Reglamento de Procedimientos Previos para la Adopcion de Menores
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PREVIOS PARA LA ADOPCION DE MENORES
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el domingo 23 de agosto de 1998.
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PREVIOS PARA LA ADOPCION DE MENORES
DE LOS REQUISITOS PARA LOS SOLICITANTES NACIONALES Y EXTRANJEROS.
I.-·Tener una entrevista con personal del área de trabajo social de la Institución.
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Llenar la solicitud proporcionada por la institución.
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Entregar curriculum vitae y fotografía reciente.
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Presentar dos cartas de recomendación. Estas cartas deberán contener lo siguiente: tiempo de conocer al solicitante, así como el domicilio y teléfono de la persona quien recomienda.
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Cuatro fotografías, como mínimo de; la casa-habitación, que comprendan: fachada, sala-comedor, recamaras, y de una reunión familiar. Estas fotografías deberán ser a color y tamaño postal.
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Certificado medico de buena salud, expedido por institución oficial.
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Resultado de pruebas aplicadas para detección del SIDA.
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Constancia de trabajo, especificando puesto, antigüedad y sueldo.
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Copia certificada del acta de matrimonio, o del acta de nacimiento si es soltero.
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Comprobante de domicilio.
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Identificación de cada uno de los solicitantes.
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Estudio socioeconómico y psicológico que practicará la institución.
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Acudir a las entrevistas que programe la institución.
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Aceptar en forma expresa, que la Institución realice el seguimiento de la adaptación durante el procedimiento de adopción.
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Presentar la documentación señalada en el artículo anterior traducida al idioma español por perito autorizado; certificada por notario público de su país de origen y legalizada por el consulado Mexicano correspondiente.
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Presentar estudios socio-económicos y psicológicos practicados por institución publica o privada de su país de origen, debidamente traducidos al idioma español por perito autorizado; certificados por notario público de su país de origen y legalizado por el Consulado Mexicano correspondiente.
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Presentar autorización de su país de origen para adoptar a un menor mexicano.
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Aceptar, expresamente, que la institución realice el seguimiento del menor dado en adopción, a través de autoridades mexicanas en su país de origen.
También se enviara un tanto al Internado Francisco Zarco con el mismo objeto.
DEL CONSEJO TECNICO DE ADOPCIONES, SU INTEGRACION Y FUNCIONES
Un Presidente, que será el Director de Asistencia Jurídica y Procurador de la Defensa del Menor y la Familia.
Un Secretario, que será el Sub-Director de Asistencia Jurídica; y
Consejeros, que serán los titulares de las áreas de Asistencia Social, Trabajo Social, Servicios Médicos, Apoyo Psicoemocional, así como el titular del Internado Francisco Zarco.
Art.14.- Las reuniones de consejo solo podrán celebrarse con la asistencia de la...
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