Reglamento para la Organizacion de la Asamblea de Barrio: en los Barrios, Colonias, Ejidos y Fraccionamientos del Municipio de Tuxtla Gutierrez, Chiapas
REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA ASAMBLEA DE BARRIO: EN LOS BARRIOS, COLONIAS, EJIDOS Y FRACCIONAMIENTOS DEL MUNICIPIO DE TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 5 de octubre de 2005.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- H. Ayuntamiento Constitucional.- Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
C. Lic. Juan José Sabines Guerrero, Presidente Municipal Constitucional del Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; con fundamento en lo dispuesto en el artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en relación con los artículos del (sic) 58 y 60, de la Constitución Política del Estado de Chiapas, y los artículos 2°, 38, fracción II y LI, 39, 42, fracciones I, II, VI y XIII, 126, 127, 128, 129, 130, 146, 147, 148, 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 157, 160, y demás relativos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Chiapas, y en cumplimiento al Acuerdo de Cabildo tomado por el Ayuntamiento en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 21 de febrero de Dos Mil Cinco, Acta Número 8; a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez, en uso de las facultades que le concede el artículo 38, fracción II, de la Ley Orgánica Municipal del estado; y,
C o n s i d e r a n d o.
Por lo anteriormente expuesto se pone a consideración del Ayuntamiento para su discusión y aprobación:
Reglamento para la Organización de la Asamblea de Barrio: En los Barrios, Colonias, Ejidos y Fraccionamientos del Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento son de interés público y de observancia obligatoria en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y tienen por objeto regular la organización de la Asamblea de Barrio en los Barrios, Colonias, Ejidos y Fraccionamientos del Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; así como también la integración, funcionamiento y elección de los Organismos nombrados por la Asamblea de Barrio, que serán las siguientes entidades: Consejo de Participación Ciudadana, Célula de Seguridad Pública, Comisión de Desarrollo Social, Comisión de Medio Ambiente y la Comisión de Cultura, Recreación y Deporte.
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Ayuntamiento: Al Honorable Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
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Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEM): Órgano colegiado de máxima decisión que tiene como objeto integrar, coordinar, operar, dar seguimiento, vigilar y evaluar los programas y proyectos que se ejecuten en este municipio. El COPLADEM estará integrado por representantes de las autoridades municipales, estatales y federales, así como también por miembros de la sociedad.
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Asamblea de Barrio: Órgano supremo del barrio, colonia, ejido o fraccionamiento municipalizado, integrado por los habitantes del mismo.
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Consejo de Participación Ciudadana (C.P.C.): Grupo de colonos electos por la Asamblea de Barrio y que representan al barrio, colonia, ejido o fraccionamiento municipalizado que corresponda; integrándose por los Comités de Caminos y reactivación económica.
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Célula de Seguridad Pública: Estará integrada por los ciudadanos electos en la Asamblea de Barrio, para atender e implementar acciones que apoyen y fortalezcan los programas institucionales destinados a brindar seguridad a cada barrio, colonia, ejido o fraccionamiento municipalizado; integrándose por los Comités de Protección Civil y de Prevención de la violencia.
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Comisión de Desarrollo Social: Estará integrada por los ciudadanos electos en la Asamblea de Barrio, para realizar diferentes actividades en beneficio de cada barrio, colonia, ejido o fraccionamiento municipalizado; integrándose por los Comités de: Programa Oportunidades; de Salud; de Adultos Mayores; de Educación; y Contra la Violencia Familiar.
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Comisión del Medio Ambiente: Estará integrada por los ciudadanos electos en la Asamblea de Barrio, para realizar acciones preventivas y correctivas en beneficio del medio ambiente de cada barrio, colonia, ejido o fraccionamiento municipalizado; integrándose por los Comités de Recursos Naturales y de Basura.
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Comisión de Cultura y Deporte: Estará integrada por los ciudadanos electos en la Asamblea de Barrio, con la finalidad de impulsar diferentes actividades culturales y deportivas en cada barrio, colonia, ejido o fraccionamiento municipalizado; integrándose por los Comités de Casa de la Cultura, Bibliotecas y Deportes.
