Reglamento Interno de la Direccion del Archivo y Boletin Judicial
REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION DEL ARCHIVO Y BOLETIN JUDICIAL
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, el sábado 5 de agosto de 2000.
INDICE
Una de las múltiples e importantes acciones que la nueva dinámica para la impartición de Justicia a (sic) requerido, es la actualización y adecuación de las áreas administrativas que juntas integran el apoyo necesario que las funciones jurisdiccionales exigen.
En este contexto el Fondo para la Administración de Justicia ha sido elevado a nivel de Dirección, este hecho, el cumplimiento con el artículo 92 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial y fundamentalmente el compromiso de mejorar y eficientar los servicios que este Poder brinda a la sociedad han sido los motivos generadores de este Reglamento, que para su aplicación hoy se somete a la consideración del Pleno de Magistrados del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca.
DIRECCION DEL FONDO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE OAXACA
H. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO N° 6:- El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, en cumplimiento con las facultades que le confiere el artículo 13 fracción XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 3 de su Reglamento, ha tenido a bien elaborar y aprobar el siguiente:
"REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCIÓN DEL ARCHIVO Y BOLETÍN JUDICIAL"
OBJETO Y NATURALEZA
DE LA DIRECCIÓN
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Capturar, almacenar, proporcionar y distribuir sistemáticamente los datos de registro general de los asuntos que se ventilen en las Salas, Tribunales Unitarios y Juzgados;
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Organizar, custodiar, conservar y preservar los expedientes, tocas y demás documentos que formen parte de los juicios, así como los que se generen en los demás órganos del Poder Judicial del Estado;
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Llevar el control riguroso de las Oficialías de Partes comunes del Poder Judicial; y
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Editar el Boletín Judicial.
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Planear, coordinar, organizar y dirigir las acciones encaminadas a la operación de la Unidad de Control de Procesos;
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Coordinar la aplicación de los lineamientos, normas y estrategias de los programas que desarrolla el Departamento de Archivo General, así como instrumentar las directrices señaladas por las autoridades competentes en materia archivística de conformidad en la legislación nacional y local;
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Analizar, diseñar y desarrollar las actividades que se realizan en el Departamento de Oficialía de Partes;
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Recopilar la documentación necesaria para la edición del Boletín Judicial, supervisando los trabajos para verificar el cumplimiento de la legislación vigente; y
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Los demás que le confieren las disposiciones aplicables, así como las que le encomienden el Pleno del Honorable Tribunal Superior de Justicia o su Presidente.
DE LA UNIDAD DE CONTROL DE PROCESOS
En la Unidad de Control de Procesos se compilará e integrará la información técnico-jurídica necesaria para generar los datos estadísticos judiciales y conocer el estado que guardan los procesos que se ventilan en las Salas, Tribunales Unitarios y Juzgados del Estado, por lo que estos órganos deberán remitir la información requerida a través de los mecanismos que para tal efecto se indiquen en el manual de procedimientos de la Dirección.
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Elaborar el Programa General de Acción y el despliegue de esfuerzos y recursos, necesarios para el buen funcionamiento del departamento;
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Planear y organizar las actividades para el control y estadísticas de la información generada por las Salas, Tribunales Unitarios y Juzgados;
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Diseñar los programas informáticos adecuados para un manejo ágil y oportuno de la información procesada;
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Mantener un sistema de información veraz y oportuna del estado que guardan los Procedimientos Judiciales, en las distintas materias penal, civil y familiar de las Salas, Tribunales Unitarios y Juzgados;
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Establecer un vínculo permanente con la Secretaría General de Acuerdos del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, a efecto de que a través de ésta los órganos jurisdiccionales envíen oportunamente la información requerida;
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Registrar estadísticamente los tocas iniciados y resueltos;
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Establecer y operar el sistema de control de procesos en Primera Instancia por materia, por Juzgados, por Regiones y en el Estado, para atender datos estadísticos respecto a:
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En materia penal
Averiguaciones previas recibidas
Averiguaciones previas radicadas
Expedientes iniciados
Ordenes de aprehensión libradas
Ordenes de aprehensión negadas
Autos de formal prisión
Autos de libertad
Autos de sujeción a proceso
Sentencias dictadas
Expedientes concluidos
Promociones recibidas para acuerdo
Acuerdos dictados
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En materia civil y familiar
Promociones recibidas para inicio
Promociones de trámite acordadas
Cuadernos de pruebas formados
Expedientes iniciados
Sentencias dictadas en incidentes
Sentencias en el principal
Expedientes concluidos
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Rendir su informe de actividades cuando le sea requerido; y
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Las demás que le encomiende el Director.
DEL DEPARTAMENTO DE ARCHIVO GENERAL
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