Reglamento Interior del Consejo Técnico Catastral del Municipio de Zapopan, Jalisco

EstadoJalisco
MunicipioZapopan
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO CATASTRAL
DEL MUNICIPIO DE ZAPOPAN, JALISCO.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1. Este ordenamiento tiene por objeto reglamentar las atribuciones y
funcionamiento del Consejo Técnico Catastral del Municipio, conforme a lo previsto
en los Artículos 11 Fracción II y 23 fracción III de la Ley de Catastro Municipal del
Estado de Jalisco.
ARTÍCULO 2. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
I. El Consejo: El Consejo Técnico Catastral del Municipio de Zapopan, Jalisco;
II. La Ley: La Ley de Catastro Municipal;
III. Municipio: Municipio de Zapopan, Jalisco;
IV. El Catastro: El Catastro del Municipio de Zapopan, Jalisco.
CAPÍTULO II
De La Integración del Consejo
ARTÍCULO 3. El Consejo estará integrado por:
I. El Presidente Municipal o su representante, que será el Presidente del
Consejo;
II. El Tesorero Municipal o su representante, que será el Secretario del Consejo;
III. El Titular del Catastro del Municipio;
IV. Un Regidor integrante de la Comisión de Hacienda y un Regidor integrante de
la Comisión de Planeación Socioeconómica y Urbana;
V. Un representante por parte de los sectores industrial, comercial y empresarial
(Cámara Nacional de la Industria de la Construcción, Cámara de Comercio de
Guadalajara y de la COPARMEX);
VI. Un representante del Sector Agropecuario (Consejo Agropecuario de Jalisco);
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