Reglamento del Procedimiento y Métodos Alternos de Solución de Conflictos del Municipio de Tlaquepaque

EstadoJalisco
MunicipioTlaquepaque
REGLAMENTO DEL PROCEDIMIENTO Y MÉTODOS ALTERNOS DE
SOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL MUNICIPIO DE TLAQUEPAQUE
Título Único
Capítulo Primero
Disposiciones Generales
Artículo 1.
Las disposiciones contenidas en este reglamento son de orden público e
interés social y tiene por objeto:
I. Regular los procedimientos alternativos de solución de controversias
aplicados por los Centros de Mediación Municipal de Tlaquepaque, tales como
la mediación y la conciliación;
II. Establecer los principios, bases, requisitos y las formas de acceso de las
personas físicas y morales a los procedimientos de métodos alternativos para
la solución de controversias; y
III. Establecer los lineamientos del procedimiento administrativo respecto de
infracciones no flagrantes.
Artículo 2.
Para efectos del presente reglamento se entiende por:
I. Director.- Director del Centro de Mediación Municipal.
II.- Centro: Centros de Mediación Municipal de Tlaquepaque;
III. Reglamento: Reglamento del Procedimiento y Métodos Alternos de Solución
de Conflictos del Municipio de Tlaquepaque;
IV. Métodos Alternativos de Solución de Conflictos: Mecanismos que bajo
ciertos presupuestos legales de procedencia, ponen término a un
procedimiento sin necesidad de que el asunto sea conocido en instancia
jurisdiccional, prevaleciendo la libre voluntad de las partes para que encuentren
una solución al conflicto;
V. Mediación: Procedimiento voluntario, confidencial y flexible que tiene por
objeto ayudar a que dos o más personas físicas o jurídicas, encuentren la
solución a un conflicto en forma no adversaria, en el cual, un tercero imparcial y
previamente capacitado, denominado mediador, facilita a los involucrados en
una disputa, la comunicación adecuada, con el fin de lograr una solución o
acuerdo parcial o total aceptable a las partes implicadas en el conflicto;
VI. Mediador Social: Servidor Público capacitado para conducir adecuadamente
un proceso de mediación y conciliación, procurando en todo momento facilitar y
restaurar la comunicación entre las partes;
VII. Conciliación: Procedimiento voluntario por el cual dos o más personas
involucradas en un conflicto logran solucionarlo, a través de la comunicación,
dirigida mediante recomendaciones o sugerencias de solución facilitadas por
un tercero denominado conciliador; y
VIII. Método Alternativo: Trámite convencional, voluntario y auto-compositivo
que permite en su caso solucionar conflictos, sin necesidad de acudir a los
órganos jurisdiccionales.
Artículo 3.

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