Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Ezequiel Montes, Qro.

2 de julio de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 22129
GOBIERNO MUNICIPAL
LA SUSCRITA, LIC. RENATA DANIELA CAMPO FEREGRINO, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO DE
EZEQUIEL MONTES, QRO., GOBIERNO MUNICIPAL 2018-2021, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIONES IV Y V DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO, Y 135 FRACCIÓN XI DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DEL
MUNICIPIO DE EZEQUIEL MONTES, QRO.,----------------------------------------------------------------------------------------
--------------------------------------------------------------------- C E R T I F I C A: ------------------------------------------------------
QUE EN EL ACTA NÚM. 90 (NOVENTA ) DE SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO, CELEBRADA EL DÍA 27
(VEINTISIETE) DE M AYO DEL AÑO 2021 (DOS MIL VEINTIUNO), SE ENCUENTRA ASENTADO EL PUNTO
NÚM. 6.- SE SOMETE A CONSIDERACIÓN Y EN SU CASO APROBACIÓN, EL DICTAMEN EMITIDO POR LA
COMISIÓN PERMANENTE DE GOBERNACIÓN, RESPECTO DEL “REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE EZEQUIEL MONTES, QRO.” (EN ALCANCE AL PUNTO 4 DE SESIÓN
MERO 86). - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
------------------------------------------------------------------- A C U E R D O: -----------------------------------------------------------
CON EL VOTO EN CONTRA POR PARTE DEL C. JOSÉ ORLANDO MONTES VELÁZQUEZ, Y CON LOS
VOTOS A FAVOR POR PARTE DE LOS CC. ARQ. MARCO ANTONIO TREJO MONTES, GABRIELA TREJO
DORANTES, HEVILA MENDOZA MONTES, ALEJANDRA MARÍN VEGA, ISRAEL PÉREZ MONTES, JOSÉ
FABIÁN VELÁZQUEZ CHÁVEZ Y C.P. FIDEL CARBAJAL VALENCIA, Y CON FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 30 FRACCIÓN I, Y 151 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, SE APRUEBA POR MAYORÍA ABSOLUTA DEL CUERPO COLEGIADO EL “REGLAMENTO DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE EZEQUIEL MONTES, QRO.”, EL CUAL DEBERÁ SER
PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE QUERÉTARO “ LA SOMBRA DE
“ARTEAGA”, EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
M.V.Z. Elvia Montes Trejo, Presidenta Municipal Constitucional de Ezequiel Montes, Qro., en ejercicio de las
facultades que me confieren los artículos 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; y 152 y 156
del Reglamento Interior del Ayuntamiento del Municipio de Ezequiel Montes, Qro., a los habitantes de este
Municipio hago saber:
Que con fundamento legal en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; 30 fracción I, 31 fracción I,
146, 147 y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; y
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y 35 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro, los estados
adoptan para su régimen interior, la forma de gobierno republicano representativo, democrático, laico y
popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el
municipio libre.
2. Que atendiendo a la previsto en la fracción I del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, los municipios serán gobernados por un Ayuntamiento, cuya competencia se ejercerá
de manera exclusiva y no habrá autoridad intermedia entre este y el gobierno del Estado.
3. Que los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2, 30
fracción I y 146 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, 2 del Reglamento Interior del
Ayuntamiento de Ezequiel Montes, Qro., facultan al Ayuntamiento de Ezequiel Montes, Qro., para
organizar la administración pública municipal, contar con sus propias autoridades, funciones específicas
y libre administración para regular las materias de su competencia y aseguren la participación ciudadana
y vecinal a través de instrumentos normativos que contengan disposiciones administrativa s de
observancia general y obligatoria en el municipio.

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