Reglamento de la Ley de Planeacion para el Estado de Guanajuato
REGLAMENTO DE LA LEY DE PLANEACIÓN PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 29 DE ENERO DE 2016.
Reglamento publicado en la Quinta Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el viernes 17 de agosto de 2012.
HÉCTOR GERMÁN RENÉ LÓPEZ SANTILLANA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos, 26, Apartado <> de la Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, de la Constitución política para el Estado de Guanajuato; 77, fracciones II, III y XXV y 79 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; y en observancia de lo dispuesto por los artículos 2o., 9o. y 12 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, y tercero transitorio de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato.
C O N S I D E R A N D O.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales previamente señaladas, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 221
Reglamento de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato
Objeto y Competencia
Objeto
Glosario
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COPLADEG: El Consejo de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guanajuato;
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COPLADEM: Los Consejos de Planeación de Desarrollo Municipales;
(REFORMADA, P.O. 29 DE ENERO DE 2016)
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IPLANEG: El Instituto de Planeación, Estadística y Geografía del Estado de Guanajuato;
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Ley: La Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato;
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Presidente: El Presidente del Consejo de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guanajuato;
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Programa Estatal: El Programa Estatal de Información Estadística y Geográfica para Guanajuato;
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Programa de Gobierno: El Programa de Gobierno del Estado;
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POA: El Programa Operativo Anual;
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Secretario Técnico: El Secretario Técnico del Consejo de Planeación para el Desarrollo del Estado de Guanajuato; y
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SEPLAN: El Sistema Estatal de Planeación.
Autoridades en materia de planeación
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En el ámbito estatal:
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El titular del Poder Ejecutivo; y
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El IPLANEG; y
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En el ámbito municipal:
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Los ayuntamientos;
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Los organismos municipales de planeación; y
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Serán organismos auxiliares:
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Las comisiones de Conurbación;
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Las comisiones metropolitanas; y
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Las dependencias y entidades de los gobiernos Estatal y municipales en el ámbito de sus atribuciones.
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Sistema de Planeación
Ámbitos, Estructura y Proceso
Ámbitos de planeación del SEPLAN
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Federal;
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Mesoregional;
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Estatal;
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Regional;
-
Metropolitano; y
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Municipal.
Estructuras del SEPLAN
Estructuras de Participación y Coordinación
Estructuras de Participación
Criterios de las estructuras de participación
Consejo de Planeación para el Desarrollo del estado de Guanajuato
Integración del COPLADEG
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El titular del Poder Ejecutivo, quien lo presidirá;
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El titular del IPLANEG, quien fungirá como Secretario Técnico;
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Los titulares de las dependencias de la Administración Pública Estatal que determine el titular del Poder Ejecutivo;
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Un presidente municipal por cada región, área conurbada o zona metropolitana del Estado, que determine el Presidente del COPLADEG;
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Un representante social proveniente de cada uno de los consejos de Planeación de Desarrollo Municipales de todas las regiones, áreas conurbadas y zonas metropolitanas;
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Un representante social proveniente de cada uno de los consejos sectoriales en el Estado;
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Un representante social proveniente de cada uno de los consejos regionales en el Estado; y
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Un representante social proveniente de cada uno de los consejos especiales en el Estado.
Cada integrante propietario tendrá un suplente, que asistirá en su ausencia con los mismos derechos y obligaciones que el propietario.
Los representantes sociales serán electos en los términos que establezca la organización que representan.
Los representantes durarán el tiempo que dure su encargo.
Invitados
Estatuto Interno
Atribuciones del COPLADEG
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Aprobar su programa de trabajo anual, en la primera sesión ordinaria del año;
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Involucrar a la sociedad organizada en el proceso de consulta para la elaboración del diagnóstico, la planeación, el seguimiento y la evaluación de los planes y programas derivados del SEPLAN;
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Identificar las necesidades sociales a partir de los resultados del diagnóstico, así como de la etapa de evaluación y seguimiento de los instrumentos de planeación;
-
Proponer actualizaciones al Plan Estatal de Desarrollo y Programa de Gobierno; y
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Proponer la conformación de consejos especiales.
Facultades del Presidente
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Presidir las sesiones del COPLADEG;
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Invitar a los representantes de las dependencias federales vinculadas a la planeación;
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Convocar, por conducto del secretario técnico, a las sesiones del COPLADEG;
-
Aprobar la orden del día, propuesta por el Secretario Técnico;
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Aprobar los consejos regionales, sectoriales y especiales; y
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Designar al Secretario Técnico de los consejos especiales.
Facultades del Secretario Técnico
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Convocar por instrucciones del Presidente a las sesiones del COPLADEG, así como formular la propuesta de orden del día y levantar las actas de las sesiones correspondientes;
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Verificar el quórum en las sesiones del COPLADEG;
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Coordinar los trabajos de consulta del COPLADEG relativos a la integración, actualización, seguimiento y evaluación del Plan Estatal de Desarrollo y de los programas que de él deriven;
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Recibir y solicitar a los consejos de planeación de desarrollo municipales, a los consejos regionales, a los consejos sectoriales y a los consejos especiales, sus programas de trabajo y un informe anual de actividades, para su presentación al COPLADEG;
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Proponer la metodología y el proceso para la actualización del Plan Estatal de Desarrollo; y
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Las demás que le establezca el COPLADEG o su Presidente.
Facultades de los integrantes del COPLADEG
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Informar a los órganos a los que representan los acuerdos tomados en las sesiones celebradas;
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Proponer la realización de consultas sociales para fortalecer los trabajos de planeación del COPLADEG;
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Desempeñar sus funciones de manera propositiva;
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Proponer al COPLADEG la integración de comisiones de trabajo para el análisis de temas específicos y participar activamente en ellos;
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Participar, con voz y voto, en las sesiones del COPLADEG; y
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Las demás que les confiera mediante acuerdo el COPLADEG, el Presidente o las disposiciones legales aplicables.
Regiones y subregiones del COPLADEG
(REFORMADA, P.O. 29 DE ENERO DE 2016)
Región I NoresteRegión II Norte
AtarjeaDolores Hidalgo Cuna de la
Independencia Nacional
Doctor MoraGuanajuato
San José IturbideOcampo
San Luis de la PazSan Diego de la Unión
Santa CatarinaSan Felipe
Tierra BlancaSan Miguel de Allende
Victoria
Xichú
Región III CentroRegión V (sic) Sur
Apaseo el AltoAbasolo
Apaseo el GrandeAcámbaro
CelayaCoroneo
ComonfortCuerámaro
CortazarHuanímaro
IrapuatoJerécuaro
Jaral del ProgresoManuel Doblado
LeónMoroleón
Purísima del RincónPénjamo
RomitaPueblo Nuevo
SalamancaSa...
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