Reglamento para la Explotación de Bancos de Material de Construcción y Ornamentación en el Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo

EstadoHidalgo
MunicipioPachuca de Soto
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H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo
El Ciudadano Licenciado Rafael Arriaga Paz, Presidente Municipal
Constitucional de Pachuca de Soto, Hidalgo, a sus habitantes hace saber:
Que la H. Asamblea Municipal, ha tenido a bien dirigirme el siguiente:
DECRETO NÚMERO 11
Que contiene el Reglamento para la Explotación de Bancos de Material de
Construcción y Ornamentación en el Municipio de Pachuca de Soto, Hidalgo.
CONSIDERANDO
I. Que de conformidad con lo
estipulado por el Artículo 141, Fracción II de
la Constitución Política del Estado, es facultad de este Ayuntamiento
expedir, los Bandos de Policía y Buen Gobierno, Reglamentos, Circulares
y Disposiciones Administrativas de observancia general dentro del
Municipio, y que no estén reservados a la Federación o al Estado.
II. Que los bancos y yacimientos de material para construcción y
ornamentación, son un recurso natural no renovable y forman parte del
patrimonio del municipio.
III. Que la explotación de tales yacimientos, constituye una actividad
económica importante, por la generación de empleos y la redistribución de
la riqueza que genera.
IV.
Que tal explotación también provoca un impacto ambiental, el cual debe
prevenirse, para preservar el entorno ambiental.
V.
Que por lo tanto, es de interés público y general, el reglamentar lo
relacionado con la explotación de esos recursos naturales no
renovables, para que cumpliendo con su función social y económica, no
afecten el entorno ambiental presente y futuro.
Por lo
anteriormente expuesto, esta H. Asamblea ha tenido a bien expedir el
siguiente:

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