Reglamento para Ejercer el Derecho a la Informacion ante el H. Ayuntamiento de Sahuayo, Michoacan

Fecha de disposición28 Mayo 2009
Fecha de publicación03 Septiembre 2009


REGLAMENTO PARA EJERCER EL DERECHO A LA INFORMACION ANTE EL H. AYUNTAMIENTO DE SAHUAYO, MICHOACAN


TEXTO ORIGINAL.


Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el jueves 3 de septiembre de 2009.


H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAHUAYO, MICH.


REGLAMENTO PARA EJERCER EL DERECHO A LA INFORMACION


Acta No. 44


En la ciudad de Sahuayo de Morelos, Estado de Michoacán de Ocampo, siendo las 09:30 horas, del día 28 de Mayo del 2009 dos mil nueve, previo citatorio girado por el DR. SANTIAGO ALEJANDRO AMEZCUA SÁNCHEZ, en su calidad de Presidente Municipal y debidamente complementado por el LIC. JOSÉ DE JESÚS GOMÉZ GALVÉZ, Secretario del H. Ayuntamiento, se reunieron en la sala del Ayuntamiento de la Presidencia Municipal, los integrantes del H. Ayuntamiento: EL C. J. JESÚS ANAYA SILVA, Síndico Municipal, así como los regidores CC. JOSÉ RAFAEL GONZÁLEZ CERVANTES, ERNESTO MALDONADO SÁNCHEZ, JOSÉ GUIMEL VILLANUEVA MASCORT, MARÍA DE JESÚS MAGALLÓN CRUZ, MARÍA CAMPOS CABEZAS, MARÍA ARACELI GÓMEZ SAHAGÚN, ARMANDO TEJEDA CID, EDUARDO HIGAREDA SÁNCHEZ, MARTÍN LÓPEZ NAVARRO, con la finalidad de celebrar sesión ordinaria de Ayuntamiento, sometiendo a consideración del pleno el siguiente:


Orden del día


1.-.


2.-.


3.-.


4.-.


4.1.-.


5.-.


6.-.


7.-.


7.1.


7.2.


7.3.


7.4.


7.5.-.


7.6.- El Síndico Municipal, J. Jesús Anaya Silva, solicita se autorice: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 115 DE LA CONSTITUCIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA; ARTÍCULO 123 FRACCIÓN IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Y DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 4 FRACCIÓN II Y 8, ASÍ COMO EL ARTÍCULO CUARTO TRANSITORIO DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, ASÍ COMO LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 145 Y 149 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES, EL HONORABLE AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAHUAYO, MICHOACÁN; HA TENIDO A BIEN APROBAR, EN SESIÓN DE CABILDO, EL SIGUIENTE:


REGLAMENTO PARA EJERCER EL DERECHO A LA INFORMACIÓN ANTE EL H. AYUNTAMIENTO DE SAHUAYO, MICHOACÁN

.


Una vez agotados todos y cada uno de los puntos del orden del día se dio por concluida la presente sesión ordinaria siendo las 11:55 horas del día 28 de Mayo del 2009 dos mil nueve. DOY FE. (Firmados).


El que suscribe Lic. José de Jesús Goméz Gálvez, Secretario del H. Ayuntamiento Constitucional periodo 2008-2011, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 fracción VIII, de la Ley Orgánica Municipal, hago constar y:


C e r t i f i c o


Que las presentes 42 fojas útiles, concuerdan fielmente con sus originales que obra en los libros de actas de Ayuntamiento de esta Secretaría a mi cargo. Doy Fe.


Se extiende la presente certificación, en la ciudad de Sahuayo, Michoacán a los 13 días del mes de agosto del año 2009, dos mil nueve.


A t e n t a m e n t e


Luc. (sic) José de Jesús Gómez Galvez

Secretario del H. Ayuntamiento

(Firmado)



REGLAMENTO PARA EJERCER EL DERECHO A LA INFORMACIÓN ANTE EL H. AYUNTAMIENTO DE SAHUAYO, MICH.



CAPÍTULO I


Disposiciones Generales


Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para proporcionar a las personas el acceso a la información pública, creada, administrada y/o en posesión del Ayuntamiento de Sahuayo, Michoacán.


Artículo 2.- Para los efectos del presente Reglamento se atenderá a las definiciones contenidas en el artículo 6° de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, además las siguientes:


I. Ayuntamiento: El Ayuntamiento de Sahuayo, Michoacán;


II. Cabildo: El H. Cabildo del Ayuntamiento;


III. Comité: Comité de acceso a la Información;


IV. Constitución: La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo;


V. Contraloría: La Contraloría Municipal;


VI. Estado: El Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo;


VII. Instituto: El Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado;


VIII. Ley: Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo;


IX. Página Web: Sitio oficial de Internet en el que se difundirá información generada por el Instituto;


X. Presidente: El Presidente Municipal en el Ayuntamiento;


XI. Regidor: Al Regidor de Acceso a la Información del Ayuntamiento;


XII. Reglamento: El Reglamento para Ejercer el Derecho a la Información ante el H. Ayuntamiento;


XIII. Secretaría: A la Secretaría del H. Ayuntamiento; y,


XIV. Unidad: La Secretaría en sus funciones de Unidad de Acceso a la Información, responsable de la información conforme a lo dispuesto en este Reglamento.


