Reglamento Interno de la Comision Estatal de Promocion y Recuperacion de Creditos del Estado de Baja California Sur
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISION ESTATAL DE PROMOCION Y RECUPERACION DE CREDITOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Boletín Oficial del Estado de Baja California Sur, el jueves 20 de diciembre de 2001.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA COMISIÓN ESTATAL DE PROMOCIÓN Y RECUPERACIÓN DE CRÉDITOS, DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN CUMPLIMIENTO CON LO ESTABLECIDO EN LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 11 DEL DECRETO 795, EXPEDIDO POR EL CONGRESO DEL ESTADO, EXPIDE EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN ESTATAL DE PROMOCIÓN Y RECUPERACIÓN DE CREDITOS DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR
DE LOS ÓRGANOS DE LA COMISIÓN
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Consejo de Administración; y
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Director General.
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA COMISIÓN
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Subdirección;
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Departamento Técnico;
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Departamento de Promoción;
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Departamento de Recuperación; y
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Departamento de Contabilidad y cobranza.
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Coordinar los trabajos previos a la realización de las reuniones del Consejo de Administración;
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Convocar y notificar por escrito a los integrantes del Consejo de Administración la fecha y hora de cada reunión, así como de las suspensiones de las mismas;
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Elaborar el Orden de Día y pasar lista de asistencia en las reuniones del Consejo de Administración;
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Dar seguimiento a los acuerdos que emanen de las reuniones del Consejo de Administración;
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Asistir en nombre de la Comisión a las reuniones que disponga el Director General;
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Firmar mancomunadamente los cheques con cargo a la cuenta del gasto corriente autorizado por el Director General, de igual forma, la cuenta por concepto de recuperaciones ocurridas durante el mes;
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Efectuar conciliaciones con beneficiarios que soliciten tratamiento a su crédito de obra de pavimentación;
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Llevar el control administrativo de la plantilla de personal;
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Tomar la responsabilidad del buen funcionamiento de la oficina, en ausencia temporal o definitiva del Director General, en este último caso hasta que se realice la nueva designación; y
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Las demás que le confiera el Director General de acuerdo a sus atribuciones.
DE LOS DEPARTAMENTOS.
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Participar en la elaboración del programa de trabajo que autoriza el Consejo de Administración;
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Obtener la información catastral de las calles, donde se vayan a realizar los programas de trabajo autorizados, misma que deberá contener:
- Nombres de los propietarios de los lotes colindantes con la obra;
- Número de metros de frente de los lotes colindantes con la obra;
- Dirección señalada por los beneficiarios, para recibir notificaciones;
- Datos del levantamiento topográfico correspondiente, conforme a los estudios de...
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