Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de Mexico

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO: 4 DE SEPTIEMBRE DE 2023.

Reglamento publicado en el Número 134 de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el miércoles 16 de agosto de 2017.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México por el que se aprueba el Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de México, con motivo de la expedición y entrada en vigor del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

Antecedentes

[...]

En razón de lo expuesto y fundado, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, este Consejo General emite el siguiente:

Acuerdo:

PRIMERO. Se aprueba el Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de México, de conformidad con el Anexo del presente Acuerdo, el cual forma parte integral del mismo.

SEGUNDO.- Se abroga el Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal, aprobado mediante Acuerdo ACU-28-11.

TERCERO. Este Acuerdo y su Anexo entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

CUARTO. Se instruye al Secretario Ejecutivo informe a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal la determinación asumida por este Consejo General, con la que se da cumplimiento a la previsión establecida en el artículo décimo tercero transitorio del Código.

QUINTO. Dentro de los 30 días hábiles posteriores a la aprobación del presente Acuerdo y su Anexo, se deberá emitir la normativa que regule el uso de las instalaciones y espacios físicos del Instituto Electoral, así como las medidas de seguridad, protección civil y acceso a personas con discapacidad; lo anterior, a efecto de regular lo establecido en el Título IV del Reglamento Interior del Instituto Electoral del Distrito Federal abrogado por virtud del presente Acuerdo.

SEXTO. Publíquese de inmediato este Acuerdo y su Anexo en los estrados del Instituto Electoral de la Ciudad de México, tanto en sus Oficinas Centrales como en sus cuarenta Direcciones Distritales, y en la página de internet www.iedf.org.mx.

SÉPTIMO. Realícense las adecuaciones procedentes en virtud de la determinación asumida por el Consejo General, en el apartado de Transparencia de la página de Internet www.iedf.org.mx, y difúndase la misma en las redes sociales de este Instituto.

OCTAVO. Remítase el presente Acuerdo y su Anexo, a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para su publicación, dentro del plazo de diez días hábiles siguientes a su aprobación.

NOVENO. Se instruye al Secretario Ejecutivo para que, mediante circular, haga del conocimiento de todo el personal del Instituto Electoral de la Ciudad de México, el presente Acuerdo y su Anexo.

Así lo aprobaron por unanimidad de cinco votos de la Consejera y los Consejeros Electorales del Instituto Electoral, con la ausencia justificada de la Consejera Electoral Gabriela Williams Salazar, en sesión pública el cuatro de agosto de dos mil diecisiete, firmando al calce el Consejero Presidente y el Secretario del Consejo General, quien da fe de lo actuado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 77, fracción VII y 79, fracción V, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.

(Firma)

Mtro. Mario Velázquez Miranda

Consejero Presidente

(Firma)

Lic. Rubén Geraldo Venegas

Secretario Ejecutivo

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

AGOSTO DE 2017

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(REFORMADO, G.O. 15 DE DICIEMBRE DE 2021)

ÍNDICE

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
CAPÍTULO ÚNICO

Generalidades

TÍTULO SEGUNDO

De las atribuciones en sus Oficinas Centrales

CAPÍTULO I

Del Consejo General

SECCIÓN PRIMERA

De la integración del Consejo General

SECCIÓN SEGUNDA

De la Presidencia. Atribuciones

SECCIÓN TERCERA

De las ausencias de la persona Consejera Presidente y de la persona Titular de la Secretaría Ejecutiva del Consejo General

