Reglamento para el Financiamiento Publico Otorgado a los Partidos Politicos para los Gastos que Realizan por Concepto de Actividades Especificas de Capacitacion Politica, Investigacion Socioeconomica y Politica
[N. DE E. DE CONFORMIDAD CON EL PUNTO PRIMERO DEL ACUERDO CGIEE/335/2018, PUBLICADO EN EL P.O. DE 6 DE DICIEMBRE DE 2018, EL PRESENTE ORDENAMIENTO HA SIDO ABROGADO.]
REGLAMENTO PARA EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO OTORGADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA LOS GASTOS QUE REALIZAN POR CONCEPTO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE CAPACITACIÓN POLÍTICA, INVESTIGACIÓN SOCIOECONÓMICA Y POLÍTICA, ASÍ COMO TAREAS EDITORIALES, QUE EXPIDE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 6 DE DICIEMBRE DE 2018 (ABROGADO).
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el viernes 3 de enero de 2003.
EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 66 DEL CODIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES PARA El ESTADO DE GUANAJUATO, SE HACE DEL CONOCIMIENTO DE LA CIUDADANIA Y DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS, QUE El CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO EN SU SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA 16 DE DICIEMBRE DE 2002, APROBÓ EL SIGUIENTE:
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA El REGLAMENTO PARA EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO OTORGADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA LOS GASTOS QUE REALIZAN POR CONCEPTO DE ACTIVIDADES ESPECIFICAS DE CAPACITACIÓN POLÍTICA, INVESTIGACIÓN SOCIOECONÓMICA Y POLÍTICA, ASÍ COMO TAREAS EDITORIALES.
RESULTANDO...
POR LO ANTERIOR Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 31, PÁRRAFOS SEGUNDO, TERCERO Y NOVENO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, 43 BIS FRACCIÓN IX, 46, 51 Y 63, FRACCIONES II Y XIX DEL CÓDIGO DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, SE SOMETE A LA CONSIDERACIÓN DEL CONSEJO GENERAL EL SIGUIENTE:
ACUERDO:
PRIMERO.- SE EXPIDE EL REGLAMENTO PARA EL FINANCIAMIENTO PÚBLICO OTORGADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA LOS GASTOS QUE REALIZAN POR CONCEPTO DE ACTIVIDADES ESPECIFICAS DE CAPACITACIÓN POLÍTICA, INVESTIGACIÓN SOCIOECONÓMICA Y POLÍTICA, ASÍ COMO TAREAS EDITORIALES, PARA QUEDAR EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS:
REGLAMENTO PARA El FINANCIAMIENTO PÚBLICO OTORGADO A LOS PARTIDOS POLÍTICOS PARA LOS, GASTOS QUE REALIZAN POR CONCEPTO DE ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DE CAPACITACIÓN POLÍTICA, INVESTIGACIÓN SOCIOECONÓMICA Y POLÍTICA, ASÍ COMO TAREAS EDITORIALES, QUE EXPIDE EL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO.
Se expide con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, párrafos segundo, tercero y noveno de la Constitución Política del Estado y 43 Bis, fracción IX, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.
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Código: Código de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato;
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Comisión: Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato;
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Consejo: Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato;
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Instituto: Instituto Electoral del Estado de Guanajuato;
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Partido Político: los nacionales y estatales en los términos de los artículos 19 y 29 del Código; y
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Reglamento: Reglamento para el Financiamiento Público a los Partidos Políticos en el Estado de Guanajuato, por Actividades Especificas de Capacitación Política, Investigación Socioeconómica y Política, así como Tareas Editoriales.
De conformidad con lo señalado en los artículos 43 Bis, fracción IX, inciso b), 44 Bis I y 63 fracción XXIX del Código, la Comisión procederá a integrar, revisar y cuantificar la documentación que presenten los Partidos Políticos para comprobar los gastos efectuados por la realización de las actividades a que se refiere el artículo 9 del presente Reglamento; así como proponer al Consejo, con base en los importes de gasto comprobados por éstos, el monto a que ascenderá el reembolso por actividades específicas.
DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO POR ACTIVIDADES ESPECÍFICAS
DEL TIPO DE ACTIVIDADES
Se entiende por:
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Actividades de capacitación política, las que tienen como propósito coadyuvar a la promoción y difusión de la cultura política; la formación ideológica y política de sus filiados, infundiendo en ellos el respeto a terceros y a sus derechos en la participación política, a las autoridades e instituciones; así como las que tienden a preparar la participación de sus militantes en los procesos electorales, fortaleciendo el régimen de Partidos Políticos;
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Actividades de investigación socioeconómica y política, las que tienen como propósito el estudio, análisis y diagnóstico sobre problemas del Estado de Guanajuato que contribuyan, directa o indirectamente, a la elaboración de propuestas para su solución. Los estudios de investigación socioeconómica y política que se realizan al amparo de esta fracción, podrán ser de carácter preventivo de problemas del Estado siempre y cuando estén orientados a la búsqueda de soluciones; y
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Tareas editoriales, las que deberán destinarse a la difusión de las actividades señaladas en las fracciones I y II del presente artículo, así como a la edición y producción de impresos, videograbaciones, medios ópticos y medios magnéticos. Dentro de este rubro, se incluyen aquellas actividades que tengan por objeto: promover la ideología, tareas y propuestas de los Partidos Políticos, la participación del pueblo en la vida democrática y la cultura política, incluidas publicaciones periódicas de divulgación y de carácter teórico.
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Actividades de propaganda electoral de los partidos políticos para las...
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