Reglamento Interior del Instituto Tecnologico Superior de Villa la Venta
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE VILLA LA VENTA
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el miércoles 9 de junio de 2010.
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA LA VENTA
LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA LA VENTA, EN EJERCICIO QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 9 FRACCIÓN IV Y ARTICULO CUARTO TRANSITORIO DEL ACUERDO DE CREACIÓN, EMITIDO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, POR EL CUAL SE CONSTITUYÓ COMO ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO; Y
CONSIDERANDO.
Que en razón de lo anterior, hemos tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE VILLA LA VENTA
C O N T E N I D O
De las Definiciones
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Acuerdo: Al Acuerdo número 18252, dado en el recinto oficial del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Villahermosa, Capital del Estado de Tabasco, a los 2 días del mes de enero de dos mil tres; publicado en el suplemento No. 6347 B del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el día 5 de julio de 2003, que crea el organismo público descentralizado de la Administración Pública del Estado, denominado Instituto Tecnológico Superior de Villa la Venta;
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Convenio: Al Convenio para la Creación, Operación y Apoyo Financiero del Instituto Superior de la Venta, suscrito entre el Gobierno del Estado de Tabasco y la Secretaría de Educación Pública;
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Junta Directiva: A la Junta H. Directiva del Instituto Tecnológico Superior de Villa la Venta;
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Instituto: Instituto Tecnológico Superior de Villa la Venta;
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Director: Al Director del Instituto Tecnológico Superior de Villa la Venta;
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Subdirector: Al Subdirector de la Unidad Orgánica correspondiente;
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Jefe de División: al Jefe de División de la Unidad Orgánica correspondiente;
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Jefe de Departamento: Al Jefe del Departamento de la Unidad Orgánica;
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Alumno: A los estudiantes que ostentan una matrícula en el Instituto Tecnológico Superior de Villa la Venta.
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Una Junta Directiva; y
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Un Director.
De la H. Junta Directiva
Junta Directiva es la máxima autoridad del Instituto, sus determinaciones serán obligatorias para el Director y las demás Unidades Orgánicas del Instituto.
Junta Directiva se integrará de conformidad con lo establecido en el ACUERDO, así como en lo señalado en las demás disposiciones legales aplicables.
Junta Directiva el ejercicio de las atribuciones señaladas en el Decreto, así como el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los demás ordenamientos legales aplicables.
De la Dirección
Junta Directiva, durara en su cargo cuatro años, pudiendo ser confirmado para un segundo periodo. Sólo podrá ser removido por causa justificada que discrecionalmente apreciará la H. Junta Directiva.
Para ser Director se requiere:
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Ser de Nacionalidad Mexicana;
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Ser mayor de 30 años y menor de 70 años de edad;
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Poseer Titulo legalmente expedido y registrado en alguna de las carreras ofrecidas por el Instituto o en áreas afines;
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Tener experiencia académica y profesional;
No ser miembro de la H. Junta Directiva, mientras dure su Gestión; y
VI (SIC). Ser persona de amplia solvencia moral y de reconocido prestigio profesional.
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Presentar a la H. Junta Directiva los planes y programas del Instituto;
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Coordinar, supervisar y dirigir el funcionamiento de las Subdirecciones, Divisiones (sic)
(sic) Académicas y Departamentos que conformen el Instituto;
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Despachar con su firma los acuerdos y correspondencia del Instituto;
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Autorizar con su firma las incidencias del personal tales como nombramiento, designaciones, remociones, suspensión, permisos y licencias que le competan;
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Evaluar las actividades realizadas en el Instituto;
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Ordenar la publicación en el órgano informativo del Instituto o, en su caso en el Periódico Oficial del Estado, los reglamentos, lineamientos, acuerdos u otros documentos de observancia general que expida la H. Junta Directiva;
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Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y determinaciones de la H. Junta Directiva;
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Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación y aplicación de este ordenamiento, y otros documentos que sean aplicables; así como los casos no previstos en el mismo;
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Integrar la Comisión Dictaminadora Interna, para el ingreso y promoción del personal;
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Presidir la Comisión Académica del Instituto, la Comisión Interna de Modernización y Mejoramiento Integral de la Administración del Tecnológico y la Comisión Institucional para la Planeación Educativa; y
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Las demás que le confieren el Acuerdo y aquellas que le encomiende la H. Junta Directiva.
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