Reglamento Interno del Comite de Validacion de Proyectos Asistenciales del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Campeche

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE VALIDACIÓN DE PROYECTOS ASISTENCIALES DEL ESTADO DE CAMPECHE

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Sección Administrativa del Periódico Oficial del Estado de Campeche, el jueves 4 de julio de 2013.

SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL ESTADO DE CAMPECHE

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE VALIDACIÓN DE PROYECTOS ASISTENCIALES

TÍTULO ÚNICO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 15
Artículo 1 Las disposiciones contempladas en el presente documento son de orden interno y de aplicación obligatoria para las figuras involucradas

Tienen por objeto establecer las normas que regulen la actuación, operación y funcionamiento del Comité de Validación de Proyectos Asistenciales del Sistema DIF Estatal; con el fin de guardar equilibrio y equidad, así como fortalecer la capacidad operativa del Sistema en la validación de los proyectos necesarios para el desarrollo integral de las familias campechanas que permita contribuir en la disminución del índice de vulnerabilidad en el Estado.

Artículo 2 Se entiende por:

Sistema: Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Campeche.

Junta: Junta de Gobierno del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Campeche.

Comité: Comité de Validación de Proyectos Asistenciales del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Campeche.

Financiamiento: Recursos monetarios aportados por las diferentes Secretarías e Instituciones de los niveles Federal, Estatal, Municipal y Organizaciones de la Sociedad Civil

Proyectos: Proyectos en materia de Asistencia Social.

Integrantes: Las personas que conforman el Comité de Validación de Proyectos Asistenciales del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Campeche.

Artículo 3 El objetivo del presente Comité es fortalecer y dar transparencia a las acciones que realice el Sistema en la aplicación y toma de decisiones, asegurando que los Proyectos se apeguen a los lineamientos establecidos por los órganos de financiamiento correspondientes; así como de los procesos en la elaboración, recepción, validación y seguimiento de los mismos.
Artículo 4 Definidos los proyectos por el Comité, el Presidente del mismo los presentará a la Junta de Gobierno, para su conocimiento.
Artículo 5

El Comité estará integrado por un Presidente, un Secretario Técnico y los vocales, siendo estos: el Director General, quien lo Presidirá: el Director de Planeación Estratégica quien fungirá como el Secretario Técnico; el Director de Finanzas, como Vocal de Finanzas; el Director de Administración, como Vocal Administrativo y el Director Jurídico, como Vocal de esta misma materia, así como los titulares de todas los áreas del Sistema, serán integrantes de este Comité teniendo voz y voto; así mismo estará presente como invitado permanente el Contralor Interno, con voz y sin voto, con el fin de vigilar y verificar los acuerdos.

Artículo 6 El Comité tendrá las siguientes Facultades y Obligaciones:
  1. Conocer la asignación presupuestal para Proyectos, y con ello analizar y determinar los montos Financieros para cada uno de ellos.

  2. Emitir criterios claros para la elaboración, recepción, validación, seguimiento y evaluación de los...

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