Reglamento de la Gaceta Oficial del Municipio de Valladolid, Yucatan

REGLAMENTO DE LA GACETA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID, YUCATAN

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Suplemento del Diario Oficial del Estado de Yucatán, el viernes 18 de mayo de 2007.

REGLAMENTO DE LA GACETA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE VALLADOLID

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 41
ARTICULO 1 Se tendrá por Gaceta Oficial del Municipio de Valladolid a la publicación que estará a cargo del Municipio, la cual será de manera mensual y excepcionalmente cuando el caso así lo requiera, podrá hacer publicaciones extraordinarias y una vez al año se hará una publicación especial

Deberá cumplir las características contenida en los incisos I, II III IV y V del artículo 79 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán.

ARTICULO 2 En la Gaceta Oficial se podrán publicar los aspectos mas importantes de la administración Municipal, y contener fotografías.
ARTICULO 3 Obligatoriamente en la publicación mensual de la Gaceta del Municipio se publicara la Cuenta Publica de cada mes de la Administración.
CAPITULO II Artículos 4 a 6

RECURSOS HUMANOS DE LA GACETA OFICIAL.

ARTICULO 4 La Gaceta Oficial estará conformada por un Director General, que será designado por el Presidente Municipal.
ARTICULO 5 El Director General de la Gaceta Oficial tendrá a su cargo uno o mas asistentes según lo requiera la Gaceta mismos que serán designados por el propio Presidente Municipal.
ARTICULO 6 El Director General será la máxima autoridad de la Gaceta Oficial y los asistentes dependerán directamente del Director General y este dependerá a su vez del Presidente Municipal.
CAPITULO III Artículos 7 a 13

DE LA RESPONSABILIDAD DEL PERSONAL DE LA GACETA OFICIAL

ARTICULO 7 Lo publicado en la gaceta oficial del Municipio será responsabilidad directa del Director General.
ARTICULO 8

Solo podrá publicarse en la Gaceta Oficial del Municipio las cuestiones mas relevantes del Municipio, siempre que estas sean verdades reales, si el Director General de la gaceta hiciera caso omiso de lo dispuesto por este articulo será el único responsable y quedará a disposición del Presidente Municipal o del cabildo según la gravedad de la falsedad de la declaración su remoción o la sanción que le será aplicada. Puede hacerse acreedora una multa de uno a diez días de salario mínimo, independientemente de la suspensión de labores sin goce de sueldo.

ARTICULO 9 La Gaceta Oficial tendrá la obligación de publicar los Reglamentos aprobados por el cabildo y autorizadas por la Secretaria de Gobernación, a fin de facilitar la convivencia y buen Gobierno en el Municipio.
ARTICULO 10 Será responsabilidad del Director General de la Gaceta del Municipio de Valladolid, que esta publicación sea de manera mensual y sin retraso de ningún tipo, el retraso de esta será sancionado por el propio Presidente Municipal en los términos de la parte ultima del articulo 8 de este propio ordenamiento.
ARTICULO 11 Los asistentes de la Gaceta Oficial serán responsables en la medida en que por su culpa de hacer u omitir la publicación mensual extraordinaria llegare a retrasarse

Estos serán sancionados por el Director General de la Gaceta y por su gravedad del incumplimiento en los términos del artículo 8 de este propio Reglamento.

ARTICULO 12 El Director General informará y dará a conocer al Presidente Municipal de las publicaciones, que deberán ser realizadas, quien podrá objetar alguna parte del apartado o de plano vetarlo, la cual no deberá ser publicada, si el Director General hiciera caso omiso podrá ser sancionado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8.
ARTICULO 13 n (sic) el caso del articulo anterior si el Director General de la Gaceta, hiciera su observación y diera la orden a sus asistentes o asistente de la observación del señor Presidente y estos hicieren caso omiso de la situación estos serán sancionados de acuerdo de las mismas disposiciones que el articulo anterior.
CAPITULO IV Artículos 14 a 20

DE LOS ASUNTOS A PUBLICAR EN LA GACETA OFICIAL

ARTICULO 14 Solo podrán ser publicados en la Gaceta Oficial del Municipio los asuntos más relevantes de la Administración Publica Municipal y las verdades reales del Municipio que tendrán que ser aprobadas por el Presidente Municipal o en su ausencia por el secretario de...

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