Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guanajuato, Gto.

Fecha de publicación07 Mayo 2010
EstadoGuanajuato
MunicipioGuanajuato
7 DE MAYO - 2010
PAGINA 28 PERIODICO OFICIAL
PRESIDENCIA MUNICIPAL - GUANAJUATO, GTO.
EL CIUDADANO LICENCIADO NICÉFORO ALEJANDRO DE JESÚS GUERRERO REYNOSO,
PRESIDENTE DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE GUANAJUATO, ESTADO DEL
MISMO NOMBRE, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE ME HONRO EN PRESIDIR, EN SESIÓN ORDINARIA
NÚMERO 12, CELEBRADA EL 11 DE MARZO DE 2010, CON LAS FACULTADES QUE LE SON
RESERVADAS POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 117, FRACCIONES I Y XVI, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA
EL ESTADO DE GUANAJUATO; Y, 69, FRACCIONES I, INCISO B) Y VI, 202 Y 204, FRACCIÓN II, DE LA
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, APROBÓ EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GUANAJUATO.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guanajuato encuentra sus
antecedentes en el Programa Gota de Leche, que en 1929 aglutinaba a un sector de mujeres mexicanas
preocupadas por la alimentación de las niñas y niños de la periferia de la ciudad de México. A partir de Gota
de Leche se formó la Asociación Nacional de Protección a la Infancia que comenzó a recibir apoyo de la
Lotería Nacional para la Beneficencia Pública. El 31 de enero de 1961, tomando como fundamento los
desayunos escolares, se crea por Decreto Presidencial, el organismo descentralizado denominado Instituto
Nacional de Protección a la Infancia (INPI) que generó una actitud social de gran simpatía y apoyo hacia la
niñez. El 15 de julio de 1968, es creada también por Decreto Presidencial la Institución Mexicana de Asistencia
a la Niñez (IMAN), que se orientaba a la atención de niñas y niños huérfanos, abandonados, desvalidos,
discapacitados o con ciertas enfermedades. Más tarde, en los años setenta, se crea el Instituto Mexicano
para la Infancia y la Familia. Es así como en 1977, se crea por Decreto Presidencial, a partir de la fusión del
Instituto Mexicano para la Infancia y la Familia (IMPI) con la Institución Mexicana de Asistencia a la Niñez
(IMAN), el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), el cual es el antecedente directo
y fuente del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en nuestro Municipio de Guanajuato.
Se denomina Sistema Municipal DIF al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio
de Guanajuato, el cual es un organismo público descentralizado creado por Acuerdo del Honorable
Ayuntamiento de 23 de agosto de 1988, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de
Guanajuato el 3 de marzo de 1989, con el objetivo de brindar asistencia social a la población más necesitada
de nuestro Municipio.
Uno de los propósitos fundamentales de nuestro Gobierno es el de impulsar las actividades
encaminadas al Desarrollo Integral de la Familia, ya que ésta representa la base de toda sociedad, máxime
que la Asistencia Social como parte de la salud ha sido elevada a Rango Constitucional, que consagra el
reconocimiento de ésta como un bien social en cuya protección deben participar los diferentes ordenes de
Gobierno, la sociedad y los sectores que organizadamente la componen, en tal tesitura surge nuestra
obligación de proteger a los grupos más débiles de la sociedad, preferentemente constituidos por menores
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y personas carentes de recursos socioeconómicos que requieren de diversas clases de protección a fin de
evitar los riesgos a que están expuestos, e incorporarlos a una vida más útil y productiva para sí mismos y
para nuestra comunidad.
Bajo ese marco de referencia, se debe crear un estatuto jurídico de orden público e interés general
que permita constituir de manera adecuada el marco jurídico que señale con claridad la estructura interna,
funcionamiento, facultades, atribuciones y obligaciones que den mayor certeza legal a la actuación del
Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guanajuato, y delimite el cumplimiento de
las facultades que deban realizar sus unidades administrativas para el debido cumplimiento de su objeto,
por lo que, en congruencia con la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, el Reglamento Interior
del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Guanajuato, se hace necesaria la creación
del presente Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de
Guanajuato.
Con la regulación y control de los órganos del Sistema Municipal DIF, se garantizará cumplir de
forma eficiente la atención permanente a la población marginada, el fomento a las estancias infantiles y
educación preescolar, impulsar el sano desarrollo físico y mental de la niñez, coordinar todas las tareas que
en materia de asistencia social realicen otras instituciones tanto públicas como privadas, procurar
permanentemente la adecuación de los objetivos y programas del Sistema Municipal y de los que lleve a
cabo con otras instituciones a través de acuerdos, convenios o cualquier figura jurídica, encaminados a la
obtención del bienestar social.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, el Honorable Ayuntamiento de Guanajuato, Guanajuato,
aprobó el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GUANAJUATO.
TÍTULO PRIMERO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 1.- El presente Reglamento es de orden público y de interés general y tiene por objeto
regular la estructura y funcionamiento del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de
Guanajuato.
Artículo 2.- Para efectos del presente ordenamiento se entiende por:
I. Asistencia Social: El conjunto de acciones tendentes a modificar y mejorar las circunstancias
de carácter social que impidan el desarrollo integral del individuo, así como la protección
física, mental y social de personas en estado de necesidad, indefensión, desprotección o
desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva. La
asistencia social comprende acciones de promoción, previsión, prevención, protección y
rehabilitación;

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