SECCIÓN CUARTA

De las personas Consejeras Electorales

SECCIÓN QUINTA

De las Representaciones de los Partidos Políticos

SECCIÓN SEXTA

De las Invitadas e Invitados Permanentes

CAPÍTULO II

De las Comisiones y Comités del Consejo General

CAPÍTULO III

De la Junta Administrativa

CAPÍTULO IV

De la Secretaría Ejecutiva

CAPÍTULO V

De la Secretaría Administrativa

CAPÍTULO VI

De los Órganos con Autonomía Técnica y de Gestión

SECCIÓN PRIMERA

De la Contraloría Interna

SECCIÓN SEGUNDA

De la Unidad Técnica Especializada de Fiscalización

CAPÍTULO VII

De las Direcciones Ejecutivas

SECCIÓN ÚNICA

De sus atribuciones

CAPÍTULO VIII

De los Órganos Técnicos

SECCIÓN PRIMERA

De sus atribuciones

SECCIÓN SEGUNDA

De la Unidad Técnica de Comunicación Social y Difusión. Atribuciones

SECCIÓN TERCERA

De la Unidad Técnica de Servicios Informáticos. Atribuciones

SECCIÓN CUARTA

De la Unidad Técnica de Archivo, Logística y Apoyo a Órganos Desconcentrados. Atribuciones

SECCIÓN QUINTA

De la Unidad Técnica de Asuntos Jurídicos. Atribuciones

SECCIÓN SEXTA

De la Unidad Técnica del Centro de Formación y Desarrollo. Atribuciones

SECCIÓN SÉPTIMA

De la Unidad Técnica de Vinculación con Organismos Externos. Atribuciones

SECCIÓN OCTAVA

De la Unidad Técnica de Género y Derechos Humanos. Atribuciones:

SECCIÓN NOVENA

De la suplencia de las personas Titulares de los Órganos Ejecutivos, Órganos con Autonomía Técnica y de Gestión, Órganos Técnicos y Órganos Desconcentrados

TÍTULO TERCERO

De la estructura y funcionamiento de los Órganos Desconcentrados

CAPÍTULO I

De las Direcciones Distritales. Atribuciones

CAPÍTULO II

De los Consejos Distritales

TÍTULO CUARTO

De las Mesas Directivas de Casilla

CAPÍTULO ÚNICO

De su naturaleza

TRANSITORIOS

REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

(REFORMADO, G.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2022)

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales Artículos 1 a 45

(REFORMADO, G.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2022)

CAPÍTULO ÚNICO Artículos 1 a 6

Generalidades

(REFORMADO, G.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2022)

Artículo 1 El presente Reglamento es de observancia general y obligatoria para todo el personal del Instituto Electoral de la Ciudad de México y tiene por objeto regular su organización interna y establecer las atribuciones de cada una de sus áreas.

(REFORMADO, G.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2022)

Artículo 2 Para los efectos del presente ordenamiento se entenderá:
  1. En cuanto a los ordenamientos:

    1. Código: Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México;

    2. Constitución Federal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

    3. Constitución Local: Constitución Política de la Ciudad de México;

    4. Estatuto: Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa emitido por el Instituto Nacional Electoral;

    5. Ley de Participación: Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México;

    6. Ley de Transparencia: Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México;

    7. Ley General: Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;

    8. Reglamento: Reglamento Interior del Instituto Electoral de la Ciudad de México;

    9. Reglamento de Relaciones Laborales: Reglamento en materia de Relaciones Laborales del Instituto Electoral de la Ciudad de México; y

    10. Reglamento de Sesiones: Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones del Instituto Electoral de la Ciudad de México.

    11. (DEROGADA, G.O. 11 DE NOVIEMBRE DE 2022)

  2. En cuanto a los órganos:

    1. Comisiones: Son los órganos colegiados con los que cuenta el Consejo General para el desempeño de sus atribuciones, cumplimiento de obligaciones y supervisión del adecuado desarrollo de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto Electoral, las cuales podrán ser de carácter Permanente o Provisionales.

    2. Comités: Órganos especiales y técnicos creados por acuerdo del Consejo General, en términos de lo dispuesto por el Código;

    3. Consejos Distritales: Órganos Desconcentrados colegiados de carácter temporal, que funcionan durante los procesos electorales con facultades de decisión, en el ámbito territorial que les corresponda; algunos son cabecera de demarcación con las funciones adicionales previstas en el Código y la normativa aplicable;

    4. Direcciones Distritales: Órganos desconcentrados, de carácter permanente, que tienen su sede en cada uno de los distritos...

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