Reglamento de Estimulos y Recompensas a los Trabajadores Al Servicio del Gobierno del Estado

REGLAMENTO DE ESTIMULOS Y RECOMPENSAS A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 23 de abril de 1988.

EXPOSICION .DE MOTIVOS:...

ELlAS ZAMORA VERDUZCO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de las facultades que me otorga el Artículo 58 fracción III de la Constitución Política del Estado, he tenido a bien expedir el siguiente.

REGLAMENTO DE ESTIMULOS Y RECOMPENSAS A LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL GOBIERNO DEL ESTADO.

CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 23
ARTICULO 1o El presente Reglamento contiene las normas que se seguirán para el otorgamiento de estímulos y recompensas a los trabajadores al servicio del Gobierno del Estado.
ARTICULO 2o Para la mejor interpretación del presente Reglamento se entenderá por:

ESTIMULO.- Incentivo de periodo vacacional extraordinarios (sic), que se dará a los trabajadores que de acuerdo a este Reglamento sean seleccionados para ello.

RECOMPENSA.- Gratificación económica y diploma que se otorgará a aquellos trabajadores que sean seleccionados por los organismos competentes, de conformidad con lo dispuesto en este Reglamento.

COMISION EVALUADORA.- Órgano en el cual delega facultades el Poder Ejecutivo.

COMITE DE EVALUACION.- Órgano que se integrará en cada una de las dependencias o unidades administrativas equivalentes.

UNIDADES DE PREMIACION.- Para los "ESTIMULOS Y RECOMPENSAS" se considerarán a las áreas o unidades de trabajo equivalentes que están integradas hasta por un número de 50 y 200 trabajadores respectivamente. En caso de no sumar en una sola área el número requerido para el estímulo y recompensa se deberá fusionar a otra con el objeto de alcanzar los números antes citados.

Para las premiaciones se tomarán en cuenta a las Secretarías como unidades de trabajo o su equivalente; las erogaciones por estos conceptos serán con cargo al presupuesto de cada una de las unidades administrativas correspondientes.

ARTICULO 3o Se otorgarán los estímulos y recompensas a que se refiere este Reglamento a los Trabajadores al Servicio del Gobierno del Estado, que se hubiesen distinguido en los siguientes conceptos:

a).- Desempeño sobresaliente en las actividades encomendadas.

b).- Elaboración de estudios e iniciativas que aporten beneficio a la administración pública en general.

c).- Iniciativas valiosas o ejecución destacada en mantenimiento de equipos, aprovechamientos (sic) óptimo de recursos humanos y materiales y otras aportaciones análogas.

d).- Iniciativa valiosa o ejecución destacada de proyectos o programas.

ARTICULO 4o A juicio del Comité y de la Comisión Evaluadora, en los casos que no existan los méritos suficientes para el otorgamiento del estímulo y recompensa, podrá declararse desierto en la unidad respectiva.
ARTICULO 5o Podrán ser candidatos a recibir estímulos y recompensas, todos los trabajadores hasta el nivel de Jefe de Departamento "A".
CAPITULO SEGUNDO Artículos 6 a 12

ESTIMULOS Y RECOMPENSAS.

ARTICULO 6o Los estímulos consistirán en periodo de 10 días de vacaciones extraordinarios, sin pago adicional y que no podrán integrarse a los períodos normales, determinándose el goce de estos períodos de conformidad con las necesidades del...

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