Reglamento del Patronato del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo

REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 6 de septiembre de 2004.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO, CON FUNDAMENTO EN LA FRACCION XI DEL ARTICULO 8 DEL DECRETO NUMERO 16 QUE CREA EL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO Y SU LEY ORGANICA, Y

CONSIDERANDO.

Que con la finalidad de fincar las bases para el ejercicio de las funciones del PATRONATO, como órgano de apoyo que coadyuve en el fortalecimiento de la labor educativa del Colegio y de esta manera responder a las necesidades y demanda educativa que enfrenta el organismo, se emite el siguiente Acuerdo que contiene:

REGLAMENTO DEL PATRONATO DEL COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE HIDALGO

CAPITULO I Artículo 1

OBJETIVO GENERAL DEL PATRONATO

Artículo 1 El Patronato del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo, tiene por objeto apoyar al organismo en la organización y obtención de recursos financieros, para un mejor cumplimiento de su objeto social.
CAPITULO II Artículos 2 a 5

DE SU ORGANIZACION Y FUNCIONES

Artículo 2 El Patronato estará integrado de acuerdo al Decreto de creación reformado del Colegio de Bachilleres del Estado de Hidalgo.
Artículo 3 El Patronato estará integrado por los miembros que designe la Junta Directiva, la cual podrá nombrar nuevos miembros que lo integren y removerlos por causa justificada; con excepción del Presidente que será designado por el Gobernador del Estado.
Artículo 4 Corresponde además al Patronato, presentar a la Junta Directiva, dentro de los tres primeros meses a partir de la fecha en que concluya el ejercicio presupuestal, los estados financieros con el dictamen del auditor nombrado para el caso por la propia Junta.
Artículo 5 Son funciones del Patronato:
  1. Acrecentar el Patrimonio del Colegio;

  2. Formular el presupuesto anual de ingresos y egresos extraordinarios y darlo a conocer al Director General;

  3. Diseñar sistemas financieros de apoyo a los alumnos;

  4. Expedir y actualizar su manual de procedimientos;

  5. Planear, programar, dirigir, organizar, controlar y evaluar los asuntos de su competencia;

  6. Delegar facultades no discrecionales para casos específicamente determinados;

  7. Formular los proyectos de normas y disposiciones reglamentarias de índole general, relacionadas con los asuntos de su competencia y, previa opinión del Director General, someterlas a la consideración de la Junta Directiva;

  8. Presentar a consideración de la Junta Directiva los asuntos que requieran su intervención;

  9. Incorporar al patrimonio del Colegio las obras e instalaciones que se requieran o construyan;

  10. Promover y dictaminar la aceptación de donaciones, legados y la constitución de fideicomisos a favor del Colegio y someter su dictamen a la consideración de la Junta Directiva;

  11. Informar al Director General, de los daños o pérdidas que (sic) los bienes del Colegio;

  12. Opinar sobre las solicitudes del Director General que tengan por objeto las transferencias o ampliaciones de bienes patrimoniales.

  13. Opinar acerca de las concesiones, autorizaciones, bajas y permisos que autorice la Junta Directiva del COBAEH y afecten el patrimonio del Colegio;

  14. Proponer a la Junta Directiva las medidas conducentes para incrementar los ingresos del Colegio y en general para acrecentar su patrimonio;

  15. Ejercer las demás que se señalen en los ordenamientos Legales que...

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