Reglamento de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones

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RGTO. LEY CAMARAS EMPRESARIALES/DISPOSICIONES GENERALES 1-3
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexica-
nos. Presidencia de la República.
FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los Estados Uni-
dos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en
los artículos 13 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 4, 5,
7, 8, 12, 13, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 23, 24, 26, 29, 33, 34, 35 y 36 de la Ley de Cá-
maras Empresariales y sus Confederaciones, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO DE LA LEY DE CAMARAS EMPRESA-
RIALES Y SUS CONFEDERACIONES V
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. El presente ordenamiento tiene por objeto regular la constitución
y funcionamiento de las Cámaras de Comercio, Servicios y Turismo y de Industrias
y de las Confederaciones que las agrupan, así como la operación del Sistema de
Información Empresarial Mexicano.
La aplicación e interpretación para efectos administrativos, corresponde a la
Secretaría de Economía.
ARTICULO 2. Además de las definiciones previstas en el artículo 2 de la Ley
de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, para los efectos de este Regla-
mento se entenderá por:
I. DOF: Diario Oficial de la Federación;
II. Establecimiento: unidad económica asentada en un lugar de manera per-
manente y que combina acciones y recursos bajo el control de una sola entidad
propietaria o controladora, para realizar actividades de producción de bienes, com-
pra-venta de mercancías o prestación de servicios, sujetos a un régimen fiscal;
III. Ley: Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones;
IV. Operadores: las cámaras autorizadas para operar el SIEM; y
V. Reglas de Operación: Las disposiciones emitidas por la Secretaría para la
operación del SIEM.
ARTICULO 3. En lo no previsto por la Ley y este Reglamento, tratándose de
trámites y solicitudes que se presenten ante la Secretaría, será aplicable supletoria-
mente la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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