Reglamento de la Ley de Proteccion Al Medio Ambiente del Estado de Yucatan

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REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL ESTADO DE YUCATÁN

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL: 8 DE JUNIO DE 2018.

Reglamento publicado en el Suplemento del Diario Oficial del Estado de Yucatán, el jueves 26 de mayo de 2011.

DECRETO NÚMERO 415

CIUDADANA IVONNE ARACELLY ORTEGA PACHECO, GOBERNADORA DEL ESTADO DE YUCATÁN, A SUS HABITANTES HAGO SABER:

QUE EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS AL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO EN LOS ARTÍCULOS 55 FRACCIÓN II Y XXV, Y 60 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE YUCATÁN, 14 FRACCIONES VIII Y IX DEL CÓDIGO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE YUCATÁN, CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL ESTADO DE YUCATÁN, Y

CONSIDERANDO

[...]

Por lo expuesto y fundado, se emite el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DEL ESTADO DE YUCATÁN

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 246
Capítulo Único Artículos 1 a 3

De las disposiciones generales

Artículo 1 Este Reglamento es de observancia general en el territorio del estado y tiene por objeto regular la aplicación de las disposiciones de la Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán.
Artículo 2 La aplicación de este Reglamento compete al Poder Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente; y a los Ayuntamientos, en el ámbito de sus respectivas competencias.
Artículo 3 Para efectos de este Reglamento, se considerarán las definiciones contenidas en la Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán y las siguientes:
  1. Agroindustria: rama de la industria que transforma los productos de la agricultura, ganadería, riqueza forestal y pesca, en productos elaborados;

  2. Banco de Materiales Pétreos: sitio, depósito de material o yacimiento geológico de cualquier tipo, que esté sujeto o sea susceptible de extracción y aprovechamiento autorizado por la Secretaría;

  3. Banco de Préstamo: sitio provisional del que se extraen materiales pétreos y sustancias no reservadas a la federación para aplicaciones tales como construcción; infraestructura como carreteras, caminos, puentes, entre otros, con ubicación cercana al desarrollo de las obras mencionadas;

  4. Bitácora Ambiental: registro electrónico para consulta sobre los ordenamientos ecológicos que se emitan en el Estado de Yucatán, así como de las modificaciones que se hicieran a los mismos;

  5. Capacidad de Carga: volumen que puede soportar un nivel o intensidad de uso en un territorio determinado. Posibilidad de un ecosistema de soportar a los organismos y, al mismo tiempo, mantener su productividad, adaptabilidad y capacidad de renovación;

  6. Capacidad de Carga Turística: el número máximo de visitantes que puede resistir un espacio al mismo tiempo, sin una alteración inaceptable del medio físico;

  7. Caverna: cauce natural subterráneo vacío, simple o con ramificaciones complejas, vertical u horizontal con uno o más niveles, ocupada o no por agua o río derivado de líneas de diaclasas o planos de estratificación agrandados mediante disolución selectiva por la circulación del agua a lo largo de ellos, y que pueden presentar acumulaciones de carbonato de calcio en techos interiores, paredes y pisos, como estalactitas, estalagmitas y columnas, así como cristales de calcio. A las cavernas recientes se les denomina cuevas y si son de períodos más antiguos reciben el nombre de grutas;

  8. Cenotes: depresiones topográficas que se desarrollan lentamente hacia abajo por disolución de las calizas debajo de una cubierta de suelo o por el desplome de rocas situadas por encima de un hueco o subterráneo y que puede mostrar los lados empinados, rocosos y con descenso abrupto, resultado del derrumbamiento del techo sobre una abertura subterránea de disolución, exponiendo superficialmente las aguas freáticas o de ríos subterráneos asociados a cavernas. Se les conoce técnicamente como dolinas, depresiones por desplomes, uvalas y poljes. Pueden ser abiertos, semiabiertos, o cerrados. En la zona costera se presentan como manantiales;

  9. Compensación: medidas mediante las cuales se pretende restituir los efectos ambientales irreversibles generados por una obra o actividad, por una acción o grupo de ellas en un lugar determinado, a través de la creación de un escenario similar al deteriorado, ya sea en el mismo lugar o en un área distinta;

  10. Concesión: acto administrativo en virtud del cual se otorga a una persona física o jurídica colectiva, mediante determinados requisitos y condiciones, el derecho para prestar un servicio público;

  11. Constancia Ambiental: documento emitido por la Secretaría que resuelve un proyecto de factibilidad o requiere al interesado un estudio de impacto ambiental para evaluarlo;

  12. Dictamen de Impacto Ambiental: opinión técnica que antecede a la resolución y forma parte de la Autorización de Impacto Ambiental;

  13. Emisión: la descarga directa o indirecta de energía, sustancias o materiales a la atmósfera, en cualquiera de sus estados físicos;

  14. Equipo de Verificación Vehicular: equipo que sirve para analizar los gases provenientes de los vehículos automotores;

  15. Estudio de Impacto Ambiental: documento técnico que debe presentar el titular del proyecto, y sobre el cual se produce la resolución de impacto ambiental;

  16. Explotación: acto por el cual se retira de su estado natural de reposo, cualquier material constituyente del volumen geológico que se aprovecha en estrato seco, así como el conjunto de actividades que se realicen con el propósito de extraer dichos materiales de su estado natural;

  17. Fianza: garantía que busca asegurar el cumplimiento de una obligación;

  18. Gases: sustancias emitidas a la atmósfera que se desprenden de la combustión, expulsadas principalmente por el escape de los vehículos o a través de chimeneas;

  19. Humos: partículas sólidas o líquidas que resultan de una combustión incompleta;

  20. Inmisión: presencia de contaminantes en la atmósfera al nivel de piso;

  21. Ley: Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán;

  22. Medidas de Compensación: acciones mediante las cuales se busca producir o generar un efecto positivo, alternativo y equivalente a uno de carácter adverso;

  23. Medidas de Mitigación: procedimientos y actividades tendientes a minimizar los efectos negativos de los daños causados sobre el medio ambiente por actividades antropogénicas, fuentes de contaminación o fenómenos naturales;

  24. Medidas de Prevención: conjunto de acciones anticipadas que deben realizarse para evitar el deterioro del medio ambiente;

  25. Medidas de Seguridad: conjunto de medidas, normas, reglas y estándares encaminados a garantizar el nivel de seguridad en obras y actividades;

  26. Partículas: parte pequeña de materia sólida o líquida;

  27. Plan de regularización: instrumento normativo para la regularización de los sitios de disposición final, cuyas acciones tienen por objeto su rehabilitación o su clausura;

  28. Plataforma y Puerto de Muestreo: infraestructura para realizar el muestreo de gases en ductos o chimeneas;

  29. Poder Ejecutivo: el Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán;

  30. Promovente: persona física o moral que solicita un trámite o inicia un procedimiento en la Secretaría, también se le refiere como interesado;

  31. Reforestación: Establecimiento inducido de vegetación para la conformación de áreas verdes o para la recuperación de áreas afectadas;

  32. Reglamento: Reglamento de la Ley de Protección al Medio Ambiente del Estado de Yucatán;

  33. Regularización de Sitios de Disposición Final: acciones dirigidas a que el funcionamiento de un sitio de disposición final cumpla con lo establecido en la NOM-083-SEMARNAT-2003;

  34. Resolución en Materia de Impacto Ambiental: determinación que emite la Secretaría, mediante la cual después de evaluar cualquier procedimiento de Impacto Ambiental, otorga, niega o condiciona la ejecución de una obra o la realización de la actividad de que se trate en los términos solicitados;

  35. Riesgo Ambiental: daño potencial a la población, sus bienes y al ambiente, derivado de actividades humanas o fenómenos naturales, en caso de presentarse un accidente o un evento extraordinario;

  36. Ruido: todo sonido indeseable percibido por el sistema auditivo humano y que rebase los niveles máximos de decibeles recomendados en la NOM AA-062- 1979;

  37. Secretaría: Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán;

  38. Sistema Estatal de Areas Naturales Protegidas: conjunto de áreas naturales protegidas de cualquier índole y cuyo objeto sea la protección y conservación de la biodiversidad y que cuenten con registro estatal;

  39. Tarifa: tabla o catálogo de precios, derechos o impuestos;

  40. UTM: proyección transversal universal de Mercator, sistema utilizado para convertir coordenadas geográficas esféricas en coordenadas cartesianas planas;

  41. Verificación Vehicular: medición de las emisiones de gases contaminantes a la atmósfera, provenientes de vehículos automotores;

  42. Zona de Amortiguamiento: superficie que protege del impacto exterior a la Zona Núcleo de un Área Natural Protegida...

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