Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados
Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
FELIPE DE JESUS CALDERON HINOJOSA, Presidente de los
Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confie-
Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 31 y 40 de la
Federación, he tenido a bien expedir el siguiente
REGLAMENTO DE INSCRIPCION, PAGO DE
APORTACIONES Y ENTERO DE DESCUENTOS
AL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES V
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1. El presente ordenamiento es de observancia ge-
neral y obligatoria en todo el país y tiene por objeto reglamentar la
inscripción de trabajadores y patrones, la determinación y pago de
aportaciones, la retención y el entero de descuentos, así como la
actualización y recargos, previstos en la Ley del Instituto del Fondo
El incumplimiento de las obligaciones, términos y condiciones
señalados en el presente Reglamento, será sancionado de confor-
midad con lo dispuesto en la Ley y el Reglamento para la Imposición
de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones que la Ley del Ins-
tituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus
reglamentos establecen a cargo de los patrones y, en lo que resulte
aplicable, en el Código y su Reglamento.
(R) ARTICULO 2. Para efectos de este Reglamento, se enten-
derá por:
REGLAMENTO DE INSCRIPCION/DISPOSICIONES GRALES. 1-2
2
I. Aportación: la cantidad equivalente al cinco por ciento sobre
el Salario Base de Aportación de los Trabajadores, que los Patro-
nes pagan al Instituto;
II. Aviso de Retención de Descuentos: el Documento impreso
o Digital, mediante el cual el Instituto informa al Patrón que tiene
la obligación de retener y enterar los Descuentos al salario de
sus Trabajadores, que se destinen al pago de los abonos para
cubrir créditos de vivienda otorgados por el Instituto;
III. Aviso de Suspensión de Descuentos: el Documento impre-
so o Digital, mediante el cual el Instituto informa al Patrón que
tiene la obligación de suspender la retención de los Descuentos
al salario de sus Trabajadores para el pago de los abonos de los
créditos de vivienda otorgados por el Instituto;
IV. Cédula de Determinación: el Documento impreso o Digital
en el que se determina el importe de las Aportaciones a pagar y
los Descuentos a enterar al Instituto. Dicha cédula podrá ser emi-
tida conjuntamente con el Instituto Mexicano del Seguro Social;
VI. Descuento: la cantidad que retiene el Patrón del Salario
Base de Aportación del Trabajador Acreditado y que entera al
Instituto para la amortización del crédito de vivienda;
VII. Dictamen: el documento que contiene la opinión del con-
tador público autorizado para dictaminar por el Instituto, sobre la
situación fiscal de un Patrón, respecto de los pagos e importes
omitidos al Instituto en cumplimiento a sus obligaciones estable-
cidas en la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones
jurídicas aplicables;
VIII. Documento Digital: el mensaje de datos que contiene in-
formación o escritura generada, enviada, recibida, consultada,
modificada, procesada o archivada por medios electrónicos, óp-
ticos o de cualquier otra tecnología;
IX. Entidades Receptoras: las entidades autorizadas por el
Instituto para recibir los pagos de Aportaciones, Descuentos y
aportaciones voluntarias en términos de la Ley, el presente Re-
glamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Para efectos del párrafo anterior, el Instituto podrá suscribir
convenios de colaboración con el Instituto Mexicano del Seguro
Social;
X. Firma Electrónica Avanzada: el conjunto de datos y caracte-
res a que se refiere el artículo 17-D del Código;
XI. Inscripción: el registro de Patrones y Trabajadores ante el
Instituto;
XII. Instituto: el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores;
II
2 EDICIONES FISCALES ISEF

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