Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. VII-TASR-2OC-13
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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
votos.- Magistrado Instructor por Ministerio de Ley: José Limón Gallegos.-
Secretaria: Lic. Yazmín Rodríguez Aguilar.- Tesis: Magistrado Alfredo
Ureña Heredia.
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VII-TASR-2OC-13
COMPETENCIA TERRITORIAL DE LAS UNIDADES ADMINIS-
TRATIVAS DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.
SE ENCUENTRA CONTEMPLADA EN EL ACUERDO DE CIR-
CUNSCRIPCIÓN TERRITORIAL DE DICHO ÓRGANO DESCON-
CENTRADO, Y NO EN EL NUMERAL 37, APARTADO A DEL RE-
GLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA. LEGISLACIÓN VIGENTE EN EL 2010.- El artículo
37, Apartado A del Reglamento Interior del Servicio de Administración
Tributaria en ningún momento fi ja la competencia territorial de las unidades
administrativas regionales de dicho órgano desconcentrado de la Secretaría
de Hacienda y Crédito Público, sino únicamente da a conocer el nombre y
sede de dichas unidades, e inclusive refi ere que cada una de ellas tendrá la
circunscripción territorial que se determine mediante acuerdo del presidente
del Servicio de Administración Tributaria, donde precisará el nombre, sede
y circunscripción territorial de las unidades administrativas que lo integran,
por lo que a efecto de que de la Administración Local de Auditoría Fiscal
de Zapopan funde su competencia territorial, basta con la cita del Artículo
Primero, párrafo primero, fracción XXVI, relativa a la Administración Local
Jurídica de Zapopan del Acuerdo por el que se establece la circunscripción
territorial de las Unidades Administrativas Regionales del Servicio de Ad-
ministración Tributaria, publicado en el Diario Ofi cial de la Federación el
21 de mayo de 2008.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1379/11-07-02-1.- Resuelto por la
Segunda Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal
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