Reglamento Interior de la Corporacion Aeroportuaria Hidalgo
REGLAMENTO INTERIOR DE LA CORPORACION AEROPORTUARIA HIDALGO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo, el lunes 4 de octubre de 2004.
Lic. Manuel Angel Núñez Soto, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en ejercicio de las atribuciones que al Ejecutivo a mi cargo le confieren los Artículos 71 fracciones I, XXIV, XL, XLIII y XLVII de la Constitución Política del Estado y 2°, 4° y 5° de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, he tenido a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA CORPORACION AEROPORTUARIA HIDALGO
DE LA ORGANIZACION Y COMPETENCIA
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El Organismo: La Corporación Aeroportuaria Hidalgo como Organismo Público Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios.
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La Corporación: La Corporación Aeroportuaria Hidalgo.
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La Dirección General: El Director General de la Corporación Aeroportuaria Hidalgo.
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La Junta de Gobierno: La Junta de Gobierno de la Corporación Aeroportuaria Hidalgo.
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La Dirección General;
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La Dirección de Infraestructura Aeroportuaria;
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La Dirección de Fomento a la Inversión y Comercialización;
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La Dirección de Planeación y Finanzas;
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La Dirección de Asuntos Jurídicos; y
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La Unidad de Comunicación Social.
Los servidores públicos del Organismo estarán obligados a sujetarse a políticas de confidencialidad y de ética del Servicio Público, sin perjuicio de las responsabilidades que establezcan, en esta materia, otras disposiciones aplicables.
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Cumplir y hacer cumplir, en su competencia, los acuerdos, ordenes, circulares y demás disposiciones que emita el Director General;
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Planear, programar, dirigir y evaluar el desempeño de las labores encomendadas al área a su cargo;
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Acordar con el Director General la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre a su cargo;
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Dictar las medidas que sean necesarias para el mejoramiento de las atribuciones del área a su cargo;
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Establecer con aprobación del Director General, las normas y procedimientos que deban regir en su área;
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Formular los estudios, dictámenes e informes que le sean solicitados por el Director General;
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Proponer los proyectos de programas de trabajo y de presupuesto a su cargo y ejecutar el presupuesto aprobado, de acuerdo con los lineamientos que al respecto emita el Director General, de conformidad con las disposiciones presupuestales y legales aplicables;
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Proponer al Director General las contrataciones, promociones, licencias y remociones de los empleados de su área y participar, en los términos de las disposiciones aplicables, en los casos de incentivos y sanciones al personal a su cargo;
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Proporcionar de acuerdo con los lineamientos que dicte el Director General, la información o la asesoría que sean requeridas por las dependencias y entidades estatales o por las otras áreas administrativas, según se trate;
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Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones y aquéllos que le sean señalados por delegación de facultades o le correspondan por suplencia;
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Conservar, mantener y actualizar los archivos del área a su cargo, proveyendo lo necesario para la custodia de la información, especialmente aquélla que por su naturaleza sea de carácter confidencial;
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Expedir certificaciones, previo acuerdo del Director General, tanto de los documentes que obren en los archivos del área a su cargo, como de las actuaciones llevadas a cabo por lo (sic) empleados de la misma en el desempeño de sus atribuciones; y
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Las demás necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Organismo, las que les ordene el Director General o señalen otras disposiciones aplicables.
DEL DIRECTOR GENERAL
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Someter, en acuerdo al Gobernador del Estado, los asuntos competencia de la Corporación;
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Informar al Gobernador del Estado la situación que guarda el despacho de los asuntos que le encomiende;
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Proponer al Gobernador del Estado, los programas sectoriales y especiales del Organismo;
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Suscribir, en el ámbito de su competencia, los documentos, constancias, acuerdos y demás disposiciones que emita el Gobernador del Estado en relación con el cumplimiento de los objetivos de la Corporación;
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Representar legalmente al Organismo o a través de apoderado;
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Contratar servicios especializados de asesoría que requiera la Corporación;
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Acordar con los titulares de las áreas administrativas y supervisar el desempeño de sus atribuciones;
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Designar a los suplentes para que actúen en su nombre, en aquellas juntas, comisiones, consejos, asociaciones, colegios o entidades en que forme parte;
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Autorizar y expedir los manuales de organización y procedimientos, previa revisión de la Secretaría de Finanzas y Administración;
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Impulsar y dirigir la realización de investigaciones y estudios relacionados con el cumplimiento de los objetivos de la Corporación;
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Establecer y operar los sistemas de control interno;
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Suscribir, en su caso, los contratos colectivos e individuales que regulen las relaciones laborales del Organismo con sus trabajadores y emitir los nombramientos de los servidores públicos de la Corporación que le correspondan, de conformidad con las disposiciones aplicables;
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Presentar en terna al Gobernador del Estado, las propuestas de los vocales que deberán integrar el Consejo Consultivo;
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Instalar, convocar a sesiones a los vocales del Consejo Consultivo y llevar el seguimiento de sus acuerdos;
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Gestionar ante las instituciones financieras Nacionales e Internacionales, financiamiento para el desarrollo aeroportuario en la Entidad;
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Promover entre el Sector Privado Estatal, Nacional e Internacional las oportunidades de inversión en el Estado, en materia aeroportuaria, desarrollos complementarios y servicios conexos;
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Requerir a los titulares de las áreas administrativas que corresponda, los expedientes técnicos de las obras, proyectos...
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