Reglamento Interior de la Universidad Tecnologica de Leon
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REGLAMENTO INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LEÓN
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 2 DE JULIO DE 2018.
Reglamento publicado en la Segunda Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el sábado 30 de junio de 2001.
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACION.- PODER EJECUTIVO.- GUANAJUATO.
Juan Carlos Romero Hicks, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 77 fracciones II y III y 79 de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; y en observancia de lo dispuesto por los artículos 2o, 3o, 9o y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado, y
CONSIDERANDO.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y consideraciones previamente señaladas, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 61
REGLAMENTO INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LEÓN
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Universidad: La Universidad Tecnológica de León;
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Convenio: El Convenio de Coordinación para la creación, operación y apoyo financiero de la Universidad Tecnológica de León, celebrado entre el Gobierno Estatal y Federal;
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Decreto: El Decreto Gubernativo de Reestructuración de la Universidad;
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Consejo: El Consejo Directivo de la Universidad; y
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Rector: El Rector de la Universidad.
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Cumplir con los fines de la Universidad;
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Preservar el patrimonio material y cultural de la Universidad; y
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Proteger los intereses de la Universidad, adoptando las medidas necesarias para evitar la realización de actos que menoscaben su prestigio moral y académico.
DEL GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD
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Rector;
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Secretarios;
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Direcciones;
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Subdirecciones; y
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Jefaturas de Departamento.
DEL RECTOR
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Expedir, junto con el Secretario Académico, los títulos, diplomas y reconocimientos, que deba otorgar la Universidad, conforme a los planes de estudios autorizados;
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Dar a conocer oficialmente los reglamentos, acuerdos y demás documentos de observancia general que expida el Consejo; y
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Las demás que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias, así como aquéllas que le confiera el Consejo.
DE LOS SECRETARIOS
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Colaborar con el Rector en todos los asuntos que éste le encomiende y los que sean de su competencia;
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Firmar conjuntamente con el Rector, en su caso, los grados, certificados, constancias y demás documentos oficiales; y
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Las demás que les señale el presente Reglamento y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquéllas que les confiera el Rector.
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Secretario Académico; y
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Secretario de Vinculación y Extensión.
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Proponer las políticas, lineamientos y acciones que permitan el cumplimiento de las labores de la Universidad, en el ámbito de su competencia;
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Planear los servicios escolares que se proporcionan a la comunidad estudiantil;
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Coordinar, en forma general, todas las actividades académicas;
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Proponer políticas de superación académica y establecer programas de formación y actualización docente;
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Planear y coordinar la creación, actualización y cumplimiento de los planes y programas de estudio; y
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Las demás que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquéllas que le confiera el Rector.
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Analizar las tendencias del mercado ocupacional y los cambios económicos, sociales, científicos y tecnológicos, estatales, nacionales e internacionales para la vinculación con el sector productivo;
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Promover la participación del sector productivo en los ámbitos académicos, administrativos, financieros y profesionales de la Universidad, de acuerdo con la normatividad vigente;
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Promover la realización de convenios en virtud de los cuales la Universidad apoyará al sector productivo en la realización de proyectos de investigación y desarrollo tecnológico para elevar la calidad de sus productos y la productividad de sus procesos, así como para fortalecer el impulso y mejoría académica;
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Difundir y proporcionar a las empresas, personas o instancias que así lo requieran, los servicios que genere, atendiendo a la normatividad aplicable;
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Promover cursos de capacitación, actualización y especialización, para alumnos y egresados;
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Realizar todo lo concerniente a la promoción y captación de alumnos; y
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Las demás que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquéllas que le confiera el Rector.
DE LAS DIRECCIONES
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Vigilar y hace cumplir los planes y programas de estudio, así como de los objetivos y metas propuestas;
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Vigilar el cumplimiento de las disposiciones que norman la estructura y funcionamiento de la Universidad y ejecutar los acuerdos que dicten sus autoridades;
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Determinar y aplicar las sanciones que sean de su competencia;
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Desempeñar las comisiones que le confieran las autoridades universitarias;
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Establecer vínculos con los sectores público y privado para la consecución de objetivos tendientes a lograr beneficios para la comunidad universitaria; y
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Las demás que les señale el presente Reglamento y las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como aquéllas que les confiera el Rector.
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Direcciones de Área;
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Direcciones de División; y
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Direcciones de Carrera.
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Dirección de Desarrollo Académico y Docente;
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Dirección de Extensión Universitaria;
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Dirección de Administración y Finanzas; y
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Dirección de Asuntos Jurídicos.
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Apoyar a las carreras en la generación e implementación de programas que fortalezcan el desarrollo docente y estudiantil;
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Generar estrategias de apoyo al estudiante para solucionar las causas de no acreditación y deserción escolar;
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Dar seguimiento a las actividades educativas tendientes al logro de una mayor eficiencia terminal de los estudiantes;
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Desarrollar diversas alternativas de formación y actualización permanente de la planta docente;
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Detectar las necesidades de apoyo bibliográfico de las carreras y solicitar las adquisiciones pertinentes;
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Operar las políticas y lineamientos de control escolar con el fin de tener un sistema de información actualizado de los expedientes académicos de los alumnos;
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Administrar los centros de cómputo para ofrecer apoyo a la demanda de equipo computacional de las diversas carreras;
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Establecer programas y métodos de apoyo al estudiante, personal docente y administrativo, para el otorgamiento de becas; y
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Las demás que le señalen las...
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