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Organismos: Entidades integrantes de la Asamblea de Barrio, compuestas por ciudadanos electos en la Asamblea de Barrio y que son: Consejo de Participación Ciudadana; Célula de Seguridad Pública; Comisión de Desarrollo Social; Comisión del Medio Ambiente; Comisión de Cultura, Recreación y Deporte.
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Barrio, Colonia, Ejido y Fraccionamiento: Zonas municipalizadas creadas para ser habitadas y que en su conjunto conforman el municipio de Tuxtla Gutiérrez.
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Presidente: El Presidente Municipal Constitucional del H. Ayuntamiento de Tuxtla Gutiérrez.
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Secretaría Municipal: La Secretaría General del Ayuntamiento, autoridad municipal.
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Secretaría de Planeación: La Secretaría de Planeación para el Desarrollo Sustentable, órgano de planeación de la administración pública municipal.
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Dirección: A la Dirección de Participación Ciudadana, dependiente de la Secretaría de Planeación para el Desarrollo Sustentable del Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.
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Delegados y Agentes Municipales: Autoridades auxiliares del Ayuntamiento que actúan dentro de su circunscripción territorial y que son nombrados en Sesión de Cabildo.
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Asamblea: Reunión de vecinos del Barrio, Colonia, Ejido o Fraccionamiento municipalizado que corresponda, celebrada previa convocatoria para tratar, presentar, discutir y resolver, en su caso, cuestiones de interés común.
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Al H. Ayuntamiento;
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Al Presidente Municipal;
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A la Secretaría Municipal;
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A la Secretaría de Planeación; y,
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A la Dirección.
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Vigilar y hacer cumplir en la esfera de su competencia, la aplicación del presente Reglamento y demás disposiciones de la materia;
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Autorizar la integración de la Asamblea de Barrio;
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Autorizar la celebración de convenios con la Asamblea de Barrio y sus organismos, para la mejor coordinación y desempeño de sus funciones; y,
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Las demás atribuciones que le confiere el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.
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Vigilar y hacer cumplir en el ámbito de su competencia, el presente Reglamento y demás disposiciones legales de la materia a través de la Secretaría General del Ayuntamiento y/o Dirección de Gobierno;
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Suscribir con la aprobación del Ayuntamiento convenios o acuerdos con la Asamblea de Barrio y sus organismos para la solución de problemas existentes en la comunidad;
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Dictar las medidas pertinentes para el buen funcionamiento y organización de la Asamblea de Barrio y sus organismos; y,
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Las demás que señale este Reglamento y disposiciones legales de la materia.
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Vigilar y hacer cumplir en el ámbito de su competencia, el presente Reglamento y demás disposiciones legales de la materia;
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Suscribir con la aprobación del Ayuntamiento convenios o acuerdos con los (sic) Consejo de Participación Ciudadana y demás organismos de la Asamblea de Barrio, para la solución de problemas existentes en la comunidad;
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Dictar las medidas pertinentes para el buen funcionamiento y organización de la Asamblea de Barrio; y,
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Las demás que señale este Reglamento y disposiciones legales de la materia.
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Vigilar y hacer cumplir en el ámbito de su competencia, el presente Reglamento y demás disposiciones legales de la materia;
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Supervisar el buen desempeño de la Dirección;
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Informar al Presidente Municipal sobre las actividades de la Asamblea de Barrio; y,
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Las demás que señalen las leyes, reglamentos y disposiciones legales aplicables en la materia.
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Vigilar y hacer cumplir en el ámbito de su competencia, el presente Reglamento y demás disposiciones legales de la materia;
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Realizar todo lo relativo a la elección, organización y funcionamiento de la Asamblea de Barrio;
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Proponer las medidas necesarias para el mejor funcionamiento de los organismos integrantes de la Asamblea de Barrio ante el COPLADEM, con la finalidad de atender las necesidades prioritarias de la comunidad;
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Expedir las credenciales de los integrantes de la Asamblea de Barrio;
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Informar a la Secretaría de las irregularidades que se presenten para implementar las medidas y sanciones correspondientes;
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Informar a las autoridades del gobierno de las funciones, cambios y bajas de la Asamblea de Barrio;
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Mantener comunicación permanente Con los organismos de la Asamblea de Barrio, con la finalidad de generar una participación responsable y eficiente con este Ayuntamiento; y,
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Las demás que señalen las Leyes, Reglamentos y disposiciones legales...
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