Reglamento de la Ley de Fiscalizacion y Rendicion de Cuentas del Estado de Morelos

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REGLAMENTO DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE MORELOS

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en Periódico Oficial del Estado de Morelos, el miércoles 28 de febrero de 2018.

Al margen izquierdo un logotipo que dice: ESAF Morelos.- Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.- Al margen derecho un Escudo del estado de Morelos que dice: "Tierra y Libertad".- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIII Legislatura. 2015-2018.

Con base en lo previsto por la vigésima cuarta disposición transitoria del Decreto Número Dos Mil Ciento Noventa y Tres, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", número 5514, de fecha 19 de julio de 2017, que dispone que la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado, deberá actualizar, y en su caso, publicar la normatividad que conforme a sus atribuciones debe expedir, en un plazo no mayor de ciento ochenta días hábiles, contados a partir de que la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Morelos cobre vigencia, y en estricto cumplimiento a lo establecido por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas, se expide el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DEL ESTADO DE MORELOS

TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 66
CAPÍTULO ÚNICO Artículos 1 y 2
Artículo 1 Este Reglamento es de orden público y de observancia obligatoria, y tiene por objeto regular la estructura y funcionamiento de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos, así como de establecer las disposiciones complementarias para la aplicación de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Morelos.
Artículo 2 Para efectos de este Reglamento, además de la terminología establecida en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Morelos, se entenderá por:
  1. Acta: documento en el cual se hacen constar hechos, con la participación de las personas que en ellos intervienen de forma directa, así como aquellos a quienes les constan (compareciente y testigos), describiendo las circunstancias de tiempo, lugar, hora, fecha, donde se realizan los hechos y firmada por los que en ella intervienen;

  2. Auditor General: el Auditor General de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;

  3. Entidad Superior: la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos;

  4. Comisión: la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso del Estado;

  5. Comité de Solventación: Órgano Colegiado y auxiliar de la Entidad Superior, encargado de realizar el análisis final de las observaciones derivadas del proceso de fiscalización de la cuenta pública con el objeto de integrar los dictámenes y el informe de resultados, cuya integración y atribuciones están contempladas en el presente Reglamento;

  6. Congreso: el Congreso del Estado de Morelos;

  7. Constitución Política: la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos;

  8. Cuenta Pública: la que los poderes públicos, los gobiernos municipales, los organismos y entes públicos municipales, estatales, paraestatales, paramunicipales y autónomos rinden al Congreso sobre su gestión financiera, a efecto de comprobar que la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los ingresos y egresos, en un ejercicio fiscal comprendido del 1º de enero al 31 de diciembre de cada año, se ejercieron en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, conforme a los criterios y con base a los programas aprobados;

  9. Entes Públicos Autónomos: la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, el Instituto Estatal Electoral, la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el Instituto Morelense de Información Pública y Estadística, así como todos los organismos públicos constitucionalmente autónomos para el desempeño de sus funciones sustantivas, las demás personas de derecho público de carácter estatal y municipal autónomas por disposición legal así como los órganos jurisdiccionales que determinen las leyes;

  10. Entes Públicos Estatales: las dependencias y entidades de la administración pública central y paraestatal;

  11. Entes Públicos Municipales: las dependencias y los organismos municipales y paramunicipales;

  12. Entidades fiscalizadas: los órganos estatales, autónomos, municipios y las personas físicas o morales del sector privado que por cualquier naturaleza o concepto reciban, administren y/o ejerzan recursos públicos;

  13. Evaluación: los actos realizados por la Entidad Superior, relativos a las actividades de fiscalización en proceso sobre la cuenta pública por períodos semestrales o anuales del ejercicio fiscal de que se trate;

  14. Fincamiento de Responsabilidades: son las acciones por medio de las cuales, se ponen en conocimiento de las autoridades competentes los actos u omisiones en que incurrieron los servidores públicos, sancionados por la ley y las sanciones que imponga la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización;

  15. Fiscalización: proceso de control, evaluación, revisión y auditoría de la gestión financiera de las entidades fiscalizadas desde su inicio hasta su conclusión;

  16. Fiscalización Superior: facultad a cargo del Congreso, ejercida por la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización para la revisión de la cuenta pública;

  17. Gestión financiera: la actividad de las entidades fiscalizadas respecto de la recepción, administración, custodia, manejo y aplicación de los ingresos, egresos, fondos y en general, de los recursos públicos que éstos utilicen;

  18. Gobierno del Estado: los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial;

  19. Informe de Avances de Gestión Financiera: el informe semestral o anual, que como parte integrante de la cuenta pública, rinden los poderes públicos, los gobiernos municipales, los organismos y entes públicos municipales, estatales, paraestatales, paramunicipales y autónomos sobre los avances físicos y financieros de los programas estatal y municipales aprobados, a fin de que la Entidad Superior fiscalice en forma posterior a la conclusión de los procesos correspondientes, los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de sus fondos y recursos, así como el grado de cumplimiento de los objetivos contenidos en dichos Programas;

  20. Informe de resultados: documento que presenta el Auditor General a la Mesa Directiva del Congreso y que contiene los resultados de fiscalización;

  21. Informe final de observaciones: es el documento que la Entidad Superior da a conocer al Ente Fiscalizado, el cual contiene las acciones y previsiones, incluyendo solicitudes de aclaración, pliegos de observaciones y recomendaciones, derivadas de la revisión a la cuenta pública;

  22. Informes especiales: aquellos que en cualquier momento solicite el Congreso, a través de la Comisión a la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización;

  23. Legislatura: el Congreso del Estado;

  24. Ley: Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Morelos;

  25. Municipios: los municipios que integran el Estado de Morelos, cuyo gobierno está a cargo de los Ayuntamientos;

  26. Oficio de Comisión: documento por medio del cual la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización, comisiona o habilita expresamente al personal para realizar auditorías, visitas e inspecciones a las entidades sujetas a fiscalización;

  27. Órganos estatales: las dependencias y entidades descentralizadas de los poderes del Estado que integran la Administración Pública Estatal;

  28. Órganos Municipales: las dependencias y entidades descentralizadas que integran la Administración Pública Municipal;

  29. Órganos Autónomos: la Universidad Autónoma del Estado de Morelos, el Instituto Estatal Electoral, la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el Instituto Morelense de Información Pública y Estadística y los así determinados por las leyes correspondientes;

  30. Pliego de observaciones: documento que contiene el resultado de la revisión y fiscalización de la auditoría practicada a las entidades fiscalizadas en donde se les da a conocer las irregularidades administrativas o presunto daño patrimonial para que sea solventado conforme lo establecido en la Ley;

  31. Proceso concluido: aquel que las entidades fiscalizadas reportan como tal en el informe de avance de gestión financiera;

  32. Programas: los contenidos en los Programas Operativos Anuales y que incluyen los presupuestos aprobados a los que se sujeta la gestión o actividad de las entidades fiscalizadas;

  33. Reglamento: el Reglamento de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Morelos;

  34. Responsabilidades: las que señala la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos y demás disposiciones aplicables;

  35. Resultado final: resolución que pone fin al proceso de fiscalización de la cuenta pública, tanto para...

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