Reglamento de Prevención y Control de la Contaminación en el Municipio de Centro, Tabasco

EstadoTabasco
MunicipioCentro
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H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE CENTRO
VILLAHERMOSA, TAB. MEX.
REGLAMENTO DE
PREVENCIÓN Y CONTROL
DE LA CONTAMINACIÓN
EN EL MUNICIPIO DE
CENTRO, TABASCO.
REGLAMENTO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACION EN EL MUNICIPIO DE CENTRO,
TABASCO.
ANDRES RAFAEL GRANIER MELO, PRESIDENTE MUNICIPAL, DEL H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CENTRO, TABASCO, A TODOS LOS HABITANTES, HAGO
SABER:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDIO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR
LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 8 Y
16 DE LA LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE; 65
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO; 50
FRACCIÓN III, 67 FRACCIONES II Y XIV, 94,98,99 Y 100 FRACCIÓN IX DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS
MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO; Y 9 Y 10 DE LA LEY DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DEL
ESTADO DE TABASCO Y:
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que debido al desarrollo de las actividades económicas y el crecimiento de la población del
municipio de Centro, sus cambios de hábitos de consumo, así como al acelerado proceso de urbanización de
la ciudad de Villahermosa, y de los ocho principales centros urbanos del municipio, resulta necesario
establecer las bases normativas que permitan reducir las alteraciones al equilibrio ecológico de sus
ecosistemas.
SEGUNDO.- Que la contaminación afecta directamente en el bienestar y la salud pública de la población, por
lo que es impostergable para el ayuntamiento de Centro, cuidar,, proteger y restaurar los recursos naturales,
los ecosistemas y el medio ambiente para preservar la calidad de vida de las personas radicadas o se
encuentren de paso en el territorio municipal.
TERCERO.- Que el municipio requiere de disposiciones normativas ambientales acordes a las circunstancias
actuales, para dejar de ser un espectador del deterioro ambiental y pasar a ser un actor importante que
participe en la eliminación o minimización de él.
CUARTO.- Que resulta necesario contar con elementos jurídicos suficientes para garantizar el derecho a todo
ciudadano del municipio, a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y garantizar a las
generaciones venideras un municipio sano en su entorno. Es indispensable que la autoridad municipal
participe en detener el desgaste que todos hemos ejercido en nuestro territorio y sus recursos naturales.
QUINTO.- Que dentro de los objetivos del Plan Municipal de Desarrollo de Centro, 2001-2003, en el Capítulo
7, relativo a la Protección del Medio Ambiente, se establece como estrategia el fortalecimiento de la
reglamentación municipal en materia ambiental.
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H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE CENTRO
VILLAHERMOSA, TAB. MEX.
REGLAMENTO DE
PREVENCIÓN Y CONTROL
DE LA CONTAMINACIÓN
EN EL MUNICIPIO DE
CENTRO, TABASCO.
SEXTO.- Que el H. Ayuntamiento Constitucional del municipio de Centro, de conformidad con lo dispuesto en
artículo 50 fracción III, está facultado para aprobar este Reglamento para contribuir al desarrollo integral del
municipio en apego a la sustentabilidad y al derecho ciudadano de vivir en un ambiente sano.
SÉPTIMO.- Que este ayuntamiento con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, 8 y 16 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, 65 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 50 fracción III, 67
fracción II, 94,98,99 y 100 fracción IX de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, 9 y 10 de
la Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco; en sesión de fecha once de febrero de año dos mil
dos, ha tenido a bien emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
EN EL MUNICIPIO DE CENTRO, TABASCO
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de orden e interés público y observancia general en el municipio de
Centro, Tabasco.
ARTÍCULO 2.- El objeto del presente Reglamento es el de prever y controlar la contaminación que se genera
por los establecimientos comerciales y de servicios cuya inspección y vigilancia es de competencia municipal,
así como la contaminación que se deriva de las actividades humanas en general.
ARTÍCULO 3.- Se considera de utilidad y orden público e interés social:
I. El ordenamiento ecológico dentro del territorio municipal, en los casos previstos por el presente
Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
II. El establecimiento de la política y los criterios ambientales particulares del Municipio.
III. El derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo dentro del
territorio del municipio de Centro.
IV. Las demás acciones que se realicen para dar cumplimiento a los fines del presente Reglamento,
sin perjuicio de las atribuciones que le competen a la Federación y al Estado.
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H. AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL DE CENTRO
VILLAHERMOSA, TAB. MEX.
REGLAMENTO DE
PREVENCIÓN Y CONTROL
DE LA CONTAMINACIÓN
EN EL MUNICIPIO DE
CENTRO, TABASCO.
ARTÍCULO 4.- Las disposiciones de este Reglamento se establecen en el ámbito municipal de acuerdo a las
siguientes bases:
I. Garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo;
II. La prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo en el territorio municipal;
III. La conservación y manejo de los recursos naturales y la protección al ambiente, salvo que se
trate de asuntos de competencia exclusiva Federal o Estatal;
IV. La coordinación entre dependencias y entidades de los tres niveles de gobierno, así como la
participación corresponsable de la ciudadanía, conforme a lo previsto en este Reglamento;
V. El ejercicio de las atribuciones de inspección y vigilancia que en materia ambiental corresponden
al municipio; y
VI. El establecimiento de los mecanismos de coordinación, inducción y concertación relativas a la
prevención y control de la contaminación entre las autoridades, entre éstas y los sectores social y
privado.
En todo lo no previsto en este Reglamento, se aplicarán supletoriamente la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Protección Ambiental del Estado de Tabasco, las Normas
Oficiales Mexicanas aplicables, así como las disposiciones contenidas en otras leyes, reglamentos u otros
ordenamientos relacionados con la prevención y control de la contaminación.
ARTÍCULO 5.- Para los efectos de este Reglamento se entiende por:
I. Ambiente: El conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen
posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que
interactúan en un espacio y tiempo determinados;
II. Bando: Bando de Policía y Buen Gobierno del municipio de Centro;
III. Biodegradable: material orgánico o sintético que puede ser descompuesto por la acción de
microorganismos del suelo o agua o bien, por la acción de los organismos saprobios;
IV. Contaminación: La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o de cualquier
combinación de ellos que cauce desequilibrio ecológico;
V. Contaminante: toda materia o energía en cualquiera de sus estados físicos o formas, que al
incorporarse o actuar en la atmósfera, agua, suelo, flora, fauna o cualquier elemento natural,
altere o modifique su composición y condición natural;

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