Reglamento Interno del Comite Tecnico de Reestructuracion Salarial
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE TECNICO DE REESTRUCTURACION SALARIAL
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Tercera Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el martes 12 de marzo de 2002.
El Comité Técnico de Reestructuración Salarial, en sesión ordinaria de fecha 14 de febrero del año 2002, a fin de normar su organización y funcionamiento, aprobó por unanimidad de votos, el siguiente:
A C U E R D O
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ TÉCNICO DE REESTRUCTURACIÓN SALARIAL
DE LA FUNDAMENTACIÓN Y CONSTITUCIÓN
También forma parte del Comité un Secretario Ejecutivo.
DEL OBJETO
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Importancia relativa del puesto;
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Poder adquisitivo del salario;
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Competitividad del salario;
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Evaluación del desempeño del trabajador; y
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Política salarial adoptada por el Estado.
DE LA ORGANIZACIÓN
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El Pleno;
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El Presidente; y
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El Secretario Ejecutivo.
Si durante el encargo dejara de servir al Poder que representa, el Secretario Ejecutivo convocará a una sesión del Pleno para elegir un Presidente que concluya el periodo.
DEL FUNCIONAMIENTO INTERNO
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Elaborar el Programa Anual de Trabajo;
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Aprobar o modificar las propuestas relativas al diseño, modificación o actualización del tabulador salarial del Gobierno del Estado, que permita la homologación gradual de los salarios de los tres poderes del Estado;
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Elaborar y reformar el Reglamento Interno y disposiciones de carácter general, que normen sus funciones y actividades;
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Proponer los trabajos y acciones que sobre administración de remuneraciones se requieran;
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Elegir de entre sus miembros al Presidente del Comité y nombrar un suplente en caso de que el Titular no asista a alguna de las sesiones; y
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Designar al Secretario Ejecutivo.
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