Reglamento Interior de la Comision de Transparencia del Municipio de Queretaro



[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL TRANSITORIO ARTÍCULO TERCERO DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN CIUDADANA PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, PUBLICADO EN EL P.O. DE 25 DE AGOSTO DE 2017, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.]

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 25 DE AGOSTO DE 2017 (ABROGADO).

Reglamento publicado en la Gaceta Municipal del Municipio de Querétaro, el jueves 30 de mayo de 2002.

ROLANDO GARCÍA ORTIZ, Presidente Municipal de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 31 fracción I y 149 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y

CONSIDERANDO

  1. Que uno de los objetivos de la actual administración municipal, es crear los ordenamientos legales necesarios a fin de lograr una correcta administración de los recursos, buscando en todo momento el respeto a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia con que debe desempeñarse toda función pública.

  2. Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, otorga la facultad al H. Ayuntamiento, para aprobar reglamentos que organicen la administración pública municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.

  3. Que es una estrategia de esta administración municipal, lograr una gestión de gobierno efectiva y de bienestar social, sustentada en la capacidad de acción conjunta con la sociedad, promoviendo así una cultura cívica en el manejo de los recursos.

  4. Que es necesario para la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, contar con un ordenamiento jurídico adecuado, mediante el cual se regule el desarrollo de las sesiones que celebre la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, así como sus atribuciones y facultades.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, los integrantes del H. Ayuntamiento de Querétaro aprobaron en la Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 23 de abril de 2002, el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN DE TRANSPARENCIA DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Derivado de la reforma al artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Municipio de Querétaro ha iniciado un proceso de adecuación en su marco jurídico a efecto de consolidar la autonomía municipal.

Toda vez que (sic) Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, faculta a los Ayuntamientos a aprobar disposiciones de observancia general que aseguren la participación ciudadana y vecinal de sus habitantes, el H. Ayuntamiento asume su responsabilidad, implementando las acciones, por lo cual se crea la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, como un órgano de consulta y participación ciudadana encargado de auxiliar a la Contraloría Interna Municipal, en la vigilancia de los recursos humanos y materiales, a fin de salvaguardar los principios de legalidad, imparcialidad, lealtad, eficiencia y honradez en la Administración Pública Municipal; y a efecto de cumplir con los diversos compromisos adquiridos con la ciudadanía en el sentido de gobernar de manera eficiente y eficaz.

A efecto de consolidar el funcionamiento de la Comisión de Transparencia, es que el H. Ayuntamiento emite el Reglamento Interior de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, en el cual se regulará la forma de integración y funcionamiento, así como las atribuciones y facultades de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro.

El Capítulo Primero, denominado "Disposiciones Generales", contempla el objeto del reglamento, las atribuciones del H. Ayuntamiento y las de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, citando de manera clara las facultades del Presidente Ciudadano y del Secretario Ejecutivo de esta última.

Asimismo se establece que los objetivos de la Comisión del (sic) Transparencia del Municipio de Querétaro se llevarán a cabo de conformidad con el Plan de (sic) Anual de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal.

El Capítulo Segundo, denominado "De la Integración y Funcionamiento", determina la forma de integración de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, los requisitos para ser miembro de ésta, así como las causas de remoción de sus integrantes.

Se establece además que la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro deberá estar integrada a más tardar 60 días posteriores al inicio de cada administración municipal, lo que garantiza la continuidad y avances en la prevención y detección de problemas relacionados con la función pública.

El Capítulo Tercero, denominado "De las Sesiones", determina el carácter de las mismas en ordinarias, extraordinarias y solemnes, además se establece el contenido mínimo para las actas de las sesiones que celebre la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro.

El Capítulo Cuarto, denominado "De las Discusiones", precisa la forma en que deberá llevarse cada asunto durante la sesión de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, integrado en el Orden del Día, o bien cuando sean asuntos de urgente resolución podrán ser incluidos como puntos adicionales.

El Capítulo Quinto, denominado "De las Votaciones", señala cada uno de los tipos de votación, pudiendo ser por unanimidad, mayoría absoluta, mayoría calificada o mayoría simple, asimismo las formas podrán ser por votación nominal o por votación económica.

El Capítulo Sexto, denominado "De las Subcomisiones", determina que para un mejor desempeño de las funciones de la Comisión, se organizarán subcomisiones permanentes o transitorias, estableciendo además que deberán constituirse las subcomisiones de diagnóstico y planeación estratégica; la de difusión institucional; y la de supervisión.

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 45

(REFORMADO [N. DE E. REPUBLICADO], P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

Artículo 1 El presente reglamento es de orden público e interés social y tiene por objeto regular la integración, atribuciones, facultades y funcionamiento de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro.

(REFORMADO, P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

Artículo 2 La Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, es el órgano de consulta y participación ciudadana, encargado de auxiliar a la Secretaría de la Contraloría Municipal, en la vigilancia de los recursos humanos y materiales, a fin de salvaguardar los principios de legalidad, imparcialidad, lealtad, eficiencia y honradez en la Administración Pública Municipal.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

Artículo 3 Corresponde al H

Ayuntamiento:

(REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

  1. Aprobar y evaluar el cumplimiento del Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal el cual será vigente por el tiempo que dure el periodo Constitucional del Ayuntamiento que lo haya aprobado;

    (REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

  2. Designar de entre los regidores integrantes del H. Ayuntamiento, a quienes deban integrar la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro; y

    (REFORMADA, P.O. 11 DE DICIEMBRE DE 2015)

  3. Designar de entre los regidores y síndicos integrantes del H. Ayuntamiento, a quienes deban integrar la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro;

    (REFORMADA, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2005)

  4. Seleccionar a los ciudadanos que integren la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro y cuando menos a cuatro suplentes en numeración progresiva, de conformidad con la convocatoria que al efecto se expida;

    (REFORMADA, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2005)

  5. Elegir de entre los ciudadanos que integran la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro, al Presidente de la misma;

    (REFORMADA, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2005)

  6. Tomar protesta por conducto del Presidente Municipal a los ciudadanos integrantes de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro; y

    (REFORMADA, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE 2005)

  7. Expedir a través del Secretario del Ayuntamiento, los nombramientos del Presidente y demás integrantes ciudadanos de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro.

    (ADICIONADA, P.O. 11 DE DICIEMBRE DE 2015)

  8. Remover a los miembros de la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro por cualquiera de los supuestos establecidos en el artículo 13 del presente reglamento.

Artículo 4 Corresponde a la Comisión de Transparencia del Municipio de Querétaro:

(REFORMADA [N. DE E. REPUBLICADA], P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

  1. Elaborar y someter a consideración del H. Ayuntamiento el Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal;

    (REFORMADA, P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

  2. Coadyuvar con la Secretaría de la Contraloría Municipal, en el cumplimiento del Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal;

  3. Celebrar las sesiones ordinarias, extraordinarias o solemnes que se requieran para el cumplimiento de sus funciones;

    (REFORMADA [N. DE E. REPUBLICADA], P.O. 27 DE JULIO DE 2009)

  4. Promover la integración y participación de órganos de consulta, organismos ciudadanos públicos o privados, para el cumplimiento del Plan de Fortalecimiento de la Transparencia Municipal;

  5. Promover estudios e investigación que aporten medios, métodos de control e indicadores para el fortalecimiento de la transparencia en la Administración Pública Municipal;

  6. Realizar acciones, sondeos y encuestas con los habitantes del Municipio que permitan conocer aquellos índices que afecten el desarrollo de las funciones de la Administración Pública Municipal;

  7. (DEROGADA, P.O. 1 DE MARZO DE 2013) (DEROGADA [N. DE E. REPUBLICADA], P.O. 15 DE MARZO DE 2013)

  8. (DEROGADA, P.O. 1 DE MARZO DE 2013) (DEROGADA [N. DE E. REPUBLICADA], P.O. 15 DE MARZO DE 2013)

  9. (DEROGADA, P.O. 11 DE DICIEMBRE DE 2015)

    (REFORMADA, P.O. 9 DE DICIEMBRE DE...

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