Reglamento Interior del Organismo Publico Descentralizado Denominado Parque Fundidora
"NOTA DE VLEX: este refundido se ha actualizado con fecha 23/10/2020 y estamos en proceso de actualización de dicha norma."
REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUE FUNDIDORA
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el miércoles 17 de diciembre de 2008.
JOSÉ NATIVIDAD GONZÁLEZ PARÁS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, y Presidente del Consejo de Administración del Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora, a todos los habitantes hago saber:
Que en sesión del Consejo mencionado celebrada en fecha 22 de Septiembre de 2008 se aprobó el Reglamento Interior del Organismo, mismo que instruyo se imprima, publique y circule:
REGLAMENTO INTERIOR DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO PARQUE FUNDIDORA
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Consejo de Administración: El Consejo de Administración del Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora.
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Director General: El Director General del Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora.
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Ley: La Ley que crea al Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora.
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Organismo o Parque Fundidora: El Organismo Público Descentralizado denominado Parque Fundidora.
(REFORMADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Unidades Administrativas: Las Direcciones del Organismo adscritas en forma directa al Director General que se establecen en este Reglamento Interior y las demás creadas por el Consejo de Administración con tal carácter.
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL
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Oficina del Director General;
(REFORMADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Dirección de Contraloría;
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Dirección de Administración y Finanzas;
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Dirección de Desarrollo y Control Arquitectónico;
(REFORMADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Dirección de Operaciones;
(REFORMADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Dirección Jurídica;
(ADICIONADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Dirección de Planeación y Vinculación Social; y
(ADICIONADA, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Dirección de Promoción y Desarrollo.
DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR GENERAL
ATRIBUCIONES DE LOS TITULARES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
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Planear, programar, organizar y dirigir el desempeño de las funciones encomendadas a la Unidad Administrativa a su cargo;
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Participar en la integración del proyecto de programa operativo anual del área a su cargo;
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Emitir los dictámenes, opiniones e informes que competan a su Unidad Administrativa y los que le sean solicitados por el Director General;
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Elaborar y presentar al Director General, el anteproyecto de presupuesto de egresos de la Unidad Administrativa a su cargo;
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Proponer al Director General las medidas de modernización y simplificación administrativa susceptibles de ser implementadas en el área de su responsabilidad;
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Informar oportunamente al Director General, las actividades realizadas por el área a su cargo;
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Expedir la certificación de documentos y constancias que se le requieran y que obren en los archivos de la Unidad Administrativa a su cargo;
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Coordinarse con las demás Unidades Administrativas del Organismo para el mejor desempeño de los asuntos de su competencia;
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Desempeñar las funciones y comisiones que el Director General le encomiende, y
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Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables, y el Director General en la esfera de sus atribuciones.
(REFORMADO, P.O. 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014)
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Prevenir, vigilar, verificar y evaluar el uso de los recursos obtenidos y asignados al Organismo, estableciendo mecanismos de control en el desarrollo de las funciones;
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Elaborar el Programa Operativo Anual de las actividades de la Dirección de la Contraloría, presentarlo al Director General para su autorización e informar al Titular de la Contraloría y Transparencia Gubernamental;
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Fijar y dirigir las políticas de control interno del Organismo para el uso de los recursos públicos asignados al mismo;
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Participar en colaboración con la Dirección de Administración y Finanzas en los trabajos internos para la elaboración y seguimiento del anteproyecto de presupuesto anual de ingresos, egresos e inversiones del Organismo;
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Verificar que la asignación y ejercicio del presupuesto se lleve a cabo en cumplimiento a los programas de trabajo de las Unidades Administrativas del Organismo, aprobados por el Director General;
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Emitir opinión cuando sea requerida por la Dirección de Administración y Finanzas sobre los proyectos de normas de contabilidad y control en materia de programación...
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