Reglamento Interior para el Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes de Tlaquepaque
Estado | Jalisco |
Municipio | Tlaquepaque |
REGLAMENTO INTERIOR PARA EL CENTRO DE
ATENCIÓN A NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES
DE TLAQUEPAQUE
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- El presente Reglamento es de interés público y de observancia
general para toda persona menor de dieciocho años de edad que habite o
transite en este Municipio de Tlaquepaque, Jalisco; se expide con fundamento
en lo dispuesto por el artículo 115 fracciones I y II de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, arábigos 1, 2 y 48, 49 contenidos en la Ley
para la protección de los derechos de niñas, niños y Adolescentes; artículos 73
y 77 fracción II de la Constitución Política del Estado de Jalisco, así como los
numerales 1, 2, 3, 37 fracción II y numeral 40 fracción II de la Ley del Gobierno
y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco y el artículo 2
contenido en la Ley de los derechos de las niñas, los niños y adolescentes en
el Estado de Jalisco.
Artículo 2.- El Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes de
Tlaquepaque, es el centro receptor de los menores infractores, en tanto se
resuelve su atención y la aplicación de medidas tanto correctivas como
preventivas; sujetando su estancia en el C.A.N.N.A.T., en tanto se presente
persona mayor de edad que acredite la custodia que ejerza sobre el menor.
Artículo 3.- Toda acción derivada por parte de autoridad municipal,
motivada por la comisión de infracciones administrativas por menores de edad,
estará sujeta a la normatividad y principios rectores en materia de derechos de
los menores; considerando las retenciones en términos de un aseguramiento
en protección y resguardo de los mismos.
Artículo 4.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
I. Niña o Niño: Todo ser humano menor de 12 años de edad.
II. Adolescente: Todo ser humano mayor de 12 y menor de 18 años de edad.
III. Juez: Juez Municipal para Menores.
IV. Supervisor.- Es el responsable de la coordinación y supervisión del C. A.
N. N. A. T.
V. C. A. N. N. A. T.- al Centro de Atención a Niñas, Niños y Adolescentes de
Tlaquepaque.
VI. D. G. S. P.- Dirección General de Seguridad Pública de Tlaquepaque.
VII. Equipo Técnico Interdisciplinario.- Se integra por Psicólogos,
Trabajadoras Sociales y Médicos; quienes valoraran la situación del
menor.
VIII. Retenido.- Menor de edad que se encuentra remitido temporalmente en el
C.A.N.N.A.T por haber cometido una infracción al Reglamento de Policía
y Buen Gobierno del Municipio de Tlaquepaque, Jalisco.
IX. Infracción Administrativa.- Acción u omisión contenida en el Reglamento
de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Tlaquepaque, Jalisco.
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