Reglamento Operativo Interno de la Direccion del Fondo para la Administracion de Justicia

REGLAMENTO OPERATIVO INTERNO DE LA DIRECCION DEL FONDO PARA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, el sábado 5 de agosto de 2000.

ACUERDO N° 5:- El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento con las facultades que le confiere el artículo 13 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, y 3 de su Reglamento, ha tenido a bien elaborar y aprobar el siguiente:

REGLAMENTO OPERATIVO INTERNO DE LA DIRECCION DEL FONDO PARA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

CAPITULO PRIMERO Artículo 1

RELATIVO AL FONDO PARA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.

Artículo 1º El Fondo para la Administración de Justicia será administrado por el Tribunal Superior de Justicia del Estado, y los recursos que integran el fondo ajeno sólo podrán desafectarse y por ende hacer devolución, mediante orden judicial.

Los recursos que se obtengan y cuya devolución sea improcedente, formaran parte del patrimonio del Poder Judicial del Estado, en los términos del artículo 63 fracción I de su ley.

CAPITULO SEGUNDO Artículo 2

RELATIVO A LA DIRECCION.

Artículo 2º Además de las atribuciones que la ley Orgánica del Poder Judicial del Estado concede al titular de la Dirección del Fondo para la Administración de Justicia, este tendrá las siguientes:
  1. Coordinar, asignar, revisar y dirigir las actividades de las diferentes áreas del Fondo;

  2. Manejar mancomunadamente con la Presidencia y/ó las Direcciones de Finanzas ó Administración las cuentas de cheques del Fondo;

  3. Instrumentar los mecanismos de captación de recursos al Fondo para su mayor optimización;

  4. Implementar mecanismos de control, evaluación y desempeño laboral del personal asignado al Fondo;

  5. Representar jurídicamente al Fondo en todos los actos relacionados en su operatividad; y

  6. Las demás que señale la Presidencia del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado.

CAPITULO TERCERO Artículo 3

RELATIVO A LAS JEFATURAS DE DEPARTAMENTO Y PERSONAL ADMINISTRATIVO.

Artículo 3º Los titulares de los Departamentos del Fondo para la Administración de Justicia, serán designados por el Presidente del H

Tribunal Superior de Justicia del Estado.

  1. - La estructura de las Jefaturas de Los Departamentos estará conformada, de la siguiente manera:

    1.1.- Departamento de Contabilidad:

    1. Un Jefe de Departamento;

    2. Un Auxiliar Contable, para el área de Ingresos;

    3. Un Auxiliar Contable, para el área de Egresos; y

    4. Un Capturista de datos.

      1.2.- Departamento de Ingresos e Inversiones de Valores:

    5. Un Jefe de Departamento;

    6. Un Auxiliar, para el área de Recepción de Valores; y

    7. Un Auxiliar, para el área de Planeación Financiera.

      1.3. Departamento de Egresos y Control de Asignación:

    8. Un Jefe de Departamento;

    9. Un Auxiliar para el área de Asignación y Devolución; y

    10. Un Auxiliar para el área de Control y Registro.

  2. - La estructura directa de la Dirección y demás personal administrativo será la siguiente:

    1. Un Secretario de la Dirección;

    2. Un Auxiliar de recepción, archivo y envío de documentos; y

    3. Un...

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