Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Fecha de disposición30 Abril 2019
Fecha de publicación30 Abril 2019
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho militar
EmisorSECRETARIA DE SEGURIDAD Y PROTECCION CIUDADANA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 14, 17, 17 Bis, 18, 20 y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA

Capítulo I Artículos 1 a 4

Del Ámbito de Competencia y de la Organización de la Secretaría

Artículo 1

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones que en materia de seguridad pública y nacional, así como de protección civil, le asignen las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2

Para efectos de este Reglamento, se entenderá por:

  1. Órganos Administrativos Desconcentrados: los señalados en el Capítulo VIII del presente Reglamento, en términos del artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

  2. Secretaría: a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana;

  3. Secretario: al Titular de la Secretaría, y

  4. Reglamento: al presente ordenamiento.

Artículo 3

Al frente de la Secretaría habrá un Secretario, quien para el despacho de los asuntos de su competencia, se auxiliará de servidores públicos, unidades administrativas, Órganos Administrativos Desconcentrados y unidades subalternas siguientes:

  1. Servidores públicos:

    1. Subsecretario de Seguridad Pública, y

    2. Subsecretario de Planeación, Prevención, Protección Civil y Construcción de Paz;

  2. Unidades administrativas:

    1. Unidad de Información, Infraestructura Informática y Vinculación Tecnológica;

    2. Unidad de Política Policial, Penitenciaria y Seguridad Privada;

    3. Unidad de Prevención de la Violencia y el Delito;

    4. Unidad de Planeación y Evaluación Institucional;

    5. Unidad de Políticas y Estrategias para la Construcción de Paz con Entidades Federativas y Regiones;

    6. Unidad de Administración y Finanzas;

    7. Unidad General de Asuntos Jurídicos y Transparencia;

    8. Unidad de Análisis Estratégicos y Vinculación Interinstitucional;

    9. Coordinación Nacional de Protección Civil;

    10. Dirección General de Gestión de Servicios, Ciberseguridad y Desarrollo Tecnológico;

    11. Centro Nacional de Información Plataforma México;

    12. Dirección General de Política y Desarrollo Penitenciario;

    13. Dirección General de Política y Desarrollo Policial;

    14. Dirección General de Seguridad Privada;

    15. Secretaría Técnica de las Conferencias Nacionales de Secretarios de Seguridad Pública y del Sistema Penitenciario;

    16. Dirección General de Planeación Estratégica para la Prevención;

    17. Dirección General de Implementación y Evaluación de Políticas para la Prevención;

    18. Dirección General de Protección Civil;

    19. Dirección General para la Gestión de Riesgos;

    20. Dirección General de Vinculación, Innovación y Normativa en Protección Civil;

    21. Dirección General de Planeación y Prospectiva;

    22. Dirección General de Integración y Evaluación Institucional;

    23. Direcciones Generales de Coordinación con Entidades Federativas Zona 1 y Zona 2;

    24. Dirección General de Recursos Humanos;

    25. Dirección General de Recursos Materiales, Servicios y Obra Pública;

    26. Dirección General de Programación y Presupuesto;

    27. Dirección General de lo Consultivo y Derechos Humanos;

    28. Dirección General de lo Contencioso y Procedimientos Constitucionales;

    29. Dirección General de Transparencia y Archivos;

    30. Dirección General de Análisis Criminal;

    31. Dirección General de Política Criminal;

    32. Dirección General de Vinculación Interinstitucional;

    33. Dirección General de Coordinación Estratégica, y

    34. Dirección General de Comunicación Social;

  3. Órganos Administrativos Desconcentrados:

    1. Policía Federal;

    2. Servicio de Protección Federal;

    3. Coordinación Nacional Antisecuestro;

    4. Prevención y Readaptación Social;

    5. Centro Nacional de Prevención de Desastres;

    6. Centro Nacional de Inteligencia, y

    7. Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y

  4. Unidades subalternas, las que figuren en su estructura autorizada, cuya adscripción y funciones serán establecidas en el Manual de Organización General de la Secretaría y, en su caso, en los manuales de organización específicos de sus unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados.

    Asimismo contará con los directores generales, directores generales adjuntos, directores, subdirectores, jefes de departamento, y demás servidores públicos que se requiera para el ejercicio de sus funciones y que sean autorizados en su presupuesto.

    La Secretaría contará con un Órgano Interno de Control, que se regirá conforme a lo dispuesto en el artículo 69 del Reglamento.

Artículo 4

La Secretaría planeará y conducirá sus actividades con sujeción a lo dispuesto en los instrumentos que se emitan en el marco del Sistema Nacional de Planeación Democrática y con base en las políticas que para el logro de los objetivos, estrategias y prioridades del desarrollo nacional determine el Presidente de la República.

Capítulo II Artículos 5 y 6

Del Secretario

Artículo 5

La representación, trámite y resolución de los asuntos que competen a la Secretaría corresponde originalmente al Secretario, quien sin perjuicio de su ejercicio directo podrá delegar, mediante acuerdos que deberán ser publicados en el Diario Oficial de la Federación, sus facultades en servidores públicos subalternos, salvo aquellas que las disposiciones aplicables señalen como indelegables.

Artículo 6

Son facultades indelegables del Secretario:

  1. Acordar con el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el despacho de los asuntos que

    correspondan a la competencia de las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría;

  2. Establecer, dirigir y controlar las políticas de la Secretaría, así como planear y coordinar, en los términos de la legislación aplicable, las actividades de sus Órganos Administrativos Desconcentrados;

  3. Someter a la consideración y, en su caso, aprobación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos el Programa Sectorial de Seguridad, las políticas tendientes a garantizar la seguridad pública de la Nación, la política criminal general y la de drogas en lo particular, en el ámbito de competencia de la Administración Pública Federal en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo, y coordinar su ejecución, control y evaluación;

  4. Aprobar el Programa Operativo Anual y el anteproyecto de presupuesto anual de la Secretaría;

  5. Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el Presidente de la República le confiera y mantenerlo informado sobre su desarrollo y ejecución;

  6. Proponer al Titular del Ejecutivo Federal, a través de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás ordenamientos cuya suscripción o expedición corresponda al Presidente de la República sobre los asuntos de la competencia de las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría;

  7. Dar cuenta al Congreso de la Unión, del estado que guardan los asuntos que competan a las unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría, así como acudir a convocatoria de cualquiera de sus Cámaras, cuando se discuta una ley o se estudie un asunto concerniente al ramo de sus actividades, y comparecer ante éstas en términos de las disposiciones legales;

  8. Informar al Poder Legislativo Federal sobre los asuntos de su competencia en materia de seguridad nacional;

  9. Representar al Presidente de la República en las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refiere la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria, en los casos en que lo determine el Ejecutivo Federal, pudiendo ser suplido de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento;

  10. Establecer las comisiones, consejos y comités internos que sean necesarios para el buen funcionamiento de la Secretaría, así como designar a los integrantes de los mismos;

  11. Autorizar la organización y funcionamiento de la Secretaría y adscribir orgánicamente sus unidades administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, así como encomendarles funciones que sean necesarias para el despacho de los asuntos competencia de la Secretaría. Asimismo, autorizará los nombramientos de los servidores públicos inmediatos inferiores al de los Titulares de los Órganos Administrativos Desconcentrados, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

  12. Expedir los acuerdos, lineamientos, circulares, normas, manuales de organización, de procedimientos y de servicios al público de la Secretaría y demás disposiciones normativas internas, en el ámbito de su competencia, que considere necesarias para cumplir con los fines de la Secretaría y, en su caso, ordenar su publicación;

  13. Designar a los servidores públicos del nivel jerárquico inmediato inferior que no sean nombrados por el Presidente de la República y, en su caso, resolver sobre las propuestas que formulen los servidores públicos de mando superior para la designación de su personal y creación de plazas;

  14. Autorizar, a propuesta de los titulares de los Órganos Administrativos Desconcentrados de la Secretaría, el nombramiento de los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR