Reglamento Interior del Centro Estatal de Menores
REGLAMENTO INTERIOR DEL CENTRO ESTATAL DE MENORES
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 25 DE OCTUBRE DE 2003.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 26 de enero de 1985.
GRISELDA ALVAREZ, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en uso de la facultad que me concede la fracción III del Artículo 58 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 62 y 2o. Transitorio de la Ley Tutelar para Menores del Estado de Colima, he tenido a bien expedir el
Reglamento Interior del Centro Estatal de Menores
De los Objetivos.
a).- El tratamiento integral de los menores infractores que sean canalizados por el Consejo Tutelar, tomando como base el análisis de su personalidad para que en el menor tiempo sean reintegrados a la sociedad en donde puedan continuar su desarrollo en un ambiente sano y moral;
b).- Orientar al Consejo Tutelar de Menores para que basándose en el diagnóstico proponga la medida más adecuada en cada caso particular;
c).- Proponer a las autoridades y al Consejo Tutelar de Menores a través del Consejero asignado al caso, el momento y las medidas de control para la readaptación de los menores en tratamiento, basándose en la evolución terapéutica y conductual y en los casos refractarios al tratamiento por el sistema abierto, sugerir medidas terapéuticas más estrictas para los menores con dificultades de personalidad profundas.
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Una estructura que le permita una clasificación adecuada y la aplicación de procedimientos terapéuticos idóneos para la adaptación de los menores infractores.
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El personal directivo, administrativo y técnico con conocimientos de menores infractores que le permite implementar en forma adecuada los programas de diagnóstico y tratamiento terapéutico que se aplicará a los menores internos en el Centro.
Del personal.
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Un Supervisor (a) General Honorario.
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Un Director General.
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Un Subdirector General.
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Un Subdirector Administrativo.
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Un Subdirector Técnico, y;
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Un Subdirector de Preceptoría.
Los que tendrán a su cargo la planeación, supervisión y ejecución de los programas terapéuticos institucionales.
l.- Departamento Médico Pisquiátrico (sic)
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Departamento de Psicología
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Departamento de Pedagogía
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Departamento de Educación Física
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Departamento de Labor Terapia
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Departamento de Trabajo Social
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Departamento de Preceptoría
Cada uno de dichos departamentos contará con el personal que determine el presupuesto de egresos.
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Vigilar en forma permanente las actividades que desarrolle el personal del Centro;
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Hacer los señalamientos que estime pertinentes cuando encuentre anomalías en el funcionamiento del mismo;
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Tomar las medidas correctivas que sean necesarias, cuando así lo estime pertinente y cuente para ello con la autorización expresa y por escrito del (a) Titular del Poder Ejecutivo;
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Participar con voz y voto en las reuniones del Consejo Técnico Interdisciplinario;
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En General, las demás atribuciones que le asigne la Ley o el (a) Ejecutivo del Estado.
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Tener la representación de la Institución en todo tipo de actos oficiales;
Il.- Elaborar conjuntamente con los Subdirectores el Programa Anual de Actividades;
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Presidir las reuniones del Consejo Técnico Interdisciplinario;
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Informar al Presidente del Consejo Tutelar de Menores, los avances que se obtengan en el tratamiento de cada uno de los menores;
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Presentar informe semestral detallado a la Secretaría General de Gobierno, al Consejo Tutelar de Menores y al Supervisor Honorario de todas las actividades realizadas y de las necesarias que tenga el Centro;
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Elaborar junto con los Subdirectores el presupuesto anual de la Institución;
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Implementar y presidir reuniones periódicas con los Subdirectores y Departamentos Técnicos para conocer el avance de las actividades;
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En general, tomar todas las decisiones y girar instrucciones precisas que se requieran.
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Suplir al Director en sus ausencias;
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Colaborar en todas las tareas que correspondan a la Dirección General;
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Recabar la documentación necesaria del Consejo Tutelar de Menores, Promotoría de la Defensa del Menor del DIF y departamentos Técnicos del Centro, para integrar adecuadamente los expedientes de los menores sujetos a tratamiento, encargándose también de su control y archivo; y
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En general, realizar todas las tareas que le sean encomendadas por la Dirección General.
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Llevar la contabilidad general del Centro;
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Llevar el inventario general del equipo, mobiliario e implementos de trabajo que existan en la Institución, cuidando siempre de tenerlo actualizado;
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Cuidar el mantenimiento general de la Institución a fin de que siempre esté en buenas condiciones;
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Llevar el control del personal en cuanto a su asistencia, puntualidad, altas y bajas, vacaciones, permisos y licencias, pago de salarios y demás emolumentos, teniendo siempre debidamente integrados los expedientes de cada uno de los trabajadores que presten sus servicios en el Centro;
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Encargarse del surtimiento de los insumos y demás satisfactores que requiera el Centro; y
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En general, cumplir las demás funciones que le sean encomendadas por la Dirección General.
l.- Coordinar, orientar y supervisar las funciones de los diferentes departamentos técnicos operativos con que cuenta el Centro;
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Informar con toda oportunidad a la Dirección General, los avances terapéuticos de los menores sujetos a tratamiento;
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Delinear los programas terapéuticos institucionales para el control y modificación conductual de los menores;
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Reunir los estudios elaborados por cada departamento para elaborar el perfil de conducta, sugerir tratamiento, elaborar estadísticas y proponer programas preventivos destinados a los menores, su familia y su contexto social;
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Establecer los contactos necesarios con instituciones de salud especializados, para complementación terapéutica de los menores;
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Formar parte del Consejo Técnico Interdisciplinario del Centro; y
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En general, desarrollar todas las tareas de carácter técnico que le sean encomendadas por la Dirección General.
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Coordinar, supervisar y orientar al personal de preceptoría;
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Vigilar el cumplimiento de las funciones del personal de preceptoría, estableciendo los lineamientos de seguridad y protección tanto del Centro como de los menores asignados a su cuidado;
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Vigilar el cumplimiento del horario de actividades de los menores internos en el Centro;
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Elaborar reporte de novedades diariamente, enviándolo de inmediato a la Dirección General con copia a los demás Subdirectores para su conocimiento; y
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En general, cumplir con las demás tareas que le sean encomendadas por la Dirección.
De los Departamentos Técnicos.
l.- Realizar un estudio físico integral de cada menor a su ingreso, para tener de él un diagnóstico y determinar el tratamiento a seguir, comunicando los resultados de ese estudio a las Subdirecciones General y Técnica para que se integre al expediente que por cada menor deberá llevarse;
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Llevar la historia clínica de cada menor, anotando la evolución, proponiendo las medidas de control post-institucionales que considere pertinentes;
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Llevar un control de medicamentos tanto en el suministro como en su administración;
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Solicitar al Subdirector General cuando el caso lo requiera, busque la coordinación con otras instituciones para el tratamiento de menores que presenten problemas visuales, auditivos o enfermedades específicas que requieran control especializado;
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Ordenar el traslado de los menores a centros hospitalarios, cuando presenten enfermedades que no puedan ser atendidas en el mismo Centro;
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Colaborar con los demás departamentos en la planeación e implementación de campañas de higiene tanto entre los menores como entre el personal que trabaja en el Centro;
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Supervisar el trabajo del personal de enfermería que será el responsable de realizar tareas de curación, primeros auxilios y aplicación de medicamentos prescritos a los menores;
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Proporcionar asistencia médica a cualquier menor que lo solicite;
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Delinear programas de medicina preventiva que requiera el Centro; y
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En general, cumplir con las tareas que le señale la dirección así como los...
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