeto de dignificar el deporte del Rodeo y vigilar por los intereses y la seguridad de quienes participan, colaboran y asisten a presenciar espectáculos de este tipo.

ARTICULO 6°. La CREST estará constituida por cinco miembros a saber: un Presidente, un Secretario, un Tesorero y dos Vocales. Además la CREST podrá nombrar a los Asesores que sean necesarios sin pasar de tres.

ARTICULO 7°. Todos los acuerdos serán tomados por mayoría de votos, siendo obligación de los miembros de la CREST reunirse en sesión ordinaria cada quince días durante la temporada de eventos; así como reunirse esporádicamente en sesiones extraordinarias cuando el caso lo requiera. Todos los miembros tendrán derecho a voz y voto, y el “Quórum” legalmente estará formado por tres de ellos. Cuando haya empate se tomará nuevamente la votación y si este subsiste, quien presida la sesión, tendrá voto de calidad para resolver el empate.

ARTICULO 8°. Los miembros de la CREST serán designados por el C. Presidente Municipal. Serán personas de residencia comprobada en el Municipio de Tecate, de conocida honorabilidad, con amplios conocimientos en la materia y no tendrán ligas de ninguna índole con Empresas de Rodeo.

ARTICULO 9°. El cargo de miembro de la CREST, será honorario.

ARTICULO 10°. El Presidente tendrá las siguientes obligaciones y facultades:

a) Citar a los miembros de la CREST sesiones (sic) ordinarias y extraordinarias.

b) Presidir las sesiones de la CREST.

c) Solicitar con la aprobación de los miembros de la CREST la remoción de alguno de sus miembros.

d) Autorizar que las sesiones sean públicas.

e) Ser vocero oficial de la CREST.

f) Firmar los oficios que emanen de la CREST.

g) Solicitar al Secretario de la CREST que levante el acta de la sesión y la consigne en el libro correspondiente.

h) Promover con las Comisiones, Asociaciones, Federaciones de Rodeo y Deportes similares, correspondencia tendiente al mejoramiento de la comunicación entre estas y la CREST.

i) Invitar al Presidente Municipal para presidir las sesiones de la CREST, cuando sea acordado por la misma.

j) Formar un Directorio de Comisiones y Asociaciones de Rodeo en el país, comisionando para ello a cualquiera de los miembros integrantes de la CREST.

k) Solicitar a los miembros de la CREST la revisión de este Reglamento y el Reglamento Técnico de Rodeo de Tecate, para mejorarlos y actualizarlos.

l) Rendir por lo menos un informe anual por escrito a la Presidencia Municipal, donde hará saber la síntesis de las actividades y de los acuerdos tomados por la CREST.

ARTICULO 11°. Las ausencias del Presidente, serán cubiertas por el Secretario y a falta de este último serán cubiertas del primero al segundo vocal.

ARTICULO 12°. El Secretario tendrá las siguientes obligaciones y facultades:

a) Levantar el acta correspondiente a cada sesión.

b) Preparar con la debida anticipación la documentación de los asuntos que deben tratarse en las sesiones, formulando el orden del día de acuerdo con el Presidente.

c) Firmar junto con el Presidente, toda la correspondencia emitida.

d) Distribuir entre los miembros de la CREST la correspondencia que se reciba para los mismos.

e) Dar lectura del acta de cada sesión, proporcionando los informes que se le soliciten en relación con la misma.

f) Suplir las ausencias del Presidente.

ARTICULO 13°. El Tesorero tendrá las siguientes obligaciones y facultades:

a) Administrar en coordinación con el presidente los bienes, fondos y recursos financieros puestos a disposición de la CREST.

b) Verificar que exista documentación comprobatoria de los ingresos y egresos de la CREST.

c) Preparar los informes financieros de la CREST, cuantas veces le sean requeridos.

ARTICULO 14°. Los Vocales de la CREST, tendrán las siguientes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR