Reglamento de Funcionamiento y Operacion de la Subcomision Tecnica de la Comision Intermunicipal de Conurbacion

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y OPERACION DE LA SUBCOMISION TECNICA DE LA COMISION INTERMUNICIPAL DE CONURBACION

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el jueves 2 de febrero de 1995.

ENRIQUE BURGOS GARCIA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 57 fracciones XI y XVI de la Constitución Política del Estado y con fundamento en los artículos 5, 6 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, y

CONSIDERANDO.

Por lo anteriormente expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO Y OPERACION DE LA SUBCOMISION TECNICA DE LA COMISION INTERMUNICIPAL DE CONURBACION.

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 23
ARTICULO 1 El presente Reglamento establece las normas para la operación y funcionamiento de la Subcomisión Técnica de la Comisión Intermunicipal de Conurbación.
ARTICULO 2 La Subcomisión técnica es un órgano de carácter colegiado que tiene como propósito analizar y emitir dictámenes o recomendaciones de carácter técnico en relación con los asuntos competencia de la Comisión Intermunicipal de Conurbación.
ARTICULO 3 Para allegarse elementos que permitan y faciliten el estudio y análisis de los asuntos que le correspondan, la Subcomisión Técnica podrá solicitar la información conducente a autoridades federales, estatales y municipales, así como a los particulares interesados.
ARTICULO 4 El Secretario Técnico de la Comisión Intermunicipal de Conurbación turnará a la Subcomisión Técnica los asuntos que, siendo competencia de la propia Comisión, requieran dictamen técnico para su resolución.
ARTICULO 5 Para el mejor desempeño de sus funciones, la Subcomisión podrá contar con las comisiones de trabajo que considere necesarias.
CAPITULO II Artículos 6 a 11

DE LOS INTEGRANTES DE LA SUBCOMISIÓN TÉCNICA.

ARTICULO 6 La Subcomisión Técnica de la Comisión Intermunicipal de Conurbación está integrada por:

El Director de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología.

El Director Jurídico de Gobierno del Estado.

El Director de Ecología de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Obras Públicas y Ecología.

El Director de Urbanismo y el Regidor de esa materia del Municipio de Querétaro.

El Director de Urbanismo y Regidor de esa materia del Municipio de Corregidora.

El Director de Urbanismo y Regidor de esa materia del Municipio de El Marqués.

El Director de Obras Públicas y el Regidor de esa materia del Municipio de Huimilpan.

Consultores:

Un representante designado por la Secretaría de Desarrollo Social.

Un representante designado por la Secretaría de la Reforma Agraria.

Un representante designado por la Procuraduría Agraria.

Un representante del Consejo de Concertación ciudadana en materia de Desarrollo Urbano, y

Un representante designado por la Comisión Estatal de Aguas.

ARTICULO 7 Cada uno de los integrantes de la Subcomisión deberá designar a un suplente, quien contará con facultades de análisis y opinión.
ARTICULO 8 De considerarlo conveniente, la Subcomisión podrá invitar a representantes de instituciones públicas o privadas y miembros de la sociedad civil, para...

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