Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión, en Materia de Concesiones, Permisos y Contenido de las Transmisiones de Radio y Televisión

Páginas308-320
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en
ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitu-
ción Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos
1o., 2o., 3o., 4o., 5o., 6o., 7o., 9o., fracciones I y II, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19,
20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 37, 58, 59, 59 Bis, 60, 61, 62, 63, 64, fracción I, 65,
67, 68, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 77, 78, 80, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 92, 96, 97,
101, fracciones I, II, IV, V, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, XXII y
XXIV, 103, 104, 105, 106 y demás relativas de la Ley Federal de Radio y Televisión, y
CONSIDERANDO
Que el Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión, vigente desde 1973,
ya no responde a la actual realidad política y social de nuestro país, donde el pa-
pel de los medios de comunicación es esencial para consolidar una democracia
moderna;
Que en un marco de gobernabilidad democrática y Estado de Derecho, la ade-
cuación del Reglamento debe responder a los principios de libertad de expresión,
certeza jurídica y de responsabilidad social, para lograr un sano desarrollo de la
industria de radio y televisión de nuestro país, tan importante para todos los mexi-
canos;
Que en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 se establece la necesidad
de fortalecer la función social que les corresponde desempeñar a la radio y la te-
levisión en su calidad de medios concesionados y permisionados, así como el
compromiso de promover una eficiente administración y utilización de los tiempos
del Estado, respecto a lo cual, no debe omitirse que en forma complementaria se
buscará ajustar los tiempos del Ejecutivo Federal;
Que para establecer los lineamientos y criterios de clasificación de los con-
tenidos de películas, telenovelas, series filmadas y teleteatros debe incorporarse
la participación ciudadana en el Consejo Nacional de Radio y Televisión, a fin de
garantizar el afianzamiento de la unidad nacional, el enriquecimiento de nuestra
cultura y también de la educación de la población, así como la mejora en la calidad
de los contenidos;
Que la función social de estas actividades debe llevarse a cabo con transparen-
cia y objetividad, teniendo la finalidad primordial de proteger el sano desarrollo de
la niñez y juventud mexicanas;
Que la tarea informativa debe constituir una actividad específica de la radio y
la televisión tendiente a orientar a la comunidad, en forma veraz y oportuna, dentro
del respeto a la vida privada y a la moral, sin afectar los derechos de terceros, ni
perturbar el orden y la paz pública;
1
REGLAMENTO CONCESIONES Y PERMISOS/CONSIDERANDO CONSID.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR