Reglamento Interior de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupcion

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA COMISION INTERSECRETARIAL PARA LA TRANSPARENCIA Y EL COMBATE A LA CORRUPCION

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Zacatecas, el sábado 10 de julio de 2004.

Doctor Ricardo Monreal Ávila, Gobernador del Estado de Zacatecas, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 82 fracción II y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2, 3, 6 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de esta Entidad, y

CONSIDERANDO

Que el combate a la corrupción constituye un punto de acción indispensable en el servicio y gestión de la Administración Pública Estatal, así pues es necesario contar con un instrumento jurídico idóneo que fije, determine, delimite y organice adecuadamente la coordinación y evaluación efectiva de los Programas Operativos para la Transparencia de las Dependencias y Entidades que integran la administración.

Que el día 17 de noviembre del año 2001, se publicó mediante Suplemento al número 92 del Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, el Acuerdo de creación de la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción en la Administración Pública Estatal, integrada por los titulares de las Dependencias y Entidades y por representantes invitados de los sectores social y privado.

Que la citada Comisión atiende a lo ya establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, la cual regula y destaca las obligaciones que dichos servidores públicos deben cumplir para salvaguardar los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Que la Comisión lntersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción, tiene entre otros, los objetivos primordiales de coordinar las políticas y acciones para prevenir y combatir la corrupción; así como fomentar la transparencia en el ejercicio de las atribuciones de las diversas Dependencias y Entidades de la Administración Publica Estatal, dando para ello, seguimiento a los programas que se establezcan.

Que para el presente instrumento, se considera a los Programas Operativos para la Transparencia (POT), como una herramienta esencial para diseñar, implementar y evaluar las acciones encaminadas al fortalecimiento de la sana y honesta prestación de los servicios públicos, estableciendo mediante las mismas, la prevención de conductas irregulares y acciones de mejora.

Que por lo anterior expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE LA COMISIÓN INTERSECRETARIAL PARA LA TRANSPARENCIA Y EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 16
Artículo 1 El presente Reglamento Interior, es de interés general y de aplicación obligatoria para todos los servidores públicos de la Administración Pública Estatal y tiene por objeto establecer y regular las funciones y atribuciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Intersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción.
Artículo 2 Para los efectos del presente ordenamiento se entenderá por:

Comisión: A la Comisión lntersecretarial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción.

Secretaría Ejecutiva: A la Secretaría Ejecutiva de la Comisión.

Secretario Ejecutivo: Al titular de la Secretaría Ejecutiva.

Dependencia: A todas las señaladas en el artículo 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.

Entidad: A las señaladas en, el Título Tercero de la Ley Orgánica de la Administración Pública de esta Entidad, en relación con el articulo 2° de la Ley de las Entidades Públicas Paraestatales.

Grupo de Trabajo: Ala pluralidad de servidores públicos conjuntos, bajo designación de los titulares de las Dependencias y Entidades, para la realización de tareas especificas sobre transparencia y combate a la corrupción.

Enlace Técnico: A el servidor público designado por los titulares de las Dependencias y Entidades, quien será el coordinador del Grupo de Trabajo y el intermediario con el Secretario Ejecutivo.

Consultores Técnicos: A los asesores de la Secretaría Ejecutiva.

POT: A los Programas Operativos para la Transparencia.

CAPÍTULO II Artículos 3 y 4

Del ámbito de competencia de la Secretaría Ejecutiva

Artículo 3 La Secretaria Ejecutiva es el órgano encargado de cumplir y hacer cumplir, en el ámbito de sus atribuciones, los acuerdos que determine la Comisión, para ello tendrá las facultades y obligaciones siguientes:
  1. Llevar a cabo los actos, acciones y actividades que sean necesarias para lograr los objetivos de la Comisión;

  2. Difundir a través de los medios de comunicación, campañas tendientes al fomento de la transparencia y el combate de la corrupción;

  3. Realizar investigaciones...

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