Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral

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NOTA IMPORTANTE
Estimado cliente a través del siguiente instructivo
podrás conocer las fechas en que se han publicado
las últimas reformas, adiciones o derogaciones que
incluye esta disposición; las fechas se presentan
cronológicamente de la más reciente a la más antigua
dentro del período al que corresponda.
INSTRUCTIVO
DE LA REFORMA AL REGLAMENTO DE QUEJAS
Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL
ARTICULO PRIMERO. Se ADICIONAN: numeral 3 al artículo 4; fracción
XXXIII al artículo 7; numeral 7 al artículo 35; fracción III al numeral 1 del ar-
tículo 40; numeral 3 al artículo 41; incisos e), f) y g) a la fracción V del
artículo 55; numeral 4 al artículo 59; fracción VIII al numeral 1 del artículo 62;
fracción V al artículo 65; se REFORMAN: los artículos 7, fracciones XXXI,
y XXXII; 9, numeral 3; 11; 16, numeral 8; 17, numeral 4; 20, numeral 2; 35
numerales 1, 2, 3, 4 y 6; 38, numeral 2, 4, fracción I, y 5; 41, numerales 1 y
2; 42, numeral 2; 44, numerales 1 y 2; 60, fracción IV; 61, numeral 3; 62, nu-
meral 1, fracción I; 64, fracción II; 65, numeral 4, fracciones III y IV; y 67,
numeral 1; se DEROGAN: la fracción I, del numeral 1 del artículo 35, reco-
rriéndose las subsecuentes; fracción IV del numeral 2 del artículo 59; para
quedar en los siguientes términos:
Publicado en el D.O.F. del 28 de septiembre de 2017
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RGTO. QUEJAS Y DENUNCIAS/ANTECEDENTES ANTECEDENTES
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Instituto Nacional Electoral. Consejo General. INE/CG191/2014.
Acuerdo del Consejo General por el que se Aprueba el Reglamento de Quejas
y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, que Abroga al Anterior, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2011
ANTECEDENTES
I. En sesión extraordinaria de 23 de junio de 2011, el Consejo General del en-
tonces Instituto Federal Electoral, emitió el Acuerdo CG192/2011, por el que expi-
el publicado el 6 de febrero de 2009, en el Diario Oficial de la Federación. El regla-
mento se publicó el 30 de junio de 2011 en el Diario Oficial de la Federación;
II. Por sentencia dictada el 27 de julio de 2011, en los recursos de apelación
SUP-RAP-141/2011 y SUP-RAP-144/2011, promovidos por los partidos Convergen-
cia y de la Revolución Democrática en contra del Acuerdo descrito en el punto
anterior, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
ordenó que los artículos 67 párrafo 1, 69, y 70 párrafo 7 del reglamento descrito en
el punto anterior, debían ajustares conforme a lo precisado en los Considerandos
Quinto y Sexto del fallo;
III. En sesión extraordinaria de 17 de agosto de 2011, en acatamiento a la sen-
tencia referida, el Consejo General del entonces Instituto Federal Electoral emitió
el Acuerdo CG246/2011, por el que modificó el diverso CG192/2011 descrito en
el Punto I;
IV. El 10 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación,
el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposi-
político electoral. Según lo dispuesto en el Transitorio Segundo de dicho decreto,
el Congreso de la Unión debía expedir las leyes generales en materia de delitos
electorales, así como las que distribuyan competencias entre la Federación y las
entidades federativas en materia de Partidos Políticos, organismos electorales y
procesos electorales;
V. En sesión extraordinaria de 29 de abril de 2014, se aprobó el ACUERDO
DEL CONSEJO GENERAL DE INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL POR EL QUE SE
EMITEN LINEAMIENTOS PARA ORGANIZAR LOS TRABAJOS DE REFORMA O EX-
PEDICION DE REGLAMENTOS Y DE OTROS INSTRUMENTOS NORMATIVOS DEL
INSTITUTO DERIVADOS DE LA REFORMA ELECTORAL, identificado con la clave
INE/CG14/2014;
VI. El 23 de mayo de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el
Decreto por el que se expidió la Ley General de Instituciones y Procedimientos
Electorales y se abrogó el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Elec-
torales publicado el 14 de febrero de 2008 en el Diario Oficial de la Federación. El
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ANTECEDENTES-1 EDICIONES FISCALES ISEF
Transitorio Sexto de dicha Ley General otorgó un plazo de 180 días contados a par-
tir de la entrada en vigencia de la Ley, para que el Consejo General del Instituto Na-
cional Electoral emitiera los acuerdos necesarios para hacer efectivas las reformas;
VII. En la Vigésima Segunda sesión extraordinaria de carácter urgente, cele-
brada el 3 de octubre de 2014, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral aprobó el Proyecto de Reglamento de Quejas y Denuncias del
Instituto Nacional Electoral, que abrogó el descrito en el Antecedente III; y
CONSIDERANDO
1. Que el artículo 35 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Elec-
torales dispone que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral es el órgano
superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones
constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los prin-
cipios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y
objetividad guíen todas las actividades del Instituto.
2. Que el artículo 44, párrafo 1, inciso a) de la norma en cita, dispone que el
Consejo General tiene, entre sus atribuciones, la de aprobar y expedir los Regla-
mentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades del Instituto.
3. Que derivado de las reformas constitucional y legal promulgadas este año,
por las que se modificó el régimen sancionador electoral, es necesario expedir el
instrumento jurídico que se propone y abrogar el Reglamento de Quejas y Denun-
cias del Instituto Federal Electoral.
4. Que en los trabajos para la expedición de este Reglamento, se buscó dar
cabida a la pluralidad de opiniones, por lo que se consideraron las aportaciones
tanto de los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias, como el resto de
los Consejeros Electorales y demás instancias del Instituto.
5. Que el Segundo Punto del Acuerdo INE/CG14/2014, descrito en el Antece-
dente V, dispone que la Comisión de Quejas y Denuncias presentará al Consejo
General, para su aprobación, la propuesta de reforma del Reglamento de Quejas
y Denuncias.
Con base en los Antecedentes y Consideraciones expuestos, y con fundamen-
to en los artículos 41, párrafo segundo, Base V, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 29; 34, párrafo 1; 35, y 44, párrafo 1, inciso a) de la Ley
del Acuerdo INE/CG14/2014, el Consejo General emite el presente:
ACUERDO
PRIMERO. Se aprueba el Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto
Nacional Electoral, en sesión extraordinaria del Consejo General de este Instituto,
celebrada el siete de octubre de dos mil catorce, al tenor de lo siguiente:
TITULO PRIMERO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DEL AMBITO DE APLICACION Y DE LOS CRITERIOS DE INTERPRE-
TACION
ARTICULO 1
Del ámbito de aplicación y de su objeto
1. El Reglamento es de orden público y de observancia general.
2. Tiene por objeto regular los procedimientos sancionadores aplicables res-
pecto de las faltas administrativas establecidas en los capítulos Primero, Segundo,
Tercero y Cuarto del Título Primero del Libro Octavo de la Ley General, así como el
procedimiento para la adopción de medidas cautelares.

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