Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Fecha de publicación06 Mayo 2022
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
REGLAMENTO Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
REGLAMENTO Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Dirección General de Asuntos Jurídicos.
REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fundamento en lo previsto en los artículos 100, último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 14, fracciones I, V y XIV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y
CONSIDERANDO
PRIMERO. El Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para el desarrollo de sus atribuciones administrativas, en apoyo a la función jurisdiccional, puede apoyarse de la estructura orgánica y ocupacional necesarias para el buen servicio del Alto Tribunal, así como nombrar a las personas servidoras públicas para el desempeño de las actividades administrativas conforme al artículo 14, fracción XIII, de la LeyOrgánica del Poder Judicial de la Federación.
SEGUNDO. El quince de mayo de dos mil quince, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
TERCERO. A través del Acuerdo General de Administración I/2019, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veintiocho de enero de dos mil diecinueve, por el que se modifica orgánica y funcionalmente su estructura administrativa, se rediseñó la estructura orgánica administrativa, mediante la supresión, creación y readscripción de distintos órganos y áreas.
CUARTO. Por medio del Acuerdo General de Administración Numero IX/2019, de veinte de agosto de dos mil diecinueve, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se expiden los lineamientos para el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas, se regularon los mecanismos y otorgaron herramientas para el ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas a la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas.
QUINTO. Posteriormente, el doce de noviembre de dos mil diecinueve, el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo General de Administración número XIII/2019 por el que se establece la denominación de la Dirección General de Justicia TV Canal del Poder Judicial de la Federación y de la Dirección General de Derechos Humanos y se crea la Unidad General de Administración del Conocimiento Jurídico.
SEXTO. Mediante el Acuerdo General de Administración XVI/2019, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veintiuno de noviembre de dos mil diecinueve, se readscribieron la Dirección General de Justicia TV Canal del Poder Judicial de la Federación y la Dirección General de Comunicación Social a la Secretaría General de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se extinguió la Coordinación de Comunicación Social.
SÉPTIMO. El Acuerdo General de Administración número V/2021, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de doce de marzo de dos mil veintiuno, reformó al Acuerdo General de Administración número I/2019, para adscribir la Unidad General de Igualdad de Género a la Coordinación General de Asesores de la Presidencia.
OCTAVO. Con fecha siete de junio de dos mil veintiuno se publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que entre otros aspectos, modificó las atribuciones administrativas del Presidente del Alto Tribunal, y en cuyo transitorio Segundo ordenó realizar las adecuaciones normativas, orgánicas y administrativas conducentes, para la observancia de dicha legislación.
NOVENO. A través del Acuerdo General de Administración IX/2021 del dos de septiembre de dos mil veintiuno, del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se emiten las directrices del mecanismo integral para prevenir, atender y erradicar el acoso sexual y cualquier otra forma de violencia sexual y de género; se modificó la estructura, funcionamiento y se adicionaron atribuciones de la a Unidad General de Igualdad de Género.
DÉCIMO. Por conducto del Acuerdo General de Administración I/2022, del Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de veintiocho de febrero de dos mil veintidós, por el que se establecen las medidas y atribuciones para prevenir, atender y erradicar el acoso laboral, se adicionaron y precisaron atribuciones de la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas y de la Contraloría.
DÉCIMO PRIMERO. En virtud de los múltiples y recientes cambios normativos en materia administrativa del Máximo Tribunal, resulta necesario actualizar y reordenar por completo las disposiciones del Reglamento Orgánico en Materia de Administración, conforme a las mejores prácticas de mejora regulatoria.
DÉCIMO SEGUNDO. Asimismo, es conveniente incorporar cambios organizacionales para fortalecer la eficiencia y eficacia de la administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; permitir que la función administrativa del Máximo Tribunal apoye a la función jurisdiccional de una forma más ágil y se encuentren alineadas las atribuciones del Presidente, de los Comités de Ministras y Ministros, así como de los órganos y áreas, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE
JUSTICIA DE LA NACIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1o. El presente Reglamento Orgánico en Materia de Administración tiene por objeto establecer la estructura, organización y atribuciones de los órganos y áreas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Las facultades del Pleno, Ministras, Ministros, Salas, Presidentes de Salas, Comisión de Receso, Secretaría General de Acuerdos, Subsecretaría General de Acuerdos, y Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad, se sujetarán a lo dispuesto en la Ley Orgánica delPoder Judicial de la Federación, el Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Artículo 2o. Para los efectos del presente Reglamento Orgánico en Materia de Administración se entenderá por:
I. Áreas: la Subsecretaría General de Acuerdos; la Sección de Trámite de Controversias Constitucionales y de Acciones de Inconstitucionalidad; el Centro de Documentación y Análisis, Archivos y Compilación de Leyes; la Unidad General de Enlace con los Poderes Federales; la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas; la Unidad General de Administración del Conocimiento Jurídico; el Centro de Estudios Constitucionales; y la Unidad General de Igualdad de Género; así como las direcciones generales de Asuntos Jurídicos; de la Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis; de Servicios Médicos; de Comunicación Social; de Justicia TV Canal del Poder Judicial de la Federación; de Casas de la Cultura Jurídica; de Derechos Humanos; de Relaciones Institucionales; de Logística y Protocolo; de Gestión Administrativa; de Seguridad; de Recursos Humanos; de Presupuesto y Contabilidad; de Recursos Materiales; de Planeación, Seguimiento e Innovación; de la Tesorería; de Infraestructura Física; de Tecnologías de la Información; de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial; y de Auditoría;
II. Comités: los Comités de la Suprema Corte de Justicia de la Nación previstos en la normativa interna correspondiente;
III. Comités de Ministras y Ministros: los Comités de Ministras y Ministros creados por la o el Presidente, con funciones consultivas y de apoyo;
IV. Órganos: la Secretaría General de Acuerdos; la Secretaría General de la Presidencia; la Coordinación General de Asesores de la Presidencia; la Coordinación de la Oficina de la Presidencia; la Oficialía Mayor; la Contraloría, y la Unidad General de Transparencia y Sistematización de la Información Judicial;
V. Pleno: el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
VI. Presidenta o Presidente: la o el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación;
VII. Reglamento: el presente Reglamento Orgánico en Materia de Administración, y
VII...

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