Reglamento para la Operacion del Fondo de Apoyo a los Periodistas
REGLAMENTO PARA LA OPERACION DEL FONDO DE APOYO A LOS PERIODISTAS
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero, el martes 12 de diciembre de 1995.
RUBEN FIGUEROA ALCOCER, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guerrero, en ejercicio de la facultad que me confiere el Artículo 74 fracción IV de la Constitución Política del Estado y con fundamento en el Artículo 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, y
C O N S I D E R A N D O.
Por lo expuesto y fundado, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA OPERACION DEL FONDO DE APOYO A LOS PERIODISTAS.
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LEY: La Ley de Fomento a la Actividad de los Periodistas.
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FONDO: Al Fondo de Apoyo a los Periodistas.
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COMITE TECNICO: Al Comité Técnico del Fondo de Apoyo a los Periodistas.
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La adquisición de elementos personales, tales como máquinas de escribir, cámaras fotográficas o de video, grabadoras o computadoras, entre otros, en beneficio del propio periodista;
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Los gastos funerales del periodista, su cónyuge, sus hijos o sus ascendientes;
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El financiamiento de cursos escolares o de capacitación y adiestramiento.
DE LA CONSTITUCION DEL FONDO.
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Con las aportaciones de los periodistas que manifiesten expresamente su voluntad de participar en el Fondo;
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Las aportaciones del Gobierno del Estado, que serán cuatro veces la cantidad de recursos que aporten los periodistas;
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Los subsidios, bienes y demás ingresos que cualquier persona física o moral realicen en favor del Fondo;
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Los rendimientos, recuperaciones, bienes, derechos y demás ingresos que generen las inversiones del Fondo.
DEL COMITE TECNICO.
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El Secretario de Desarrollo Social, quien lo presidirá;
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El Secretario de Finanzas y Administración;
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El Secretario de Coordinación;
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El Secretario de Planeación y Presupuesto;
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El Secretario de Educación;
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El Secretario de Desarrollo Económico y Trabajo, y
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Seis Periodistas que fungirán como propietarios y seis como suplentes, designados por las diversas organizaciones.
Los representantes de los periodistas ante el Comité Técnico, que funjan como propietarios, durarán en su cargo un año, siendo substituidos al año siguiente por sus respectivos suplentes. Se convocará a las organizaciones para ratificar o elegir a los nuevos representantes á la suplencia.
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Dictar los lineamientos generales y la normatividad que orienten la actividad del Fondo;
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Vigilar el patrimonio del Fondo y la correcta administración del mismo;
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Analizar y autorizar, en su caso, las propuestas de ingreso y préstamo que se presenten al Fondo;
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Conocer y proponer el manejo de los...
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