Artículo 3.- En la aplicación de este Reglamento, deben observarse los principios de máxima publicidad, gratuidad y prontitud de la información.


Para ejercer el derecho de acceso a la información pública no es necesario acreditar ninguna legitimación activa, ni interés jurídico sustentado en derecho sustantivo que motive el pedimento, salvo en caso de los datos personales, de carácter personal y sensible en posesión del Ayuntamiento.


Artículo 4.- La vigilancia para la correcta aplicación del presente ordenamiento compete al Presidente y al Comité.


Artículo 5.- Los titulares de las dependencias, entidades y unidades administrativas del Ayuntamiento serán responsables de la estricta observancia del presente Reglamento.



CAPÍTULO II


De la Información de Oficio


Artículo 6.- El Ayuntamiento difundirá de oficio, a través de la página Web:


I. Su estructura orgánica, los servicios que presta, las atribuciones por unidad administrativa y la normatividad que las rige, así como la forma de acceder a ellos;


II. Toda su normatividad, como sus decretos administrativos, reglamentos, circulares y demás disposiciones de observancia general;


III. El directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes, incluyendo su currículo académico y laboral;


IV. La remuneración mensual integral por puesto, según lo establezcan las disposiciones correspondientes;


V. Las actas, acuerdos, minutas y demás constancias que contengan las discusiones y decisiones de directivos del Ayuntamiento y que sean de interés público;


VI. Las opiniones, datos y fundamentos finales contenidos en los expedientes administrativos que justifican el otorgamiento de permisos, concesiones o licencias que la Ley confiere autorizar al Ayuntamiento, así como las contrataciones, licitaciones y los procesos de toda adquisición de bienes o servicios;


VII. Los manuales de organización y procedimientos, y en general, la base legal que fundamente la actuación del Ayuntamiento;


VIII. La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución, en los términos que establezcan los presupuestos de egresos del Ayuntamiento;


IX. Los resultados de todo tipo de auditorías concluidas hechas a los recursos públicos en el ejercicio presupuestal del Ayuntamiento;


X. Los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos y subsidios, cualquiera que sea su fin;


XI. El nombre, domicilio legal y dirección electrónica, en su caso, de los servidores públicos encargados de gestionar y resolver las solicitudes de información pública;


XII. Las fórmulas de participación ciudadana, en su caso, para la toma de decisiones por parte del Ayuntamiento;


XIII. Los informes de gestión financiera y cuenta pública;


XIV. El informe anual de actividades;


XV. El monto y la aplicación de cualquier fondo auxiliar y fideicomisos que contengan recursos públicos;


XVI. Las convocatorias a concurso o licitación de obras, adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios, concesiones, permisos y autorizaciones, así como sus resultados;


XVII. Toda información que sea de utilidad para el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y transparencia, conforme a la Ley;


XVIII. La información relativa a la contratación, designación y omisión de funcionarios, plantillas, gastos de representación, costos de viajes, emolumentos o pagos en concepto de viáticos y otros, de los servidores públicos y de los que reciban subsidio o subvención;


XIX. Los programas del Ayuntamiento destinados a apoyar el desarrollo económico y social deberán difundirse con oportunidad, claridad y sencillez;


XX. El origen, destino y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros de las dependencias, entidades y unidades administrativas que integran el Ayuntamiento;


XXI. Los programas de desarrollo municipal y ejecuciones de obras;


XXII. Actas y acuerdos del Ayuntamiento;


XXIII. Los reglamentos, circulares y bandos municipales; y,


XXIV. Acuerdos, circulares y resoluciones de las dependencias y organismos de la Administración Pública Municipal y Paramunicipal.


Artículo 7.- El Ayuntamiento, a través de la Unidad, realizará cada seis meses actualizaciones de la información de oficio en los términos de la Ley. El Ayuntamiento utilizará como plataforma básica para dar publicidad a su información de oficio el sistema de Internet a través de la Página Web.



CAPÍTULO III


Del órgano responsable


Artículo 8.- Para el eficaz y debido cumplimento del acceso a la información en el Ayuntamiento, el órgano responsable de recibir, atender y dar respuesta a las solicitudes de información pública del Ayuntamiento será el Comité,...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex