Reglamento de Laboratorios de Cómputo de la Universidad Politécnica de Tecámac.

Viernes 30 de julio de 2021 Sección Primera Tomo: CCXII No. 18
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: UPT Universidad Politécnica de Tecámac.
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TECÁMAC, EN EJERCICIO DE LA
ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 14, FRACCIÓN VII DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL
ESTADO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL
DENOMINADO UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TECÁMAC; Y:
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, establece que para que la gobernabilidad sea efectiva,
debe ser democrática y apegada a derecho. Lo anterior requiere que las instituciones estatales tengan las
capacidades y los recursos necesarios para desempeñar cabalmente sus funciones y tener capacidad de responder
de manera legítima y eficaz a las demandas que plantea la sociedad.
Que en la actualidad se reconoce la imperiosa necesidad de implementar un conjunto de estrategias y acciones
orientadas a fortalecer la capacidad institucional y la reingeniería de la estructura, mismas que deben ser acordes a la
realidad nacional y al desarrollo e implementación de las mejores prácticas para la innovación, modernización
simplificación y calidad de la Administración Pública Estatal.
Que para cumplir los objetivos y líneas de acción propuestas, se deberán mejorar las capacidades de la
administración garantizando la gobernabilidad, la legalidad, la eficiencia gubernamental y la rendición de cuentas, así
como la igualdad y la equidad de género.
Que las normas contenidas en este reglamento conforman un conjunto de acuerdos y disposiciones que deben ser
cumplidos y respetados por todos las y los usuarios de los Laboratorios de Cómputo y buscan estimular la
participación responsable de las y los estudiantes en su proceso de formación, asimismo, están orientadas al logro de
un ambiente de convivencia, cooperación, compañerismo y armonía entre las y los usuarios de los laboratorios,
procurando mejorar la eficiencia y la calidad en la prestación de los servicios y funcionamiento.
En mérito de lo anterior se expide el:
REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE CÓMPUTO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE TECÁMAC
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento es de observancia e interés general y tiene por objeto normar la prestación de los
servicios y el funcionamiento de los Laboratorios de Cómputo de la Universidad Politécnica de Tecámac, así como
facilitar y optimizar el uso de los recursos informáticos, de acuerdo a las necesidades de la comunidad universitaria.
La aplicación, vigilancia y cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento corresponden a la o el Titular
de Rectoría, así como las Direcciones de División y el Encargado del Área de Sistemas.
Artículo 2. Los Laboratorios de Cómputo tendrán los siguientes objetivos:
I. Apoyar las funciones de docencia, complementándose con los de actualización, capacitación y mantenimiento en
las actividades de cómputo que la Institución proponga.
II. Proporcionar los espacios y los recursos de hardware y software para la formación de las y los estudiantes de la
Universidad en el uso de las herramientas de cómputo, informática y telecomunicaciones que apoyen el quehacer
académico.
III. Coadyuvar en el apoyo de asesoría y soporte técnico en materia de informática y telecomunicaciones que requiere
la comunidad universitaria.
Artículo 3. Para el presente reglamento se entenderá por:
I. Encargado del Área de Sistemas: Persona que se encuentra a cargo y autoriza el préstamo de Laboratorios de
Cómputo.
II. Laboratorio: Espacio habilitado por la Universidad para realizar prácticas y actividades académicas. Los
laboratorios son los siguientes:

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