Reglamento de Ecología y Aseo Público para el Municipio El Arenal, Jalisco

EstadoJalisco
MunicipioArenal
REGLAMENTO DE ECOLOGIA Y ASEO PÚBLICO PARA EL
MUNICIPIO EL ARENAL, JALISCO
ÍNDICE:
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
TITULO SEGUNDO
DE LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE Y EL EQUILIBRIO ECOLÓGICO
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II
DE LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL
AMBIENTE
CAPITULO III
DE LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL
Y
DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO
CAPITULO IV
DE LA VERIFICACIÓN DE FUENTES CONTAMINANTES AL AMBIENTE
CAPITULO V
DE LAS PROHIBICIONES
TITULO TERCERO
DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II
DE LA ORGANIZACIÓN
CAPITULO III
DE LA OPERACIÓN
CAPITULO IV
DE LAS OBLIGACIONES PARA LOS USUARIOS Y PRESTADORES DEL
SERVICIO
CAPITULO V
DE LA EDUCACIÓN, CAPACITACIÓN, INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN
CAPITULO VI
DE LAS PROHIBICIONES PARA LOS USUARIOS Y PRESTADORES DEL
SERVICIO
TITULO CUARTO
DEL USO Y MANEJO DE LA VEGETACIÓN MUNICIPAL
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II
DEL MANEJO DE LA VEGETACIÓN URBANA
CAPITULO III
DE LAS PROHIBICIONES
TITULO QUINTO
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
CAPITULO UNICO
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
TRANSITORIOS
TITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente reglamento tiene por objeto establecer las medidas
necesarias en materia de protección al ambiente, equilibrio ecológico, residuos
sólidos municipales y manejo de la vegetación municipal, con el fin de incrementar
la calidad de vida de la población y se expide de conformidad con lo establecido
por las fracciones II y VIII del articulo 37, articulo 40 fracción II, 41, 42 y la fracción
I y III del articulo 94 de la Ley de Gobierno y la Administración Publica Municipal.
ARTÍCULO 2.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de
orden publico y de interés social y serán de observancia general en el municipio
de El Arenal, Jalisco y se expiden con fundamento en lo previsto por los artículos
115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
ARTÍCULO 3.- Se consideran de orden público e interés social la protección y
mejoramiento del ambiente, la adecuada disposición de los residuos sólidos, la
protección y manejo de plantas, así como la conservación y aprovechamiento
racional de los elementos naturales del territorio municipal.
ARTÍCULO 4.- Son autoridades competentes para la aplicación del presente
Reglamento:
I. El Presidente Municipal.
II. La Coordinación de Ecología, y
III. El Secretario y Síndico Municipal.
ARTÍCULO 5.- Son autoridades auxiliares:
I. La Dirección de Servicios Generales.
II. La Dirección de Seguridad Publica Municipal, y
III. Los Delegados y Agentes Municipales.
ARTÍCULO 6.- Para efectos del presente reglamento se entiende por:

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